Resolución N° 0084 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, 01-03-2021 - Normativa - VLEX 875674313

Resolución N° 0084 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, 01-03-2021

Fecha01 Marzo 2021
Número de resolución0084
Año2021
Tipo de documentoRESOLUCION
RESOLUCIÓN No. 0084 DEL 01-03-2021
“Por la cual se crea el Comité de Género de la Agencia Nacional de Hidrocarburos”
Avenida Calle 26 No. 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura
Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321
Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co
ANH-GDO-FR-08 Versión No. 1 Pág. 1 de 7
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS -ANH
En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial, las conferidas en el artículo 9
del Decreto 714 de 2012, y
C O N S I D E R A N D O:
Que existen diversos instrumentos internacionales que reconocen los derechos de las mujeres, que
han sido ratificados por el Estado colombiano e incluidos en la Constitución Política de Colombia,
conforme a su artículo 93, a través del Bloque de Constitucionalidad.
Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada en 1948, establece que toda
persona tiene los mismos derechos y libertades proclamadas en la declaración, sin distinción de raza,
color, sexo, idioma o religión.
Que los Convenios No. 100 y 111 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), aprobados por
Colombia mediante las leyes 54 de 1962 y 22 de 1967, respectivamente, consagran, en su orden, la
igualdad de remuneración y la no discriminación laboral.
Que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado en Colombia mediante la Ley 74
de 1968, establece que los Estados Partes se comprometerán a garantizar a hombres y mujeres la
igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos enunciados en el Pacto, estableciendo en
su artículo 26 que: “Todas las personas son iguales ante la ley (…) la ley prohibirá toda discriminación
y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por
motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional
o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.”
Que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobado en Colombia
mediante la Ley 74 de 1968, señala que los Estados Partes se comprometerán a asegurar a los
hombres y a las mujeres igual título a gozar de todos los derechos económicos, sociales y culturales
enunciados en el Pacto.
Que el artículo 7 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), aprobada en Colombia mediante la Ley 51 de 1981,
establece:
“Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la
mujer en la vida política y pública del país y, en particular, garantizarán a las mujeres, en igualdad de
condiciones con los hombres, el derecho a:
a) Votar en todas las elecciones y referéndums públicos y ser elegibles para todos los organismos
cuyos miembros sean objeto de elecciones públicas;

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