RESOLUCION 44 RD 6116 - 14 de Julio de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 690986873

RESOLUCION 44 RD 6116

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6116 14 JULIO 2017
EmisorEMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.
143
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6116 • pP. 1-143 • 2017 • JULIO 14
IMPUTACION DESCRIPCIÓN CONTRACREDITOS CREDITOS
3110105 Horas Extras, Dominicales, Festivos, Recargo Nocturno y
Trabajo Suplementario 42.000.000 0
3110106 Bonicación por servicios 52.000.000 0
3110107 Prima semestral 2.300.000 0
3110109 Prima de navidad 89.000.000 0
3110110 Prima de vacaciones 50.000.000 0
3110111 Prima técnica 130.000.000 0
3110112 Otras primas y bonicaciones 3.000.000 0
31103 Aportes patronales al sector privado y público 463.000.000 0
3110301 Aportes patronales sector privado 377.000.000 0
311030101 Cesantías fondos privados 125.000.000 0
311030102 Pensiones fondos privados 116.000.000 0
311030103 Salud EPS privadas 78.000.000 0
311030104 Riesgos profesionales sector privado 9.000.000 0
311030105 Caja de compensación 49.000.000 0
3110302 Aportes patronales sector público 86.000.000 0
311030201 Cesantías Fondos Públicos 25.000.000 0
311030205 ICBF 37.000.000 0
311030206 SENA 24.000.000 0
312 Gastos generales 0 1.370.000.000
31201 Adquisición de bienes 0 5.000.000
3120102 Materiales y suministros 0 5.000.000
31202 Adquisición de servicios 0 1.340.000.000
3120202 Gastos de transporte y comunicación 0 200.000.000
3120206 Seguros 0 800.000.000
3120208 Servicios públicos 0 30.000.000
3120211 Promoción institucional 0 300.000.000
3120213 Salud ocupacional 0 10.000.000
31203 Otros gastos generales 0 25.000.000
3120301 Impuestos, tasas y multas 0 25.000.000
ARTÍCULO 2º-: La presente Resolución rige a partir
de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los diez (10) días del mes
de mayo del año dos mil diecisiete (2017).
ANDRÉS ESCOBAR URIBE
Gerente General
Resolución Número 44
(Mayo 10 de 2017)
“Por la cual se adopta el Reglamento Interno de
Trabajo de la Empresa Metro de Bogotá S.A.”
EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA
METRO DE BOGOTA S.A.
En ejercicio de sus facultades legales, en
especial las conferidas por el artículo 47 de
los Estatutos de la Empresa y el artículo 5 del
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6116 • pP. 1-144 • 2017 • JULIO 14
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RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- REGLAMENTO INTERNO DE TRABA-
JO. El presente es el Reglamento Interno de Trabajo
de la Empresa Metro de Bogotá S.A., Sociedad por
Acciones, con participación exclusiva de entidades
públicas del orden Distrital, creada con personería
jurídica, autonomía administrativa, nanciera y presu-
puestal y patrimonio propio, vinculada a la Secretaría
Distrital de Movilidad y cuyo régimen jurídico será el de
las Empresas Industriales y Comerciales del Estado,
con domicilio en la Carrera 7 No. 71-52 Piso 9 de la
ciudad de Bogotá y a sus disposiciones quedan some-
tidas tanto la Sociedad como todos sus trabajadores.
Este Reglamento hace parte de los contratos individua-
les de trabajo, celebrados o que se celebren con todos
los trabajadores, salvo estipulaciones en contrario que
sin embargo solo pueden ser favorables al trabajador.
CAPITULO I
CONDICIONES DE ADMISION
ARTÍCULO 2. REQUISITOS DE ADMISION. Quien
aspire a desempeñar un cargo en la empresa METRO
DE BOGOTÁ S.A., puede presentar solicitud por es-
crito para su registro como aspirante.
La persona seleccionada para desempeñar un Cargo,
debe aportar los siguientes documentos:
a) Formato Único de Hoja de Vida – DAFP, debida-
mente diligenciado, el cual contendrá como míni-
mo la información establecida en el artículo 10 de
la Ley 190 de 1995 y sus decretos reglamentarios.
b) Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía.
c) Fotocopia de la Libreta Militar (Si aplica).
d) Formato de Declaración Juramentada de Bienes
y Rentas - DAFP, la cual contendrá como mínimo
la información establecida en los artículos 140 y
150 de la Ley 190 de 1995 y sus decretos regla-
mentarios.
e) Fotocopia de los diplomas de bachiller, técnico,
profesional, postgrado y demás capacitación
recibida, acorde con los requisitos exigidos para
cada cargo.
f) Fotocopia de la Tarjeta Profesional si es el caso.
Para los conductores licencia de conducción en
la categoría exigida por las autoridades según el
tipo de vehículo.
g) Certicados Laborales de todos los empleos o
cargos ocupados tanto en el sector público como
en el privado, indicando tiempo de servicio, cargo
y funciones desempeñadas.
h) Certicaciones de todos los contratos de presta-
ción de servicios, tanto en el sector público como
en el privado, indicando fecha de inicio, fecha de
terminación, plazo total de ejecución y actividades
desempeñadas.
i) Certicación Bancaria
j) Certicado de aliación a EPS
k) Certicado de aliación a Fondo de Pensiones
l) Certicado de aliación a Fondo de Cesantías
m) Certicado de Antecedentes Fiscales, expedido
n) Certicado de antecedentes judiciales, expedido
por Policía Nacional.
o) Certicado de antecedentes disciplinarios expe-
didos por la Personería de Santa Fe de Bogotá y
la Procuraduría General de la Nación, en concor-
dancia con el Decreto 2150 de 1995.
p) Examen médico general en el cual se certique
que el aspirante se encuentra apto física y men-
talmente para desempeñar el cargo.
q) Declaración extra juicio obligaciones alimentarias
pendientes.
r) Declaración juramentada deudor moroso con el
Estado.
s) Depuración Retención en la Fuente.
t) Certicación de ingresos.
PARÁGRAFO PRIMERO: La empresa Metro de Bo-
gotá S.A. podrá solicitar a los aspirantes de acuerdo
con el perl del cargo y funciones del cargo a desem-
peñar documentos adicionales a los anteriores, sin
embargo no se exigirá la prueba de V.I.H. (artículo 21
Decreto 1543 de 1997); prueba de embarazo salvo
que la labor a desempeñar sea de alto riesgo para
la madre o para el hijo (artículo 43 de la Constitución
Nacional, Convenio 11 de la OIT, Res 003941 de 1994
del Ministerio de Trabajo; Libreta Militar (Articulo 111
Decreto 2150 de 1995)
PARÁGRAFO SEGUNDO: Para efectos de los
certicados de antecedentes judiciales o de policía,
disciplinarios y profesionales, de que trata el artículo
17 del Decreto 2150 de 1995, el aspirante al cargo,
podrá emitir autorización escrita a la Empresa Metro
de Bogotá S.A., para que pueda solicitarlos directa-

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