Resolución N° 0562 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, 27-08-2021 - Normativa - VLEX 875674500

Resolución N° 0562 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, 27-08-2021

Número de resolución0562
Fecha27 Agosto 2021
Año2021
Tipo de documentoRESOLUCIÓN
“Por la cual se implementa el sistema de delimitación de las Áreas susceptibles de asignación que
componen el Mapa de Áreas (Mapa de Tierras)”
Avenida Calle 26 No. 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura
Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321
Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co
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EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS -ANH-,
En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el artículo 9º
del Decreto 714 de 2012 y las atribuidas por el Acuerdo 006 de 2021 del Consejo Directivo de la
ANH, y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 714 de 2012, la Agencia Nacional de
Hidrocarburos, ANH, tiene como objetivo administrar integralmente las reservas y recursos
hidrocarburíferos de propiedad de la Nación; promover el aprovechamiento óptimo y sostenible de los
recursos hidrocarburíferos y contribuir a la seguridad energética nacional.
Que de conformidad con el artículo 7 del Decreto 714 de 2012, corresponde al Consejo Directivo de
la ANH, “(…) 4. Definir los criterios de administración y asignación de las áreas hidrocarburíferas de la
Nación para su exploración y explotación; 5. Establecer los parámetros para el diseño, ejecución y
evaluación de estrategias de promoción nacional e internacional de la exploración y explotación de
hidrocarburos.; 6. [y] Establecer las reglas y procedimientos a los cuales deberá sujetarse la
adquisición, integración y utilización de la información técnica para la exploración de hidrocarburos.”
Que en ejercicio de las funciones atribuidas al Consejo Directivo de la ANH, este expidió el Acuerdo
02 del 18 de mayo de 2017, “Por el cual se sustituye el Acuerdo No. 4 de 2012”, que en su artículo 5
indicó la determinación, delimitación, clasificación y regulación de Áreas, en los siguientes términos:
“(…) Corresponde a la ANH determinar, delimitar y clasificar Áreas para el desarrollo de
actividades de Exploración y Producción de Hidrocarburos, con sujeción a la Constitución
Política, a los tratados internacionales ratificados por Colombia, y al régimen jurídico superior
sobre el subsuelo, en materia de ordenamiento territorial, de recursos naturales renovables y de
protección del medio ambiente, en función de su naturaleza y localización geográfica; de sus
características geológicas y de la información técnica disponible sobre el subsuelo; de su
situación jurídica y contractual, y de los procesos de migración y entrampamiento de los
Hidrocarburos.
Con el resultado de esas actividades, la ANH debe elaborar en forma progresiva, actualizar
periódicamente, publicar y mantener a disposición de los interesados, un Mapa de Áreas en el
que se identifiquen aquellas Reservadas, Asignadas y Disponibles, es decir, susceptibles de
asignación con arreglo al presente Reglamento y sus desarrollos. Respecto de las segundas,
Asignadas, debe precisar si se encuentran en Evaluación Técnica, en Exploración o en
Producción.
En la determinación, clasificación, delimitación y/o regulación de Áreas susceptibles de
asignación para Exploración y Explotación de Hidrocarburos, así como para la ejecución de estas
actividades, deben tomarse en consideración los procedimientos de consulta y de coordinación
con los entes territoriales y con las comunidades o grupos étnicos, que se hubieran adelantado
o que se adelanten en las oportunidades legales pertinentes, con arreglo al ordenamiento
superior que regule la materia de que se trate. La ANH está facultada para acometer
directamente tales procedimientos o para acompañar a Interesados, Proponentes y Contratistas
en la ejecución de los que sean de su responsabilidad.
De igual manera, esas actividades deben descartar las superficies correspondientes a zonas
reservadas, excluidas, protegidas o restringidas por autoridad competente, con fundamento en
consideraciones ambientales, de protección de recursos naturales renovables, o de uso del
suelo, incluidas zonas de amortiguación o de protección, o consignar expresamente las
actividades que pueden desarrollarse en ellas, previo cumplimiento de las condiciones y
requisitos conforme a los cuales han de ejecutarse.”
“Por la cual se implementa el sistema de delimitación de las Áreas susceptibles de asignación que
componen el Mapa de Áreas (Mapa de Tierras)”
Avenida Calle 26 No. 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura
Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321
Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co
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Que en sesión del 1º de febrero de 2019, en el marco de sus competencias, el Consejo Directivo de la
ANH aprobó el Proyecto de Términos de Referencia del Proceso Permanente de Asignación de Áreas,
y los Proyectos de Modelo de Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos, E&P
Continental y Costa Afuera, autorizando al Presidente de la ANH para expedir los Términos de
Referencia Definitivos, conforme a los lineamientos del Proceso Permanente de Asignación de Áreas;
entre otros: “(i) el ofrecimiento de Áreas solicitadas por los Interesados y de Áreas de iniciativa de la
ANH, previa puesta en práctica del Procedimiento de Coordinación y Concurrencia Nación
Territorio.”, y en consecuencia profirió el Acuerdo No. 02 del 4 de febrero de 2019, “Por el cual se
aprueba el Proyecto de Términos de Referencia del Proceso Permanente de Asignación de Áreas, así
como los Proyectos de Modelo de Contrato de Exploración y Producción de Hidrocarburos, E&P –
Continental y Costa Afuera y sus anexos, respectivamente”.
Que según lo señalado en el Acuerdo No. 006 de 2021, el Consejo Directivo de la ANH en sesión de
26 de mayo de 2021 dispuso: “ARTÍCULO PRIMERO. Adicionar los lineamientos generales del
Proceso Permanente de Asignación de Áreas, adoptados en sesión del 1º de febrero de 2019, listados
en la parte motiva del Acuerdo ANH 02 de 2019, en los siguientes términos:
(viii) adopción de Áreas delimitadas previamente por la ANH, que en su mayoría conforman
polígonos regulares de tamaño similar, según se trate de Continentales o Costa Afuera; Maduras,
Emergentes o Frontera, a los que deberán sujetarse futuras Solicitudes de Incorporación de Áreas; y
autorización a la Presidencia para que ajuste los polígonos conforme a las necesidades del Proceso.”
En concordancia, la ANH debe implementar el sistema de la delimitación de las Áreas que componen
el Mapa de Áreas (Mapa de Tierras), a partir de la metodología que consiste en el arreglo de cuadrícula
elaborada en forma regular sobre el territorio nacional, de manera que los participantes que presenten
futuras solicitudes de incorporación de áreas lo hagan exclusivamente sobre los polígonos delimitados
por la Entidad, con el propósito de optimizar la administración y asignación de áreas, al igual que
mantener la integridad y mejorar el manejo operacional de la información espacial de las áreas que
administra la ANH.
Que con sujeción a lo dispuesto en el numeral 8º del artículo 8º del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de Resolución aprobado para
publicación a comentarios, se publicó en la página electrónica de la ANH, disponiendo la recepción de
opiniones, sugerencias o propuestas alternativas de los interesados desde el día 10 de agosto de 2021
hasta el 17 de agosto de 2021, las cuales fueron examinadas y respondidas en forma oportuna.
Por lo anterior y en mérito de lo expuesto en la parte considerativa del presente acto, en consecuencia,
la Agencia Nacional de Hidrocarburos,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Implementar el sistema de delimitación de las Áreas que componen el Mapa
de Áreas (Mapa de Tierras) para los polígonos susceptibles de asignación para la Exploración y
Explotación de Hidrocarburos, a partir de un arreglo de cuadrícula conformada en su mayoría por
polígonos regulares de tamaño similar, elaborada de manera uniforme sobre el territorio nacional, de
acuerdo a lo definido el 26 de mayo de 2021 por el Consejo Directivo de la ANH que acogió las
recomendaciones de la Vicepresidencia Técnica de la Agencia y que comprende inicialmente un listado
de 395 áreas susceptibles de asignación delimitadas e identificadas en el Anexo de esta resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: Especificaciones técnicas: La cuadrícula del Mapa de Áreas (Mapa de
Tierras) deberá conservar las especificaciones técnicas definidas en cuanto al sistema de referencia
establecido por la autoridad competente, así como la identificación de las áreas determinadas por la
ANH; se tendrá en cuenta para su delimitación si se trata de áreas continentales o costa afuera al igual
que la cuenca sedimentaria donde se ubiquen, como también del grado de conocimiento geológico de
las mismas.
Parágrafo 1: La información de las áreas susceptibles de asignación del Mapa de Áreas (Mapa de
Tierras) administrado por la ANH deberá referirse a la cuadrícula adoptada mediante la presente
Resolución.
“Por la cual se implementa el sistema de delimitación de las Áreas susceptibles de asignación que
componen el Mapa de Áreas (Mapa de Tierras)”
Avenida Calle 26 No. 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura
Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321
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Parágrafo 2: La extensión en superficie de cada uno de los polígonos adoptados mediante la presente
resolución se expresará en hectáreas (ha) con cuatro (4) cifras decimales. Igualmente, las
coordenadas geográficas de los vértices de cada polígono se expresarán en grados decimales hasta
la quinta cifra o tratándose de coordenadas planas, los vértices de cada polígono se expresarán en
metros (m) con tres (3) cifras decimales.
ARTÍCULO TERCERO: Las áreas resultantes de los procesos de ampliación o devolución en los
contratos de Exploración y Producción (o Evaluación), Convenios de Explotación y Convenios de
Exploración y Explotación suscritos por la ANH al igual que la determinación de las áreas de
evaluación, explotación o producción, como también las eventuales devoluciones parciales de áreas
a la ANH por parte de Ecopetrol en los Contratos de Asociación, se deberán ajustar en lo posible a la
cuadrícula definida en la presente resolución, siguiendo los parámetros técnicos definidos en el
ANEXO, previo cumplimiento de los casos previstos como causales de devolución; de los protocolos
en la determinación de áreas de evaluación, explotación o producción; así como de los trámites de
ampliación, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones ambientales, sociales y de la regulación
técnica.
ARTÍCULO CUARTO: Cualquier modificación de la delimitación de las áreas susceptibles de
asignación para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos que componen el Mapa de Áreas (Mapa
de Tierras), deberá ser tramitada mediante acto administrativo debidamente motivado.
ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de los cinco (5) días siguientes a la fecha
de su publicación.
Expedida en Bogotá D.C., el 27-08-2021
Publíquese y cúmplase.
Anexos:
Anexo a la Resolución “Por la cual se implementa el sistema de delimitación de las Áreas susceptibles de asignación que
componen el Mapa de Áreas (Mapa de Tierras)”
Aprobó:
Revisó:
María Fernanda Escobar Silva – Jefe Oficina Asesora Jurídica/Componente Jurídico
Liliana Maria Zuleta Tobón – Vicepresidencia Técnica
María Jimena Yañez Gelvez – Vicepresidencia de Asignación de Áreas (E)
Edilsa Aguilar Gomez / Gerencia de Gestión de la Información Técnica
Claudia Tatiana Salgado Jimenez /Experto G3 Grado 6 ( e )/Componente Jurídico
Proyectó:
Carlos Ernesto García Ruiz / Gestión Información Técnica
Paola Pérez Mendivelso / Contrato 505 de 2021 / componente jurídico

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