Resolución 000492, por la cual se establece la prueba de carácter científico para determinar el estado de embriaguez etílica - 4 de Octubre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43165784

Resolución 000492, por la cual se establece la prueba de carácter científico para determinar el estado de embriaguez etílica

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
Número de Boletín44572

DIARIO OFICIAL 44.572 RESOLUCIÓN 000492 20/09/2001 por la cual se establece la prueba de carácter científico para determinar el estado de embriaguez etílica. El Director General, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto 261 del 22 de febrero de 2000, y CONSIDERANDO: Que en virtud del proceso de modernización y avance de la medicina forense, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, se consolida como el principal órgano científico del sistema judicial colombiano, que aporta las pruebas periciales necesarias para garantizar la objetividad de los procesos judiciales y policivos; Que es necesario garantizar al sistema de administración de justicia, la idoneidad de las pruebas periciales que se aportan a las investigaciones, atendiendo a las necesidades nacionales y teniendo en cuenta aspectos de seguridad, calidad científica y técnica, salud y preservación del medio ambiente entre otros; Que en desarrollo de su misión, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, debe servir de órgano de verificación y control de las pruebas periciales y exámenes forenses practicados por los cuerpos de policía Judicial del Estado y como centro científico de referencia nacional en asuntos relacionados con medicina legal y ciencias forenses; Que está científicamente demostrada la relación entre la ingesta de alcohol y la accidentalidad de tránsito; Que el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses realiza exámenes médicos y paraclínicos útiles para la prevención de los accidentes de tránsito; Que es necesario que el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses preste su contribución para que las acciones de prevención de la accidentalidad sean efectivas; Que el artículo 254 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, expresa que para ¿determinar el estado de embriaguez se utilizará la prueba de carácter científico que, sin causar lesiones al infractor, establezca el Instituto de Medicina Legal¿; Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Para determinar el estado de embriaguez etílica de una persona se podrá utilizar al menos uno de los siguientes procedimientos: a) Evaluación clínica según el estándar forense establecido por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses; b) A través de la medición de la cantidad de etanol en sangre (alcoholemia) y su respectiva correlación...

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