Resolución 0822 del 21 de Mayo de 2020 de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, 2020 - Normativa - VLEX 877497023

Resolución 0822 del 21 de Mayo de 2020 de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, 2020

Año2020
Fecha de publicación09 Junio 2020
República de Colombia
Corporación Autónoma Regional de Boyacá
Subdirección Administrativa y Financiera
Antigua vía a Paipa No. 53-70 PBX 7457186 - 7457188 - 7457192 - 7407518 - Fax 7407520 - Tunja Boyacá
Línea Natural - atención al usuario No. 018000-918027
E-mail: corpoboyaca@corpoboyaca.gov.co
www.corpoboyaca.gov.co
RESOLUCIÓN No.
(822 DE 21 DE MAYO DE 2020)
Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 0098 del 22 de enero de 2020 y
se toman otras determinaciones.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE
BOYACÁ - CORPOBOYACÁ, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES Y
ESTATUTARIAS, Y EN ESPECIAL DE LAS CONFERIDAS EN LA LEY 99 DE 1993 Y EN
LA RESOLUCIÓN 1457 DE 2005, Y
CONSIDERANDO:
Que la Corporación Autónoma Regional de Boyacá CORPOBOYACÁ, es un ente
corporativo de carácter público, creado por la ley, integrado por las entidades territoriales
que por sus características constituyen geográficamente un mismo ecosistema o
conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o hidrogeográfica, dotado de autonomía
administrativa y financiera, patrimonio propio y personería jurídica, encargado por la ley
de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente y los recursos
naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con las
disposiciones legales y las políticas del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Ley 99 de 1993, son funciones
de los directores generales de las Corporaciones Autónomas Regionales:
(…)
1. Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la entidad y ejercer su representación legal;
(…)
5. Ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos y convenios
que se requieran para el normal funcionamiento de la entidad;
(…)
9. Administrar y velar por la adecuada utilización de los bienes y fondos que constituyen el patrimonio
de la Corporación;
(…)”.
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió el Decreto No. 2768 del 28 de
diciembre de 2012, a través del cual se regula “la constitución y funcionamiento de las
Cajas Menores.
Que según lo establecido en el Decreto 2768 de 2012, respecto de las cajas menores
aplicarán las siguientes directrices:
1.- Se constituirán para cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el jefe del
respectivo órgano, en la cual se indique la cuantía, el responsable, la finalidad, la clase de
gastos que se pueden realizar, la unidad ejecutora y la cuantía de cada rubro
presupuestal.
2.- Para su constitución y reembolso se deberá contar con el respectivo certificado de
disponibilidad presupuestal.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR