Resolución número 00005457 de 2009 por la cual se modifica el artículo 5° de la Resolución 3673 de 2009. - 6 de Enero de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 74585612

Resolución número 00005457 de 2009 por la cual se modifica el artículo 5° de la Resolución 3673 de 2009.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín47584

El Ministro de la Proteccion Social, en ejercicio de las atribuciones señaladas en el literal a) del articulo 8º del Acuerdo 405 de 2008 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, y CONSIDERANDO:

Que mediante Resolucion 3673 de 2009 se asignaron recursos de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantia FOSYGA para garantizar la continuidad de la poblacion afiliada al Regimen Subsidiado para el periodo comprendido entre el 1° de octubre de 2009 y el 31 de marzo de 2010 y posteriormente fue modificada por la Resolucion 4706 de 2009.

Que el paragrafo 1° del articulo 5° de la Resolucion 3673 de 2009 establecio, en materia de cupos para garantizar la continuidad de la afiliacion que: "Estos cupos podran ser contratados por las entidades territoriales hasta por el numero asignado en la Bolsa Nacional de Cupos Financiados no Carnetizados, afiliando poblacion plenamente identificada y depurada, en las siguientes fechas: 1º de octubre, 1º de noviembre, y 1º de diciembre de 2009, tiempo durante el cual las entidades territoriales deberan afiliar a esta poblacion y adelantar su registro en la Base de Datos Unica de Afiliados BDUA, de lo contrario dichos recursos seran reasignados". Que se requiere ajustar la asignacion de los recursos del FOSYGA contenida en la Resolucion 3673 de 2009, modificada por la Resolucion 4706 de 2009, teniendo en cuenta lo ordenado por el paragrafo 1° del articulo 5º de la Resolucion 3673 de 2009 mencionado en el considerando anterior, asi como lo referido en el Instructivo DGGDS-RS-006-09, que especifico en materia de la Contratacion de la Bolsa Nacional de Cupos -BNC-: "Las entidades territoriales que hasta el 15 de diciembre de 2009 no hayan cargado y validado las adiciones a los contratos de continuidad corregida, perderan los cupos no contratados".

Que, con base en lo anterior, el ajuste de la asignacion referida para tal efecto se encuentra amparado asi: en la liberacion de recursos disponibles por valor de $40.244.245.575.27 de la presente vigencia reportado por el Coordinador del grupo de administracion financiera del Fosyga, proyecto subsidios a la demanda - Regimen Subsidiado - fondos especiales y vigencias futuras por valor $78.504.241.637.73, autorizadas por la Directora General de Financiamiento mediante la respectiva comunicacion de...

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