Resolución 3342, por medio de la cual se reconoce personería jurídica a una asociación de pensionados. - 12 de Diciembre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43201349

Resolución 3342, por medio de la cual se reconoce personería jurídica a una asociación de pensionados.

EmisorMinisterio de Salud
Número de Boletín45399

La Coordinadora del Grupo de Empleo, Trabajo y Seguridad Social de la Dirección Territorial de Cundinamarca, en uso de las atribuciones legales que le confiere el artículo 26 numeral 14 del Decreto 205 de 2003 y el numeral 8 del artículo 9º de la Resolución número 0951 del 28 de abril de 2003, Ley 43 de 1984,

CONSIDERANDO:

Que mediante escrito radicado bajo el número 32454 del 24 de noviembre del año 2003 por los señores Antonio Yemail del Rico y J. Ernesto Díaz L., en su condición de Presidente y Secretario provisionales de la organización de Pensionados en formación, de primer grado, denomin ada Organización Colombiana de Pensionados, OCP, con domicilio en la ciudad de Bogotá, D. C., departamento de Cundinamarca, solicitaron a este Ministerio del reconocimiento de la Personera Jurídica.

Para tal efecto la Asociación acompañó la siguiente documentación:

● Solicitud de reconocimiento de personería.

● Acta de Constitución de fecha octubre 30 de 2003.

● Nómina de socios fundadores.

● Listado de los asistentes.

● Proyectos de estatutos.

● Nómina directiva provisional;

Que revisados tos documentos enunciados encuentra el Despacho que los mismos aparecen de conformidad can lo preceptuado en la Ley 43 de 1984 y su Decreto Reglamentario número 1654 de 1985;

Que de conformidad con el Decreto 1654 de 1985, esta Coordinación aprobó en primer lugar los estatutos de la asociación mediante acto administrativo número 3317 de noviembre 27 de 2003, el cual fue notificado personalmente a los jurídicamente interesados estando debidamente ejecutoriado, razón por la cual se cumple con todos lo requisitos para proceder al reconocimiento de la personería jurídica como en efecto se hará;

En mérito de lo expuesto este Despacho,

RESUELVE:

Artículo 1º Reconocer personería jurídica a la Organización Colombiana de Pensionados, OCP, agremiación de pensionados en formación, de primer grado, con domicilio en la ciudad de Bogotá, D

C., departamento de Cundinamarca, de conformidad con lo expuesto en la parte...

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