RESOLUCION 879 RD 5100 - 15 de Abril de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 436195350

RESOLUCION 879 RD 5100

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5100 15 ABRIL 2013
EmisorInstituto de Desarrollo Urbano
43
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5100 • pP. 1-43 • 2013 • ABRIL 15
Resolución Número 879
(Abril 11 de 2013)
“Por la cual se modica el artículo primero de la
Resolución 494 del 22 de febrero de 2013, me-
diante la cual se adicionó el artículo quinto de
la Resolución 3801 del 26 de diciembre de 2012
por la cual se jaron las políticas de recaudo y
formas de pago para la Fase II de la Contribución
de Valorización establecida en el Acuerdo 180 de
2005, expedido por el Concejo de Bogotá D.C.,
modicado por los Acuerdos 398 de 2009 y 445
de 2010”.
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE
DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.,
En ejercicio de las facultades legales y en espe-
cial las que le coneren los Acuerdos 19 de 1972,
180 de 2005, los Acuerdos 01 y 02 expedidos por
el Consejo Directivo del IDU y demás disposicio-
nes concordantes vigentes y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el Decreto
Ley 1421 de 1993 “Por el cual se dicta el régimen es-
pecial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá”,
en sus artículos 12 y 157, el Concejo de Bogotá en
ejercicio de su autonomía y competencia legislativa
puede establecer la contribución de Valorización por
Benecio Local, o General; determinar los sistemas
y métodos para denir los costos y benecios de las
obras, jar el monto de las sumas que se pueden dis-
tribuir a título de valorización y establecer la forma de
hacer su reparto. Su distribución se puede hacer sobre
la generalidad de los predios urbanos y suburbanos del
Distrito o sobre parte de ellos. La liquidación y recaudo
pueden efectuarse antes, durante o después de la eje-
cución de las obras…”, lo anterior en concordancia con
lo establecido en el artículo 4 del Acuerdo 7 de 1987.
Que con fundamento de dicha disposición, el Concejo
Distrital mediante el Acuerdo 180 de 2005 modicado
por los Acuerdos 398 de 2009 y 445 de 2010, autorizó
el cobro de una Contribución de Valorización por Be-
necio Local con la destinación especíca de nanciar
la construcción del Plan de Obras relacionadas en el
anexo No. 2, grupo 2, que integran los Sistemas de
Movilidad y de Espacio Público, contempladas en el
Plan de Ordenamiento Territorial (POT) y sus opera-
ciones estratégicas, en concordancia con el Plan de
Desarrollo.
Que el mencionado Ente Corporativo, dispuso en el
artículo 4 del Acuerdo 445 de 2010, que modicó los
Acuerdos 180 de 2005 y 398 de 2009, que la contribu-
ción de valorización correspondiente a las Fases II, III
y IV del Acuerdo 180 de 2005 se asignará en los años
2012, 2014 y 2016, respectivamente.
Que el Acuerdo 180 de 2005 en su artículo 6, parágrafo
3º modicado por el artículo 7º del Acuerdo 398 de
2009, estableció que el Director General del Instituto
de Desarrollo Urbano, mediante acto administrativo,
jará políticas de recaudo y priorización de cartera
de conformidad con las circunstancias imperantes en
el mercado. Así mismo establecerá los descuentos
y plazos para el pago de contado y por cuotas, y los
intereses corrientes y de mora.
Que en observancia de la Ley 1066 de 2006 y del
Decreto 4473 de 2006 que la reglamenta, relaciona-
da con la gestión del recaudo de la cartera pública,
la Dirección General del IDU expidió el Reglamento
Interno del Recaudo de Cartera del Instituto mediante
Resolución 3866 del 25 de septiembre de 2009 mo-
dicada por la Resolución 1862 de junio 11 de 2010,
que en su artículo Trece determinó que el pago del
gravamen de valorización debe ser de contado o por
cuotas y ceñirse a los plazos, descuentos e intereses
de nanciación que determine la Dirección General del
IDU para cada cobro de valorización.
Que en acatamiento del artículo 7 del Acuerdo 398
de 2009, la Dirección General del Instituto de Desa-
rrollo Urbano expidió la Resolución N°3801 del 26 de
diciembre de 2012, por la cual se jaron las políticas
de recaudo y formas de pago para la Fase II de la
Contribución de Valorización establecida en el Acuer-
do 180 de 2005, expedido por el Concejo de Bogotá
D.C., modicado por los Acuerdos 398 de 2009 y 445
de 2010.
Que con la expedición de la Resolución 494 del 22 de
febrero de 2013, se adicionó el artículo quinto de la
Resolución 3801 del 26 de diciembre de 2012, en el
sentido de jar y ampliar las fechas para cada una de
las opciones de pago.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 10 del
Decreto Ley 1421 de 1993, y el 44 del Acuerdo 348 de
2008, el Alcalde de Bogotá, mediante Decreto 153 de
2013 convocó al Concejo Distrital a sesiones extraor-
dinarias, con el propósito de someter a consideración
asuntos relacionados con los Acuerdos 180 de 2005
y 451 de 2010.
Que por encontrarse en discusión el tema de valori-
zación en el Concejo de Bogotá, y por ende sujeto a
su decisión, se hace necesario ampliar los plazos de
pago jados en la Resolución 494 de 22 de febrero de
2013 para la Fase II de la Contribución de Valorización
establecida en el Acuerdo 180 de 2005, modicado por
los Acuerdos 398 de 2009 y 445 de 2010.

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