Resolución 029 del municipio de Lejanías, 14-03-2022 - Normativa - VLEX 909013824

Resolución 029 del municipio de Lejanías, 14-03-2022

Fecha de publicación01 Febrero 2022
Fecha14 Marzo 2022
Tipo de documentoResolución
DEPARTAMENTO
DEL
META
MUNICIPIO
DE
LEJANIAS
NIT
892099242-8
Continuamos
Uderando
con
La
Comunidad
Akcaie.A
uumopai
itiAhiAS
-
Mere
DESPACHO
ALCALDE
VERSION:
2
FECHA
DE
ACTUALIZACION:
ABRIL
2012
RESOLUCIONES
892
099
242-8
CODIGOTRD:
100.39
RESOLUCION
No.
029
DE
2.022.
(Febrero
01)
POR
MEDIO
DEL
DUAL
SE
ORDENA
UNA
COMISION,
SE
RECONOCE
Y
ORDENA
EL
PAGO
DE
UNOS
VIATICOS
EL
ALCALDE
MUNICIPAL
DE
LEJANIAS-META,
En
uso
de
sus
atribuciones
legales
y
en
especial
las
conferidas
por
la
Ley
136/94,
modificada
por
el
Articulo
29
de
la
Ley
1551
de
2012,
Ley
4
a
de
1992,
Ley
1042
de
1978,
Decretos
Presidenciales
y
del
Departamento
Administrative
de
la
Funcion
Publica
979
y
980
de
agosto
22
de
2021,
CONSIDERANDO
Que
la
funcionaria
AMANDA
MILENA
MELO
LOPEZ,
Identificada
con
Cedula
de
Ciudadania
No.
52
’264.153
expedida
en
Bogota,
quien
desempena
el
cargo
de
INSPECTORA
DE
POLICIA,
debe
desplazarse
a
la
ciudad
de
Villavicencio
y
Granada
(Meta),
durante
los
dias
Tres
(3)
y
Cuatro
(4)
de
Febrero,
Asistir
al
Institute
Colombiano
Agropecuario
-ICA-
sede
Granada,
Meta,
para
realizar
entrega
de
informe.
Asistir
al
Institute
Colombiano
Agropecuario
-ICA-
sede
Villavicencio,
Meta,
para
realizar
entrega
de
informe
mensual.
Asistir
al
Comite
Ganadero
para
realizar
tramite
correspondiente
a
la
Inspeccion
de
Policia.
Asistir
a
la
Secretaria
de
Agricultura,
Oficina
de
registro
de
hierros
ganaderos.
Lo
anterior
gestiones
inherentes
a
su
cargo.
Que
los
funcionarios
de
la
planta
de
personal
de
la
Administracion
central
del
Municipio
de
Lejanias
-
Meta,
tienen
en
derecho
al
reconocimiento
y
pago
de
viaticos
y
gastos
de
viaje
cuando
para
el
ejercicio
de
sus
funciones
requiere
desplazarse
de
su
sitio
habitual
de
trabajo,
de
conformidad
con
los
terminos
de
la
Ley
4
a
de
1992,
Ley
1042
de
1978.
Decreto
1083
de
2015,
Decreto
648
de
2017.
Que
el
Decreto
648
de
2017,
determina
lo
siguiente
en
su
ARTICULO
2.2.5.5.27
Derechos
del
empleado
en
comisidn
de
servicios.
El
empleado
en
comision
de
servicios
en
una
sede
diferente
a
la
habitual
tendra
derecho
al
reconocimiento
de
la
remuneracion
mensual
que
corresponde
al
cargo
que
desempena
y
al
pago
de
viaticos
y,
ademas,
a
gastos
de
transporte,
cuando
estos
ultimos
se
causen
fuera
del
perimetro
urbano.
El
valor
de
los
viaticos
se
establecera
de
conformidad
con
los
lineamientos
y
topes
senalados
en
el
decreto
anual
expedido
por
el
Gobiemo
Nacional.
Que
el
articulo
71
del
Decreto
1042
de
1978
determina:
De
los
gastos
de
transporte.
Los
empleados
publicos
que
deban
viajar
fuera
de
su
sede
de
trabajo,
en
desarrollo
de
comisiones
de
servicio
dentro
del
pais
o
en
el
exterior,
tendran
derecho
al
reconocimiento
y
pago
de
los
gastos
de
transporte,
de
acuerdo
con
reglamentacion
especial
del
gobierno.
"CONTINUAMOS
UDERANDO
CON
LA
COMUNIDAD"
Cra.12
No
6-35
Barrio
El
Centro.
Telefax
6591014
Proyecto:
Ernestine
Castillo.
Revise:
Una
Maria
Mateus Castaneda
Aprobd:
Oscar
Ivan
Chaparro
Suarez
alcaldiaYfleiaoias-nicta.gov.co-
vywvy.lcianias-nieia.uov.eo
CODIGO
POSTAL:
506061

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