Resolución N° 279 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, 19-05-2021 - Normativa - VLEX 875674560

Resolución N° 279 de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, 19-05-2021

Fecha19 Mayo 2021
Número de resolución279
Año2021
Tipo de documentoRESOLUCIÓN
RESOLUCIÓN No. 0279 DEL 19-05-2021
“Por la cual se actualizan las Tarifas y el Precio Base Po y los Formatos para la liquidación de los
Derechos Económicos, en cumplimiento de los Artículos 87 y 90 del Acuerdo No. 02 de 2017”
Avenida Calle 26 No. 59 - 65 Piso 2 Edificio de la Cámara Colombiana de la Infraestructura
Bogotá D.C. - Colombia. Código postal: 111321
Teléfono: +57 (1) 593 17 17 - www.anh.gov.co
ANH-GDO-FR-08 Versión No. 1 Pág. 1 de 7
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS -ANH-
En uso de sus facultades legales y reglamentarias previstas en el Artículo 10 del Decreto 4137 de
2011 y el Artículo 9 del Decreto 714 de 2012 y, en especial, en cumplimiento de lo establecido en los
C O N S I D E R A N D O:
Que el Artículo 332 de la Constitución Política consagra la propiedad del Estado sobre el subsuelo y
los recursos naturales no renovables.
Que mediante Decreto Ley 1760 del 26 de junio de 2003, se creó la Agencia Nacional de Hidrocarburos
-ANH, como Unidad Administrativa Especial, con personería jurídica, patrimonio propio, autonomía
administrativa y financiera adscrita al Ministerio de Minas y Energía, con el objeto de administrar de
forma integral las reservas de hidrocarburos de propiedad de la Nación.
Que mediante el Decreto Ley 4137 de 2011, se modificó la naturaleza jurídica de la Agencia Nacional
de Hidrocarburos – ANH, como una Unidad Administrativa Especial con personería jurídica, patrimonio
propio, autonomía administrativa, técnica y financiera adscrita al Ministerio de Minas y Energía, con el
objetivo de administrar integralmente las reservas y recursos hidrocarburíferos de propiedad de la
Nación; promover el aprovechamiento óptimo y sostenible de los recursos hidrocarburíferos y contribuir
a la seguridad energética nacional.
Que mediante Decreto 714 de 2012, se estableció la estructura de la Agencia Nacional de
Hidrocarburos – ANH, y se dictaron otras disposiciones.
Que el Artículo 3 del Decreto 714 de 2012, dispuso que la ANH tiene entre sus funciones: “(…) 3.
Diseñar, promover, negociar, celebrar y administrar los contratos y convenios de exploración y
explotación de hidrocarburos de propiedad de la Nación, con excepción de los contratos de asociación
que celebró Ecopetrol hasta el 31 de diciembre de 2003, así como hacer el seguimiento al
cumplimiento de todas las obligaciones previstas en los mismos.” (…) 10. Administrar la participación
del Estado, en especie o en dinero, de los volúmenes de hidrocarburos que le correspondan en los
contratos y convenios de exploración y explotación, y demás contratos suscritos o suscriba la Agencia,
incluyendo las regalías, en desarrollo de lo cual podrá disponer de dicha participación mediante la
celebración de contratos u operaciones de cualquier naturaleza (…).
Que el Artículo 5 del Decreto 714 de 2012, estableció que la dirección y administración de la Agencia
Nacional de Hidrocarburos está a cargo del Consejo Directivo y del Presidente.
Que al Consejo Directivo de la ANH le corresponde, entre otras funciones: aprobar los manuales de
contratación misional de la Agencia, los modelos de contratos de exploración y explotación de
hidrocarburos de propiedad de la Nación y, establecer las reglas y criterios de administración y
seguimiento de los mismos”, conforme lo establecido en el Artículo 7 del Decreto 714 de 2012;
sometidos a legislación especial, en armonía con lo dispuesto en el Artículo 76 de la Ley 80 de 1993.
Que en ejercicio de las funciones atribuidas al Consejo Directivo de la ANH, éste expidió el Acuerdo
No. 02 del 18 de mayo de 2017 “Por el cual se sustituye el Acuerdo No. 4 de 2012” Por el cual se
establecen los criterios de administración y asignación de áreas para la exploración y explotación de
los hidrocarburos de propiedad de la Nación; se expide el Reglamento de Contratación
correspondiente, y se fijan las reglas para la gestión y el seguimiento de los respectivos Contratos.
Que el Capítulo Décimo del Acuerdo No. 02 de 2017 denominado Derechos Económicos, precisa y
unifica la causación, responsabilidad, liquidación, oportunidad de pago, intereses moratorios y tasa de
cambio de cada uno de los derechos económicos allí definidos, sin perjuicio de lo establecido en el
Artículo 92 del Acuerdo, respecto a los Derechos Económicos estipulados en los Contratos vigentes.

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