V A R I O S Registraduría Nacional de Estado Civil Resolución número 042 de 2010, por la cual se establecen las tarifas de los diferentes hechos generadores objeto de cobro por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil para el año 2010 - 29 de Enero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 75514492

V A R I O S Registraduría Nacional de Estado Civil Resolución número 042 de 2010, por la cual se establecen las tarifas de los diferentes hechos generadores objeto de cobro por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil para el año 2010

EmisorVarios
Número de Boletín47607

eptiembre de 2008, el Gobierno de los Estados Unidos de America, a traves de su Embajada Decreto 2221 de 2000, modificado por el Decreto 712 de 2001, el Decreto 2739 de 2003 y en Colombia, solicito la detencion provisional con fines de extradicion del ciudadano colomla Resolucion 2223 de 2004, y biano Carlos Marin Guarin, conocido como "Pablo", "Comandante Pablo" y como "Gustavo CONSIDERANDO:

Anibal Giraldo Quinchia", requerido para comparecer a juicio por delitos federales de toma de rehenes (secuestro).

Que el articulo 40 de la Ley 546 de 1999, autorizo al Gobierno a realizar los abonos y el reliquidaciones hipotecarias de que trata la misma, con el fin de contribuir a hacer efectivo Esa mision diplomatica mediante Nota Verbal numero 3005 del 21 de octubre de 2008, el derecho constitucional a la vivienda;

aclaro que el nombre correcto del ciudadano requerido es Gustavo Anibal Giraldo Quinchia.

  1. Que el Fiscal General de la Nacion, mediante resolucion del 28 de octubre de 2008, Que mediante los Decretos 249 de 2000 y 2221 de 2000 modificado por el Decreto 712 decreto la captura con fines de extradicion del ciudadano Gustavo Anibal Giraldo Quinchia, de 2001, y el Decreto 2739 de 2003, se establecieron las causales de devolucion a la Nacion identificado con la cedula de ciudadania numero 79666725, decision que le fue notificada el 31 de Titulos de Tesoreria TES -Ley 546, entre ellas, la causal de devolucion por impago del de octubre de 2008, en el establecimiento carcelario donde se encontraba previamente detenido.

credito individual de vivienda por parte del beneficiario del abono;

en consecuencia, la Na3. Que el Gobierno de los Estados Unidos de America, a traves de su Embajada en nuestro cion debera recaudar el valor de la proporcion que le corresponda cuando se haga efectiva pais, mediante Nota Verbal numero 3468 del 23 de diciembre de 2008, formalizo la solicitud la garantia, junto con los intereses pagados por concepto de los TES Ley 546 entregados de extradicion del ciudadano colombiano Gustavo Anibal Giraldo Quinchia.

para abonar a las deudas hipotecarias;

En la mencionada Nota informa: Que mediante Resolucion 2223 de 2004 del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, "Como se manifesto en las notas diplomaticas de esta Embajada numero 2139 y numero "por la cual se imparte instrucciones para realizar la devolucion a la Nacion de las sumas 2788, arriba mencionadas, Gustavo Anibal Giraldo Quinchia es el sujeto de una acusacion que resulten a su favor por la causal de impago de creditos hipotecarios de que dictada en el Distrito de Columbia. La Embajada ahora tiene el honor de informar al MinisDecreto 2739 de 2003", se establecieron los requisitos y procedimientos para realizar la terio que Gustavo Anibal Giraldo Quinchia tambien es el sujeto de una acusacion adicional mencionada devolucion;

dictada igualmente en el Distrito de Columbia.

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del articulo 5° de la Resolucion Acusacion numero 03-142 2223 de 2004, la Superintendencia Financiera de Colombia, verifico que el valor del alivio Gustavo Anibal Giraldo Quinchia es requerido para comparecer a juicio por delitos fedeque certifico el Representante legal y el Revisor Fiscal del Banco Comercial AV Villas S. rales de toma de rehenes (secuestro). La Embajada tiene el honor de informar al Ministerio A., coincide con lo pagado y abonado a cada deudor y por cada credito hipotecario a 31 que entre la fecha de las notas diplomaticas anteriormente mencionadas numero 2139 y nude diciembre de 1999;

mero 2788, mediante las cuales se solicito la detencion provisional de Giraldo Quinchia para a Que la Superintendencia Financiera de Colombia, de conformidad con el numeral 3 del propositos de extradicion, y la fecha de esta nota, la Acusacion numero 03-142 fue sustituida. articulo 5° de la Resolucion 2223 de 2004, remitio a la Direccion General de Credito Publico La acusacion sustitutiva reformo el nombre del acusado asi: Carlos Marin Guarin, tambien y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, la informacion de los alivios conocido como 'Pablo', tambien conocido como 'Gustavo Anibal Giraldo Quinchia'. De hipotecarios aplicados a los creditos de vivienda cuya garantia fue objeto de remate o adjudi conformidad, Gustavo Anibal Giraldo Quinchia es ahora el sujeto de la Acusacion Sustitutiva cacion por parte de la entidad acreedora de acuerdo con lo previsto en la causal de devolucion numero 03 142 (JR), dictada el 5 de diciembre de 2008, en la Corte Distrital de los Estados denominada "por impago del credito de vivienda por parte del beneficiario del abono" asi: Unidos para el Distrito de Columbia, mediante la cual se le acusa de: Radicacion -- Cargo Uno: Concierto para cometer el delito de toma de rehenes (secuestro), en violacion Entidad NIT N° Alivios Hipotecarios Efectuados con TES Min-hacienda Creditos Ley 546 en UVR del Titulo 18, Seccion 1203 del Codigo de los Estados Unidos;

Banco Comercial -- Cargo Dos: Toma de rehenes (secuestro), y ayuda y facilitacion de dicho delito, en 1-2009-085599 AV Villas S. A. 860.035.827-5 26 765,930.00 violacion del Titulo 18, Secciones y (sic) 1203 y 2 del Codigo de los Estados Unidos;

y Banco Comercial -- Cargo Tres: Uso de arma de fuego durante un delito de violencia, y ayuda y facilitacion y causar la comision de un delito, en violacion del Titulo 18, Secciones 924 (c) y 2 del Codigo 1-2009-087856 AV Villas S. A. 860.035.827-5 6 173,610.00 Banco Comercial de los Estados Unidos.

1-2009-087872 AV Villas S. A. 860.035.827-5 8 193,680.00 (...) Totales 40 1,133,220.00 Un nuevo auto de detencion contra Giraldo Quinchia por estos cargos fue dictado el 5 Que de conformidad con el numeral 1 del articulo 5° de la Resolucion 2223 de 2004 de diciembre de 2008, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detencion expedida por el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, el Representante Legal del Banco permanece valido y ejecutable.

Comercial AV Villas S. A. solicito y acepto el pago a la Nacion de la parte proporcional que (...) le corresponde de la suma recaudada de los creditos individuales de vivienda beneficiados con los alivios hipotecarios relacionados en el considerando anterior y cuya garantia fue Acusacion numero 08-359 objeto de remate o adjudicacion por parte de la entidad acreedora e indico que dicho pago Gustavo Anibal Giraldo Quinchia tambien es requerido para comparecer a juicio por se efectuara en moneda legal colombiana;

delitos federales de toma de rehenes (secuestro), en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia. Es el sujeto de la acusacion arriba mencionada dictada el 4 de Que el Representante Legal del Banco Comercial AV Villas S. A. remitio a traves de diciembre de 2008, mediante la cual se le acusa de: la Superintendencia Financiera, la liquidacion de la suma de la proporcion a devolver a la Nacion de que trata el considerando anterior, debidamente certificada por el Revisor Fiscal, calculada conforme la formula de proporcionalidad indicada en el instructivo del anexo a la Circular Externa 026 de 2005 denominado Proforma F.1000-111 (formato 348) "Devolucion de TES Ley 546 -Causal 2 (Impago)" expedido por la Superintendencia Financiera de Colombia, en los siguientes terminos: Fundado el 30 de abril de 1864 Fundado el 30 de abril de 1864 Libertad y Orden * I S S N 0122-2112 I S S N 0122-2112 ontratacIon PublIca numero 1.069 Ion PublIca numero 1.130 Ministerio del interior y de Justicia inisterio de Hacienda y credito Publico -- Cargo Uno: Concierto para cometer el delito de toma de rehenes (secuestro), en violacion del Titulo 18, Seccion 1203 del Codigo de los Estados Unidos;

y Suma de Valores Pagados por la -- Cargo Dos: Toma de rehenes (secuestro), y ayuda y facilitacion de dicho delito, en Nacion hasta el Remate o AdjudiRadicacion Mincacion en UVR Saldo de los Creditos Remates o AdjudicaSuma de la Proporcion a Devolver en violacion del Titulo 18, Secciones y (sic) 1203 y 2 del Codigo de los Estados Unidos.

Hacienda Saldo en TES Cuotas Pagadas Hipotecarios en UVR ciones en Pesos Pesos Un auto de detencion contra Giraldo Quinchia por estos cargos fue dictado el 4 de diciem546 bre de 2008, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detencion permanece 1-2009-085599 43,869.82 953,580.15 4,995,874.25 700,908,764.50 145,223,493.86 valido y ejecutable.

1-2009-087856 7,408.44 218,739.58 976,567.20 147,506,321.06 33,550,354.86 (...) 1-2009-087872 6,212.75 246,115.84 1,096,343.26 182,353,593.80 42,641,387.70 Todas las acciones adelantadas por el acusado en...

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