Resolución Nº 01995 de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, 2021 - Normativa - VLEX 875753467

Resolución Nº 01995 de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena, 2021

Número de resolución01995
Fecha05 Agosto 2021
Año2021
Tipo de documentoResolución
RESOLUCIÓN No. 1995
(5 de agosto de 2021)
POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTAN MEDIDAS ADMINSITRATVIAS PARA GARANTIZAR
LA ATENCIÓN PRESENCIAL DE LOS USUARIOS DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA
REGIONAL DEL ALTO MAGDALENA CAM EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA
COVID 19.
El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM, en ejercicio de
las facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas en la Ley 99de 1993, y
CONSIDERANDO
Que ela 7 de enero de 2020, la Organización Mundial de la Salud- OMS, identificó el nuevo
coronavirus COVID-19 y declaró este brote como emergencia de salud pública de importancia
internacional.
Que el día 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud
OMS, declaró el actual brote de
enfermedad por coronavirus COVID-19 como una pandemia, esencialmente por la velocidad de su
propagación y la escala de trasmisión, instando a los países a tomar acciones urgentes.
Que el pasado 12 de marzo de 2020, el Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la
Resolución No. 385 de2020, declaró la situación de emergencia sanitaria en todo el territorio
nacional hasta el próximo 30 de mayo de 2020.
Que a través del Decreto No. 417 del17 de marzo de 2020, el Presidente de la República Iván Duque
Márquez, declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio
Nacional por el término de treinta (30) días calendario, con el fin de evitar la propagación de la
pandemia del virus COVID -19 y contener efectos de la misma.
Que a partir del Decreto No. 457 del 22 de marzo de 2020, el Presidente de la República ordenó el
aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia,
desde las cero horas (00:00 a.m) del día 25 de marzo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m)
día 13 de abril de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID
-19.
Que para efectos de logar el efectivo asilamiento preventivo obligatorio, el Decreto No. 457 de 2020,
limitó totalmente la libre circulación de personas y vehículos en el territorio nacional, con
las excepciones previstas en el artículo 3.

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