Relieves prácticos de la prevalencia de una determinada causa en el factoring - Núm. 11-1, Enero 2012 - Revista e-Mercatoria - Libros y Revistas - VLEX 844293452

Relieves prácticos de la prevalencia de una determinada causa en el factoring

AutorMaría Elisa Camacho
CargoAbogada y especialista en Derecho Comercial de la Universidad Externado de Colombia
Páginas332-369
REVIST@ e Mercatoria Volumen 11, Número 1 (enero junio
2012)
(Rev. e-mercatoria)
332
Universidad Externado de Colombia. Departamento de Derecho Comercial
Relieves prácticos de la prevalencia de una determinada causa en el factoring
María Elisa Camacho
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Resumen
Continuando con el análisis sobre el contrato de factoring, en esta segunda entrega
queremos concentrarnos en otra de sus principales problemáticas, cual es la relativa a su
calificación jurídica teniendo en cuenta la multiplicidad de prestaciones que pueden
estar a cargo de cada una de las partes, en especial de la sociedad de factoring.
Para ello aprovecharemos nuevamente la experiencia italiana en la que se han
desarrollados diversas posturas en torno a la tipicidad de dicho contrato y a la incidencia
que estas tienen en importantes aspectos prácticos de la materia.
Palabras clave: Factoring, mandato, cesión de créditos, causa
Abstract
Continuing the study of factoring contract, in this opportunity we focus on another of its
main issues which is the legal qualification of the contract. Given the multiple
obligation attributed to contractual parties, especially the factoring company.
We will take advantage of the Italian experience in which they have developed different
opinions regarding the implications on important practical aspects of the subject.
Keywords: Factoring, agency, assignment of credits
Este artículo fue presentado a la revista el día 30 de marzo de 2012 y fue aceptado para su publicación
por el Comité Editorial el día 14 de junio de 2012, previa revisión del concepto emitido por el árbitro
evaluador.
1
Abogada y especialista en Derecho Comercial de la Universidad Externado de Colombia. Master di
secondo livello in Sistema Giuridico Romanistico e Unificazione del Diritto. Università degli Studi di
Roma II "Tor Vergata". Doctorada del programa de Doctorado Sistema Giuridico Romanistico,
Unificazione del Diritto e Diritto dell'Integrazione. Università degli Studi di Roma II "Tor Vergata".
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Universidad Externado de Colombia. Departamento de Derecho Comercial
Sumario
Introducción ................................................................................................................. 334
1. Caracterización del factoring ............................................................................. 334
2.1. Prevalencia de la causa mandati ................................................................. 340
2.2. Prevalencia de la causa vendendi ............................................................... 342
2.3. Causa prevalente de los contratos de crédito ............................................ 344
2.4. Prevalencia de la función consistente en la prestación de servicios por
parte de la Empresa Factor ................................................................................... 349
2.5. La causa del factoring coincide con la causa de los contratos de seguro 352
2.6. Convención atípica de contenido variable ................................................. 352
3. Consecuencias prácticas de la prevalencia de una de las causas .................... 353
3.1. Normas aplicables ........................................................................................ 353
3.2. Las llamadas anticipaciones ........................................................................ 356
3.3. Oponibilidad de la cesión a la quiebra del cedente ................................... 358
3.4. Representación contable de la operación de factoring ............................. 362
Conclusiones ................................................................................................................ 365
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Universidad Externado de Colombia. Departamento de Derecho Comercial
Introducción
Durante la década del noventa tuvo inicio en Italia un intenso debate sobre el contrato
de factoring a nivel jurisprudencial, que con el pasar del tiempo ha venido involucrando
otros sectores del derecho, en particular la doctrina, y sobre el cual podría decirse que
no se ha dado una solución definitiva sino que por el contrario representa todavía objeto
de un interesante debate.
El eje alrededor del cual ha girado esta controversia se encuentra en la incidencia que
desde el punto de vista práctico tiene la prevalencia de una de las funciones del
factoring frente a las demás, confrontado entonces los diferentes efectos que produce la
función de intercambio respecto a los producidos en virtud de una función de mandato,
en particular con relación a ciertos aspectos que por lo general son susceptibles de
litigio entre las partes contratantes.
Aunque el ámbito territorial del debate se centra en Italia, su atención puede llegar a
proponerse también en aquellos ordenamientos jurídicos en los cuales el factoring se
desarrolla de la misma manera, e igualmente será proclive en aquellos países en los
cuales dicho contrato sigue siendo atípico (aunque en ocasiones la presencia de una
regulación legal puede por el contrario llegar a intensificar la problemática en lugar de
resolverla, tal como tendremos la oportunidad de verlo en el presente análisis).
Para efectos de comprender con mayor detalle el contexto dentro del cual tiene lugar la
controversia indicada y los argumentos esgrimidos a favor de las diversas posturas, nos
proponemos a continuación hacer una somera descripción del contrato de factoring en
orden a las calificaciones jurídicas que se le han atribuido, para luego tratar los
interrogantes que se presentan en el caso de las anticipaciones y de la quiebra del
empresario cedente, y finalmente consignar nuestras conclusiones.
1. Caracterización del factoring
El factoring es un contrato por medio del cual una empresa (denominada proveedor o
cedente) se compromete a ceder los créditos de los cuales es titular en virtud del

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