El reporte del auditor - Parte D Presentación de reportes - Auditoría financiera de PYMES - Libros y Revistas - VLEX 879161894

El reporte del auditor

AutorSamuel Alberto Mantilla B.
Páginas363-380
363
AUDITORÍA FINANCIERA DE PYMES
4.3 El reporte del auditor
Muestra 4.3-1
4.3.1 Vista de conjunto
ISA 700 señala:
4. El reporte del auditor debe contener una expresión clara de su opi-
nión respecto de los estados financieros.
11. El auditor debe evaluar las conclusiones obtenidas a partir de la
evidencia de auditoría obtenida como la base para la formación de
la opinión sobre los estados financieros.
Propósito del capítulo
Referencia principal
a ISA
Ofrecer un esbozo de los requerimientos y consideraciones
relacionadas con la formación de la opinión sobre los estados
financieros y la preparación de un reporte del auditor redactado
de manera apropiada.
700, 710
Nota:
1. Refiérase a ISA 230 para una lista más completa de la documentación requerida
Actividad Propósito Capítulo de documentación1
Evalúe la evidencia
de auditoría obtenida
Determine qué
trabajo adicional de
auditoría se requiere
Factores adicionales de riesgo
Procedimientos de auditoría
revisados
Cambios en la materialidad
Conclusiones alcanzadas
¿Se requiere
trabajo
adicional?
Prepare el reporte
del auditor
Forme una opinión
con base en los
hallazgos de auditoría
Decisiones significantes
Opinión de auditoría firmada
Si
No
Regrese a la
valoración del
riesgo
Presentación de reportes
364 IFAC SMP Committee
38. El reporte del auditor debe señalar que el auditor considera que la
evidencia de auditoría que el auditor ha obtenido es suficiente y
apropiada para proveer la base para la opinión del auditor.
39. Se debe expresar una opinión no-calificada cuando el auditor con-
cluye que los estados financieros dan una imagen fiel o están pre-
sentados razonablemente, en todos los aspectos materiales, de
acuerdo con la estructura aplicable de información financiera.
40. Cuando expresa una opinión no-calificada, el parágrafo de opinión
del reporte del auditor debe señalar la opinión del auditor respecto
de que los estados financieros dan una imagen fiel o presentan ra-
zonablemente, en todos los aspectos materiales, de acuerdo con la
estructura aplicable de información financiera (a menos que por ley
o regulación se requiera que el auditor use diferente redacción para
la opinión, caso en el cual se debe usar la redacción prescrita).
41. Cuando las Normas Internacionales de Información Financiera o los
International Public Sector Accounting Standards no sean usados
como la estructura de información financiera, la referencia a la es-
tructura de información financiera contenida en la redacción de la
opinión debe identificar la jurisdicción o el país de origen de la
estructura de información financiera.
48. Cuando dentro del reporte del auditor respecto de los estados finan-
cieros el auditor asuma otras responsabilidades de presentación de
reportes, esas otras responsabilidades deben ser tratadas en una
sección separada del reporte del auditor que siga al parágrafo de
opinión.
50. El reporte del auditor debe ser firmado.
52. El auditor debe fechar el reporte sobre los estados financieros no
antes de la fecha en la que el auditor haya obtenido evidencia de
auditoría suficiente y apropiada a partir de la cual basar la opinión
sobre los estados financieros. La evidencia de auditoría suficiente y
apropiada debe incluir evidencia de que el conjunto completo de
estados financieros ha sido preparado y que quienes tienen la auto-
ridad reconocida han afirmado que asumen la responsabilidad por
ellos.
62. El reporte del auditor debe hacer referencia a que la auditoría ha
sido conducida de acuerdo con los Estándares Internacionales de
Auditoría solamente cuando el auditor haya cumplido plenamente
con todos los Estándares Internacionales de Auditoría que sean re-
levantes para la auditoría.
64. Cuando el reporte del auditor se refiera tanto a los Estándares Inter-
nacionales de Auditoría como a los estándares de auditoría de una
jurisdicción o país específico, el reporte del auditor debe identificar
la jurisdicción o país de origen de los estándares de auditoría.
65. Cuando el auditor prepara el reporte del auditor usando el diseño o
la redacción especificada por la ley, la regulación o los estándares
de auditoría de la jurisdicción o país específico, el reporte del auditor

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