Resolución 2481, por la cual se distribuye y ordena el pago de tgransferencias al Sector Salud - 17 de Diciembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43129315

Resolución 2481, por la cual se distribuye y ordena el pago de tgransferencias al Sector Salud

EmisorVarios - Empresa Colombiana de Recursos para la Salud
Número de Boletín43818

DIARIO OFICIAL 43.818 RESOLUCIÓN 2481 07/12/1999 por la cual se distribuye y ordena el pago de tgransferencias al Sector Salud. El Presidente de la Empresa Colombiana de Recursos para la Salud "Ecosalud S. A.", en uso de sus facultades legales, estatutarias, y CONSIDERANDO: 1°. Que la Ley 10 de 1990 en su Artículo 43, establece que el producto resultante por concepto de todas las modalidades de juegos de suerte y azar diferentes a las loterías y apuestas permanentes existentes, menos el valor de los premios pagados, menos el porcentaje del quince por ciento (15%) como máximo para costos y gastos de inversión, producción, administración, venta y publicidad, más las utilidades de Ecosalud S. A., se distribuirá de la siguiente forma: a) 50% para distribuir entre los municipios en proporción directa a las ventas que se ejecuten en su territorio; b) 50% como mínimo, para distribuir entre todos los municipios del país en proporción directa a su población y en proporción inversa a su desarrollo socioeconómico según fórmula aprobada por el Consejo Directivo de Ecosalud S. A. 2°. Que el Consejo Directivo de Ecosalud S. A. en Sesión número 29 de noviembre 10 de 1992, modificó el Acuerdo número 06 de julio 7 de 1992, expidiendo el Acuerdo número 09 de noviembre 10 de 1992, mediante el cual señala la modificación de la base de cálculo de las transferencias a que hace referencia el numeral 3° del artículo 43 de la Ley 10 de 1990, fórmula que se resume a continuación: Asignación 50% Municipal valor * 0.25 * POBm + 0.75 * PPNBIm Por fórmula asignar POBt PPNBIt Donde: POB : Población PPNBI: Porcentaje de población con necesidades básicas insatisfechas. Y los sufijos: m: Dato nivel municipal t: Dato consolidado nacional 3°. Que los índices señalados anteriormente fueron calculados por Ecosalud S. A., con base en los datos suministrados por el DANE, organismo responsable de la información y de la calidad de la estadística en Colombia. 4°. Que Ecosalud S. A. dispone de la suma de dos mil trescientos cincuenta y seis millones doscientos ochenta y un mil quinientos seis pesos ($2.356.281.506) moneda corriente, como producto económico generado por los siguientes conceptos durante el mes de noviembre de 1999. Juegos Intermedios mil sesenta y tres millones ochocientos veintiún mil trescientos noventa y nueve pesos ($1.063.821.399) moneda corriente, Juegos Menores la suma de setecientos diecisiete millones ciento siete mil setecientos treinta y tres pesos ($717.107.733) moneda corriente, Rendimientos de cuentas bancarias e inversiones la suma de ciento cuatro millones cuatrocientos veinticuatro mil cuarenta y dos pesos ($104.424.042) moneda corriente, Intereses de Mora la suma de cuatro millones novecientos diecinueve mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos ($4.919.468) Transferencias de Promocionales la suma de cuatrocientos treinta y un millones novecientos dieciocho mil ochocientos sesenta y cuatro pesos ($ 431.918.864) moneda corriente. Transferencias de sorteos de capitalización la suma de treinta y cuatro millones noventa mil pesos ($34.090.000) moneda corriente. Que al aplicar los porcentajes de distribución señalados en la Ley 10 de 1990 se obtienen las siguientes cifras: Recaudos Juegos Intermedios nov//99 $1.063.821.399 Recaudos Juegos Menores nov/99 $717.107.733 Rendimientos de Cuentas Bancarias e Inversiones nov/99 $ 104.424.042 Intereses de Mora - Transf. nov/99 $ 4.919.468 Transferencias de Promocionales nov/99 $431.918.864 Transferencias de Sorteos de Capitalización nov/99 $34.090.000 TOTAL A DISTRIBUIR MUNICIPIOS $ 2.356.281.506 5°. Que el Consejo Directivo de Ecosalud S. A. ordenó a los municipios del país que hasta la fecha de expedición de la presente providencia no hayan creado los Fondos transferencia de que trata el artículo 43 de la Ley 10 de 1990, se le debe situar a los Fondos Seccionales de Salud, con indicación clara del monto que le corresponde a cada municipio, siempre y cuando los Fondos Seccionales respectivos sean acreditados por el Ministerio de Salud y hayan certificado a Ecosalud su cuenta bancaria. RESUELVE: Artículo 1°. Ordenar las transferencias de que trata la parte motiva de esta providencia a los siguien tes municipios del país que cuentan con Fondos Locales de Salud, debidamente certificados por el Ministerio de Salud ante Ecosalud S. A.: DEPARTAMENTO ANTIOQUIA Municipios Transferencias % Medellín 177.754.923.00 26.3185 Amalfi 1.239.480.00 0.1835 Andes 2.420.600.00 0.3584 Bello 14.846.761.00 2.1982 Bolívar 1.304.018.00 0.1931 Carolina 497.113.00 0.0736 Cisneros 808.466.00 0.1197 Copacabana 1.017.155.00 0.1506 Envigado 2.433.180.00 0.3603 Fredonia 1.770.904.00 0.2622 Itagüí 7.353.687.00 1.0888 Jardín 688.729.00 0.1020 Maceo 1.019.040.00 0.1509 Peñol 1.056.083.00 0.1564 Pto. Nare (Lamagdalena) 1.092.132.00 0.1617 Puerto Triunfo 1.134.193.00 0.1679 Remedios 1.317.612.00 0.1951 Rionegro 2.973.021.00 0.4402 Yondó 1.430.878.00 0.2119 Total 222.157.975.00 32.8929 DEPARTAMENTO ATLANTICO Barranquilla 70.907.611.00 10.4986 Baranoa 1.494.056.00 0.2212 Campo de la Cruz 1.362.829.00 0.2018 Candelaria 1.443.083.00 0.2137 Galapa 898.639.00 0.1331 Juan de Acosta 1.092.590.00 0.1618 Luruaco 1.250.971.00 0.1852 Malambo 1.416.581.00 0.2097 Manatí 1.359.489.00 0.2013 Palmar de Varela 1.180.884.00 0.1748 Piojó 1.283.822.00 0.1901 Ponedera 1.250.277.00 0.1851 Puerto Colombia 967.001.00 0.1432 Repelón 1.373.032.00 0.2033 Sabanagrande 1.013.488.00 0.1501 Sabanalarga 1.553.908.00 0.2301 Santa Lucía 1.217.839.00 0.1803 Santo Tomás 1.155.972.00 0.1712 Soledad 6.031.462.00 0.8930 Suan 1.241.582.00 0.1838 Tubará 1.057.456.00 0.1566 Usiacurí 1.044.908.00 0.1547 Total 101.597.480.00 15.0426 SANTA FE DE BOGOTA, D. C. 415.553.557.00 61.5272 DEPARTAMENTO DE BOLIVAR Cartagena 28.969.325.00 4.2892 Barranco de Loba 1.456.821.00 0.2157 Calamar 1.386.548.00 0.2053 Cicuco 1.247.619.00 0.1847 Córdoba 1.562.806.00 0.2314 Magangué 2.526.160.00 0.3740 María la Baja 1.768.798.00 0.2619 Mompós 1.545.596.00 0.2288 Morales 1.575.878.00 0.2333 Pinillos 1.683.690.00 0.2493 San Jacinto 1.679.156.00 0.2486 San Juan Nepomuceno 1.691.721.00 0.2505 San Pablo 1.522.142.00 0.2254 Santa Rosa 1.603.278.00 0.2374 Santa Rosa del Sur 1.555.892.00 0.2304 Simití 1.538.823.00 0.2278 Soplaviento 1.265.084.00 0.1873 Tisquisio 1.626.778.00 0.2409 Turbaco 1.789.644.00 0.2650 Turbaná 1.490.627.00 0.2207 Villanueva 1.423.373.00 0.2107 Zambrano 1.303.618.00 0.1930 Total 62.213.377.00 9.21 DEPARTAMENTO BOYACA Tunja...

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