RESOLUCION 287 RD 5137 - 12 de Junio de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449989514

RESOLUCION 287 RD 5137

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5137 12 JUNIO 2013
EmisorSecretaria General
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5137 • pP. 1-4 • 2013 • JUNIo 12
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ARTÍCULO 12°.- Gestión Social Integral para la Po-
blación Objeto de Reasentamiento. En el enfoque de
protección de derechos, las entidades del Distrito debe-
rán garantizar a las familias objeto de reasentamiento
la oferta institucional necesaria para acceder a los ser-
vicios de salud, educación y programas de integración
social dirigidos a población vulnerable, entre otros.
ARTÍCULO 13°- Articulación del reasentamiento
con los instrumentos de planicación territorial.-
Los predios identicados en alto riesgo no mitigable por
el FOPAE, cuyas familias son objeto de reubicación,
serán parte de las zonas declaradas como suelo de
protección por riesgo no mitigable.
PARÁGRAFO.- Los inmuebles objeto de la reubicación
por alto riesgo no mitigable, deberán ser reportados a
la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital,
para el registro a que haya lugar de acuerdo con la
normatividad vigente.
ARTÍCULO 14.- Seguimiento y Evaluación. Le
corresponde al FOPAE realizar el seguimiento y eva-
luación del programa de reasentamientos, en el marco
del Plan Distrital de Gestión de Riesgos.
ARTÍCULO 15.- Limitación de los benecios. Los
benecios contenidos en este decreto se reconocerán
por una única vez al respectivo núcleo familiar.
ARTÍCULO 16.- Disposiciones nales.- Las entida-
des distritales responsables de ejecutar las acciones
previstas en el presente decreto deberán gestionar y
priorizar los recursos necesarios para su cumplimiento.
Así mismo, los Fondos de Desarrollo Local podrán
concurrir con recursos de sus presupuestos para tal n.
ARTÍCULO 17.- Derogatoria y Vigencias.- El presen-
te Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y
deroga las normas que le sean contrarias, en especial
los Decretos Distritales 094 y 230 de 2003, 437 y 340
de 2006 y 040 de 2011.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del
mes de junio de dos mil trece (2013).
GUSTAVO PETRO URREGO
Alcalde Mayor
GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO
Secretario Distrital de Gobierno
MARÍA MERCEDES MALDONADO COPELLO
Secretaria Distrital del Hábitat
SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ
Resolución Número 287
(Mayo 31 de 2013)
“Por la cual se efectúan unos nombramientos en
unos empleos de carácter temporal”.
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ D. C. (E.)
En ejercicio de sus facultades legales, en es-
pecial de las conferidas por el Numeral 8º del
artículo 1º del Decreto 101 de 2004
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 604 del 27 de diciembre de
2012, se crearon unos empleos de carácter temporal
en la planta de personal en la Secretaría General de
la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que mediante radicado 1-2013-619 de fecha 09 de
enero de 2013, la Comisión Nacional del Servicio Ci-
vil, certicó que no existen listas de elegibles con las
cuales se puedan proveer los empleos temporales de
la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá
D.C., en cumplimiento de lo previsto en el artículo 3°
Decreto 1227 de 2005.
Que la Secretaría General cuenta con recursos del
presupuesto de la vigencia scal 2013, sucientes
para amparar los gastos correspondientes a la Planta
Temporal en mención.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º- Nombrar en la Planta Temporal de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C., a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de
2013, a las personas que se relacionan, de conformi-
dad con las consideraciones que anteceden.
RESOLUCIÓN DE 2013

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