Resolución 000026 de 2020 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, 19-03-2020 - Normativa - VLEX 842541672

Resolución 000026 de 2020 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, 19-03-2020

Número de resolución000026
Fecha19 Marzo 2020
RESOLUCIÓN NÚMERO 000026
(19 MAR 2020)
Por la cual se suspenden términos en los procesos y actuaciones en materia disciplinaria,
en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, como medida transitoria por
motivos de salubridad pública.
LA DIRECTORA GENERAL (E) DE LA UAE DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS
NACIONALES DIAN.
En uso de sus facultades legales y en especial la dispuesta en el numeral 18 del artículo 6
CONSIDERANDO
Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante la Resolución 385 del 12 de
marzo de 2020 declaró la Emergencia Sanitaria en todo el territorio nacional.
Que el numeral 18 del artículo 6 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, faculta al
Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN para
disponer la suspensión de términos en los procesos administrativos en curso, cuando las
circunstancias lo exijan, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
Que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, para garantizar la salud de
los funcionarios y usuarios de la administración, como medida de prevención dispondrá la
suspensión de términos en los procesos y actuaciones en materia disciplinaria.
En virtud de lo anterior,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: SUSPENDER TÉRMINOS en todas las actuaciones disciplinarias
a cargo de la Subdirección de Gestión de Control Disciplinario Interno y de funcionarios de
la segunda instancia disciplinaria de la DIAN, a partir del viernes veinte (20) de marzo de
dos mil veinte (2020) y hasta el tres (3) de abril de dos mil veinte (2020).
ARTÍCULO SEGUNDO: Como consecuencia de la suspensión de términos aquí
ordenada, y durante el mismo tiempo, no habrá atención de público en las dependencias
de la Subdirección de Gestión de Control Disciplinario Interno.
ARTÍCULO TERCERO: Antes del vencimiento del plazo de suspensión establecido en
esta resolución, se dispondrán las decisiones sobre la continuidad de esta medida.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR a través de la Coordinación de Notificaciones el
contenido de la presente resolución a la Dirección de Gestión Jurídica, a la Dirección de
Gestión de Recursos y Administración Económica y a la Subdirección de Gestión de
Control Disciplinario Interno.

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