Resolución 2885, por la cual se autoriza al departamento del Valle del Cauca para celebrar operaciones de crédito público interno o asimiladas y se dictan otras disposiciones - 11 de Enero de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43131175

Resolución 2885, por la cual se autoriza al departamento del Valle del Cauca para celebrar operaciones de crédito público interno o asimiladas y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43851

DIARIO OFICIAL 43.851 RESOLUCIÓN 2885 29/12/1999 por la cual se autoriza al departamento del Valle del Cauca para celebrar operaciones de crédito público interno o asimiladas y se dictan otras disposiciones. El Viceministro Técnico de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere la Ley 358 de 1997 y el Decreto 696 de 1998, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 358 del 30 de enero de 1997 se reguló el artículo 364 de la Constitución Política y se dictaron otras disposiciones en materia de endeudamiento; Que mediante el Decreto 696 del 13 de abril de 1998 se reglamentó parcialmente la Ley 358 de 1997; Que el artículo 1° de la Ley 358 de 1997 establece que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 364 de la Constitución Política, el endeudamiento de las entidades territoriales no podrá exceder su capacidad de pago; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 358 de 1997, ninguna entidad territorial puede, sin autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, contratar nuevas operaciones de crédito público cuando su relación intereses/ahorro operacional supere el sesenta por ciento (60%) o su relación saldo de la deuda/ingresos corrientes supere el ochenta por ciento (80%); Que en atención a que el indicador intereses/ahorro operacional del departamento del Valle del Cauca se ubica por encima del sesenta por ciento (60%), el Gobernador del departamento del Valle del Cauca solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la expedición de la presente autorización; Que mediante Ordenanza número 079 del 5 de noviembre de 1999, la Asamblea Departamental del Departamento del Valle del Cauca autorizó al Gobernador para la celebración de la operación de crédito público o asimilada que por la presente se autoriza; Que mediante Oficio número 4832 del 10 de diciembre de 1999 la Dirección General de Apoyo Fiscal de este Ministerio emitió su conformidad al Otrosí número 1 al Plan de Desempeño suscrito por el Departamento del Valle del Cauca y las Entidades Financieras acreedoras el 30 de septiembre de 1998; Que la minuta de Otrosí al acuerdo de pago y reestructuración de deuda que suscribirá el departamento del Valle del Cauca, con cada una de las entidades financieras corresponde a la enviada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público¿Dirección General de Crédito Público¿, el 28 de...

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