Reproducción Humana Asistida y Filiacion en el Derecho de Familia Colombiano - Núm. 6, Junio 2008 - Revista Via Inveniendi et Iudicandi - Libros y Revistas - VLEX 42184963

Reproducción Humana Asistida y Filiacion en el Derecho de Familia Colombiano

AutorAna Lucia Suarez Parada
CargoDocente egresada de la Universidad Santo Tomás Bogotá Colombia
Introducción

En el período anterior al nacimiento de los seres humanos aparece un nuevo continente, una galaxia desconocida, donde se expresan asombros, temores, dudas, peligros y motivaciones en torno a los límites que todavía están por descubrir del misterio de la vida y de la vida humana; surgiendo por tanto inmensas inquietudes en los espíritus y corazones de los hombres de ciencia, y en quienes con criterios humanistas se asoman a lo desconocido de la investigación científico-tecnológica.

De esta manera, se inicia las búsquedas afanosas de los códigos de conducta, tanto éticas como jurídicas, ante las posibilidades de manipular, modificar e incluso transformar los otros códigos genéticos de la especie humana; intentando regular en un marco no necesariamente prohibitivo, estrecho, el alto vuelo de la ciencia.

A la vez, la búsqueda de un ajuste de los diversos avances científicos a los fundamentos estructurantes de los derechos inherentes a la dignidad humana, permite anhelar su respectiva consolidación en los sistemas jurídicos y legales de los diferentes países del mundo.

Conforme a ello, actualmente se presentan múltiples cuestionamientos en el horizonte del papel que desempeña la Ley frente al desarrollo científicotecnológico y en el de los límites de los avances científicos frente al derecho, como en el caso de la reproducción humana asistida y su íntima relación con el aspecto ético-jurídico.

Al respecto, los límites de las Técnicas de Reproducción Humana Asistida y la protección del "nasciturus", iluminados por la Constitución Política de Colombia, bajo las inquietudes de si es posible una concepción ético-jurídica frente a la posible vida humana, relativas a la concepción de la existencia del hombre, conllevan a que ello deba ser visto tanto desde el punto de vista biológico como social y jurídico.

Consecuentemente, en Colombia, como en muchos países de Latinoamérica, la legislación sobre protección de la vida humana embrionaria y la reproducción humana asistida, no se ha desarrollado tanto como en Europa o los Estados Unidos, y está a la zaga del propio desarrollo de la investigación y aplicación científico-tecnológica que presentan pioneros colombianos.

En Estados Unidos y Europa los propios adelantos de la investigación sobre la biogenética, el genoma humano, la clonación, los estudios sobre reproducción humana asistida, la conservación de embriones, y todos los demás aspectos concomitantes con estos núcleos problemáticos, a más de la tendencia al rápido envejecimiento de la población, incluida la problemática de la esterilidad, y la expresión constante de puntos de vista morales más amplios en la sociedad, potencializan la necesidad de una dinámica que represente en forma sistemática como doctrina, legislación y jurisprudencia, respecto al tema en nuestro país.

Ahora bien, teniendo en cuenta lo anterior y bajo la preocupación constante por desarrollar un estudio en el campo del derecho de familia desde la órbita de las técnicas de reproducción humana asistida, surge el objeto de la presente investigación, la cual presenta una cobertura integral para su desarrollo; por cuanto en primer lugar inicia con un recorrido desde el punto de vista médico científico sobre la inseminación artificial y la fecundación in Vitro; en segundo lugar, centra su atención en el estudio de la reproducción humana asistida ante la filosofía y la ética, en donde se contempla desde una visión y un ámbito el conflicto ético y moral de su aplicación; para que finalmente y en tercer lugar se ingrese al ámbito internacional, constitucional y legal de estas técnicas desde el derecho de familia en nuestro país.

Lo expuesto descansa en el presupuesto de que los avances de la reproducción humana asistida existentes en el mundo, conllevan a la imperiosa necesidad de identificar y reconocer las consecuencias jurídicas que dichos avances producen en el campo del derecho de familia; siendo un hecho innegable, que las parejas opten por la reproducción humana asistida para remediar su infertilidad, ante lo cual se requiere de toda una reestructuración en el Derecho de Familia en Colombia para que se consagren las normas que cobijen dichas técnicas, a la luz de la medicina, la ética y el derecho, conjuntamente.

En este orden de ideas, se hace necesario sugerir de manera crítica y analítica la posibilidad de crecer jurídicamente en nuestro país, no sólo desde los órganos corporativos que expiden las leyes, sino desde el mismo manejo ético jurídico que el derecho de familia colombiano integral pueda ofrecer a la sociedad, a la par con el constante avance y desarrollo científico a nivel mundial.

Finalmente, se espera que con este documento se contribuya al crecimiento y perfeccionamiento de la investigación en el derecho colombiano desde el punto de vista de cómo la ciencia y el derecho deben ir concatenados, pero sobre todo hasta qué punto nuestra legislación configura o permite un avance desde el punto de vista jurisprudencial, científico y social a la vez, tomando como base posiciones y planteamientos de diversos autores dedicados al tema de la reproducción humana asistida tanto desde la órbita biológica; bioética, axiológica, jurídica y legal.

Metodologia

La etapa de investigación en la que se encuentra actualmente el trabajo, es una etapa de primeros resultados relacionados con la no existencia de una legislación completa en materia de reproducción humana asistida en el Derecho de Familia Colombiano.

El método utilizado para el estudio del problema ha sido un método consultivo y comparativo, teniendo en cuenta la consulta y el análisis de la literatura jurídica existente a nivel internacional y posteriormente la nacional en materia de reproducción humana asistida, en caso que la hubiera.

Resultados
  1. La legislación sobre protección de la vida humana embrionaria y la reproducción humana asistida, aún no se ha desarrollado de modo eficiente en Colombia, no obstante los avances científicos que sobre la materia existen en nuestro país.

  2. Tal deficiencia corresponde a la minoritaria generalización de la reproducción humana asistida, en condiciones de la expansión demográfica del país, ligada a una situación creciente de pobreza poblacional que impide estructuralmente que parejas que lo requieran accedan a un servicio de salud ya que el tratamiento es muy costoso en relación con los ingresos de la mayoría de la población colombiana.

  3. Se requiere armonizar el desarrollo científico tecnológico con los conceptos y formas de lo jurídico; en particular articularlo con la fuerza específica de la conformación de normas legítimas en las condiciones culturales de la sociedad donde se dicten, y en consonancia con los desarrollos internacionales de los organismos multinacionales que guían las instituciones médicas y jurídicas.

  4. Se puede afirmar que en Colombia, los instrumentos jurídicos tradicionales de protección del nasciturus comienzan a ser insuficientes ante los nuevos fenómenos científicos y de otro tipo que giran en torno al mismo.

  5. Estos problemas se han detectado en varios sectores del ordenamiento jurídico; en primer lugar en el civil, respecto del cual se ha puesto incluso en duda la validez de las fórmulas legales tradicionales para determinar la personalidad humana. Por ello, en los últimos años se ha insistido en un cambio de perspectiva a la hora de elaborar mecanismos de protección del nasciturus, y no sólo de éste, sino también del embrión in Vitro.

  6. La sociedad Colombiana espera que se abra el debate científico-jurídico y se conozcan todas las posturas teórico-prácticas que aporten a la construcción de un marco conceptual, de criterio, lo más completo posible sobre el que se asiente la Ley, con el fin de buscar una reestructuración del derecho de familia que consagren las normas que cobijen las técnicas de reproducción humana asistida.

  7. Con base en la conclusión anterior, es fundamental propender por un cambio de paradigma por los avances científicos teniendo en cuenta varias alternativas dadas por los científicos sobre las técnicas de reproducción humana asistida.

  8. En el campo filiatorio materno y paterno, el vínculo se puede establecer por la manifestación de voluntad de quien desee prohijar como hijo a quien no lo es por naturaleza, como es el caso de al adopción o del empleo de una técnica de reproducción humana asistida.

  9. La ley protege la vida del que está por nacer. La persona tiene personalidad jurídica, el embrión no la tiene pero está protegido constitucionalmente, por el alcance que se le da al cuidado de la vida humana. De ese modo se configura el...

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