Resolución 130-000383, Superintendencia de Sociedades, 05-04-2016 - Normativa - VLEX 796455673

Resolución 130-000383, Superintendencia de Sociedades, 05-04-2016

Fecha05 Abril 2016
®
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
BOGOTA
10111111111111111111111111
2
Al
0
contestar
16-01-144540
ID
Tipo: Interna
Fecha: 510412016 14:19:30
TrámIte: 1013- ACTO ADMINISTRATIVO EXTERNO
Sociedad: 899999086- SUPERINTENDENCIA DE S...
Exp. 36241
Remitente: 130- GRUPO DE REGISTRO DE ESPECIALISTAS
Desuno: 130-GRUPO DE REGISTRO DE ESPECLALISTAS
Folios: 16
Anexos: NO
SUPERINTENDENCIA
Tipo Documental: RESOLUCION SIN...
Consecutivo: 133-000383
DE SOCIEDADES
RESOLUCIÓN
Por la cual se reglamentan los criterios que se utilizan para la selección de auxiliares de
la justicia por medio del sistema mecanizado de valoración
EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES
En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias,
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que el artículo 67 de la Ley 1116 de 2006 dispone que el juez del concurso
es el encargado de designar al auxiliar de la justicia, quien debe ser escogido de la lista
elaborada por la Superintendencia de Sociedades, así como de removerlo del cargo
por el acaecimiento de las causales previstas en las normas vigentes.
SEGUNDO: Que el Decreto 2130 de 2015 reglamentó las actuaciones de los auxiliares
de la justicia, para garantizar que se conduzcan dentro de los más altos niveles de
diligencia, sujetos a principios y valores judicialmente exigibles.
TERCERO: Que el artículo 2.2.2.11.1.1 del Decreto 2130 de 2015 establece que los
cargos de promotor, liquidador y agente interventor serán ejercidos por personas de
conducta intachable, que gocen de excelente reputación y sean idóneos para cumplir
con su función, la cual deben desarrollar con imparcialidad e independencia.
CUARTO: Que de acuerdo con lo anterior, es imperativo disponer de las herramientas
legales necesarias para promover la participación efectiva de personas que reúnan los
requisitos académicos, profesionales y personales para obrar como auxiliares de la
justicia en los procesos de reorganización, liquidación judicial e intervención.
QUINTO: Que el artículo 2.2.2.11.3.1 del Decreto 2130 de 2015 establece la exigencia
de disponer de un sistema de información mecanizado para la selección de auxiliares
de la justicia. Por medio de esta herramienta, la Superintendencia de Sociedades
administra y procesa la información consignada en los perfiles de los auxiliares inscritos
en la lista elaborada y administrada por la entidad.
ToDospoRup4
En la Superintendencia de Sociedades trabajarnos con
— ---------
Calidad No. 1 ci, el Indice de Transparencia de las Enuidades Públicas. ITCP.
2
SEXTO:
Que el numeral 15 de] artículo 8
0
de] Decreto 1023 de 2012 faculta al
Superintendente de Sociedades para expedir los actos administrativos que le
corresponden como jefe del organismo,
RESUELVE
Artículo
1
0
.
Sistema de información mecanizado de valoración de criterios para la
selección de auxiliares de la justicia. La Superintendencia de Sociedades
administrará y procesará la información consignada en los perfiles de los auxiliares que
estén inscritos en la lista elaborada por dicha entidad a través del sistema de valoración
de criterios para la selección de auxiliares de la justicia. Esta herramienta suministrará
un listado conformado por los auxiliares que estén mejor calificados para adelantar los
procesos concursales o de intervención en atención al puntaje que arroje la evaluación
de los criterios. El sistema seleccionará al auxiliar que obtenga el puntaje más alto para
ocupar los cargos de liquidador, promotor o agente interventor.
Artículo 2
0
. Criterios de valoración. De conformidad con lo dispuesto en los artículos
2.2.211.3.1
y
2.2.2.11.3.2 del Decreto 2130 de 2015, los criterios de valoración son los
siguientes:
El tipo de proceso de que se trate.
El tipo de proceso o procesos para los cuales se haya inscrito el auxiliar.
La categoría a la cual pertenezca la entidad en trámite de reorganización,
liquidación o intervención.
La categoría en la que esté inscrito el auxiliar.
La jurisdicción en la cual esté la entidad en trámite de reorganización,
liquidación o intervención.
La jurisdicción en la cual esté inscrito el auxiliar.
El sector o sectores a los cuales pertenezca la entidad en proceso de
reorganización, liquidación o intervención.
El sector o sectores en los cuales esté inscrito el auxiliar.
El número de procesos activos de reorganización, liquidación o intervención
a cargo de¡ auxiliar.
Los
requisitos
de
formación
académica
establecidos
en
el
artículo
2.2.2.11.2.5.5 del Decreto 2130 de 2015.
El cumplimiento de los requisitos de formación profesional establecidos en el
artículo 2.2.2.11.2.5.6 de¡ Decreto 2130 de 2015.
1)
La experiencia docente en
materias
relacionadas
con el
régimen
de
insolvencia empresarial.
La infraestructura técnica o administrativa con que cuente el auxiliar y el
grupo de profesionales y técnicos que le prestarán servicios en el desarrollo
de sus funciones.
Los antecedentes en relación con el comportamiento crediticio de¡ aspirante
reportados por las centrales de riesgo.
La existencia de cualquier clase de sanción, suspensión o remoción con
ocasión de conductas relacionadas con las actividades propias de¡ auxiliar y
de los cargos de liquidador, promotor o agente interventor.
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En la Superintendencia de Sociedades
trabajam os con
NUEVOMIS
integridad por no País sin corrupción.
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Ojo
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Entidad No.
1
en
el
Indice de Transparencia de las Entidades
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