Resolución 130-001551 del 19 de abril de 2017, Superintendencia de Sociedades, 20-04-2017 - Normativa - VLEX 796455677

Resolución 130-001551 del 19 de abril de 2017, Superintendencia de Sociedades, 20-04-2017

Fecha20 Abril 2017
O
1/2
Resolución
®
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
BOGOTA
Al contestar cite:
SUPERINTENDENCIA
201 7-01-1 84090
DE SOCIEDADES
Tipo: Interna
Fecha: 19104/2017 16:13:59
Trámite: 1013- ACTO ADMINISTRATIVO EXTERNO
Sociedad: 89999086 - SUPERINTENDENCIA DE 5...
Exp. 36241
Remitente: 130- GRUPO DE REGISTRO DE ESPECIALISTAS
Destino: 515- GRUPO DE NOTIFICACIONES ADMINISTRATIVAS
RESOLUCION
FolIos: 2
Anexos: NO
Tipo Documental: RESOLUCION
Consecutivo: 130-001551
Por la cual se establecen la fecha y los requisitos de la convocatoria a los aspirantes para
la conformación de la lista de auxiliares de la justicia creada y administrada por la
Superintendencia de Sociedades de conformidad con el Decreto 2130 de 2015.
EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES
En uso de sus facultades legales y,
CONSIDERANDO:
PRIMERO:
Que la Superintendencia de Sociedades, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 17 de¡ Decreto 1023 de 2012, conoce y dirige los procesos concursales y de
insolvencia, en ejercicio de las funciones jurisdiccionales otorgadas por la ley para lograr
que se cumplan las finalidades de los mismos; así como aplicar las medidas de
intervención tendentes a suspender de manera inmediata las operaciones o negocios de
personas naturales o jurídicas, que a través de captaciones o recaudos no autorizados,
den lugar a un abuso de¡ derecho y fraude a la ley.
SEGUNDO: Que el artículo 67 de la Ley 1116 de 2006, dispone que el juez de¡ concurso
es el encargado de designar auxiliares de la justicia, los cuales deben ser escogidos de la
lista elaborada por la Superintendencia de Sociedades, así como removerlos de¡ cargo
por el acaecimiento de las causales previstas en las normas vigentes.
TERCERO: Que el artículo 80 de¡ Decreto 4334 de 2008, establece que la
Superintendencia de Sociedades está facultada para designar agentes interventores.
CUARTO: Que conforme a lo anterior, es imperativo disponer de las herramientas legales
necesarias para promover la participación efectiva de personas idóneas, que reúnan los
requisitos académicos, profesionales y personales para actuar como liquidadores,
promotores y agentes interventores.
QUINTO: Que se debe garantizar que los liquidadores, promotores y agentes
interventores admitidos a la lista de auxiliares de la justicia y seleccionados para acceder
a los mencionados cargos, cumplan con los más estrictos estándares de conducta.
SEXTO: Que el Decreto 2130 de 2015 reglamentó y actualizó aspectos de los
procedimientos empleados para la conformación de la lista, selección y designación de
liquidadores, promotores y agentes interventores.
SÉPTIMO: Que el artículo 2.2.2.11.2.1 del Decreto 2130 de 2015, establece que para
conformar la lista de auxiliares de la justicia, la Superintendencia de Sociedades está
facultada para abrir convocatorias de inscripción a los aspirantes a conformarlas.
OCTAVO: Que el artículo 2.2.2.11.2.2 de¡ Decreto 2130 de 2015, establece que la
Superintendencia de Sociedades realizará una convocatoria pública para la inscripción de
aspirantes a integrar la lista de auxiliares de la justicia creada y administrada por la
Superintendencia de Sociedades, por lo menos una vez al año.
TODOS POR UN
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!YPI!!
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Ltttarrr
En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con
integridad por un País sin corrupción.
Entidad No.
1
en el Indice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP

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