RESOLUCION 0421 RD 6394 - 17 de Septiembre de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 739581993

RESOLUCION 0421 RD 6394

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6394 17 SEPTIEMBRE 2018
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6394 • pP. 1-5 • 2018 • SEPTIEMBRE 17
No. 0432 del 19 de septiembre de 2016, “Por la cual
se establece el Manual Especico de Funciones y
Competencias Laborales para los empleos de carácter
temporal de la Secretaria Distrital de la Mujer”, para
ocupar el empleo vacante de manera denitiva de
Profesional Universitario, Código 219, Grado 12, de
la Dirección de Territorialización de Derechos y Parti-
cipación, de conformidad con la certicación expedida
por la Directora de Talento Humano.
Que de conformidad con la certicación expedida por la
Directora de Gestión Administrativa y Financiera de la
Secretaría Distrital de la Mujer, el 2 de enero de 2018,
se cuenta con una apropiación presupuestal suciente
en el rubro 3-3-1-15-01-12-1069-129, “Territorialización
de derechos a través de las Casas de Igualdad de
Oportunidades para las Mujeres”, en el componente de
gasto 03-01-0312, para respaldar las obligaciones por
concepto de servicios personales y aportes patronales
de la planta temporal de la entidad.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Nombrar a NATHYA CARO-
LINA CAVIEDES LEÓN, identicada con cédula de
ciudadanía No. 20.500.065 en el empleo de carácter
temporal de Profesional Universitario, Código 219,
Grado 12 de la Dirección de Territorialización de De-
rechos y Participación, de la Secretaría Distrital de la
Mujer, hasta el 30 de junio de 2019.
PARÁGRAFO. El término de duración del empleo tem-
poral deberá sujetarse a la disponibilidad presupuestal.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El nombramiento de carácter
temporal tiene vigencia hasta por el término señalado
en el artículo anterior y no genera derechos de carrera
administrativa.
ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige
a partir de la fecha de su expedición y surte efectos
scales a partir de la posesión.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, a los cuatro (4) días del mes de
septiembre de dos mil dieciocho (2018).
ÁNGELA BEATRIZ ANZOLA DE TORO
Secretaria Distrital de la Mujer
Resolución Número 0421
(Septiembre 7 de 2018)
“Por la cual se efectúa un nombramiento en un
empleo de carácter temporal en la Secretaría
Distrital de la Mujer, de conformidad con
los resultados consolidados obtenidos en la
convocatoria 03 de 2016”.
LA SECRETARIA DISTRITAL DE LA MUJER
En ejercicio de sus atribuciones legales, y en
especial las conferidas en el numeral primero del
el Decreto Distrital No. 081 del 7 de febrero de
2018, y
CONSIDERANDO:
tiembre de 2016, se crearon ochenta (80) empleos de
carácter temporal, en la Secretaría Distrital de la Mujer.
Que el numeral 3 del artículo 21 de la Ley 909 de
2004, respecto de la provisión de empleos de carácter
temporal establece:
“Articulo 21. Empleos de carácter temporal. (...)
3. El ingreso a estos empleos se efectuará con base
en las listas de elegibles vigentes para la provisión
de empleos de carácter permanente, sin que dichos
nombramientos ocasionen el retiro de dichas listas. De
no ser posible la utilización de las listas se realizará
un proceso de evaluación de las capacidades y com-
petencias de los candidatos. ‘’
Qué atendiendo lo anterior, y en concordancia con
lo expuesto por la Corte Constitucional en Sentencia
C- 288 de 2014, la Secretaría Distrital de la Mujer; ex-
pidió la Resolución No. 0438 de 2016, “Por la cual se
convoca al proceso de evaluación de las capacidades y
competencias de las y los aspirantes a ocupar ochenta
(80) empleos de carácter temporal de la Secretaría
Distrital de la Mujer’’, en la cual se establecieron las
convocatorias 01, 02, 03 y 04 de 2016.
Que el artículo 1º del Decreto Nacional No. 648 de
2017, por el cual se modica el Título 5 de la Parte 2
del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, establece en
este último Decreto, el artículo 2.2.5.3.5. lo siguiente:
“ARTÍCULO 2.2.5.3.5 Provisión de empleos tem-
porales. Para la provisión de los empleos temporales
de que trata la Ley 909 de 2004, los nominadores
deberán solicitar las listas de elegibles a la Comisión
Nacional del Servicio Civil teniendo en cuenta las
listas que hagan parte del Banco Nacional de Listas

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