Resolución 474, por la cual la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial transfiere al Inurbe la propiedad de unos inmuebles - 21 de Agosto de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43179854

Resolución 474, por la cual la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial transfiere al Inurbe la propiedad de unos inmuebles

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Instituto de Crédito Territorial Unidad Administrativa Especial Liquidadora
Número de Boletín44907

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de Asuntos del Instituto de Crédito Territorial, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto 1565 de 1996, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante la Ley 281 del 28 de mayo de 1996 se ordenó la creación de una Unidad Administrativa Especial Liquidadora para la terminación de los actos, contratos y operaciones del anterior Instituto de Crédito Territorial.

  2. Que mediante Decreto 1565 de 1996 se crea la Unidad Administrativa Especial Liquidadora del Instituto de Crédito Territorial, encargada de la administración, terminación y liquidación de los actos, contratos y operaciones iniciadas por el antiguo Instituto de Crédito Territorial, con anterioridad a la vigencia de la Ley 3ª de 1991.

  3. Que mediante la Ley 653 del 24 de mayo de 2001 se modifica el artículo 5° de la Ley 281 de 1996 adicionándose por un año más el plazo contemplado en el artículo en mención.

  4. Que el artículo 17 inciso 2° del Decreto 1565 de 1996 establece que cumplido el término los activos, pasivos, derechos y obligaciones que no se liquiden dentro del mismo, al igual que los archivos y documentos, se transferirán al Inurbe.

  5. Que el artículo 4° del Decreto 1121 del 27/05/02, establece que en cumplimiento de la Ley 281 de 1996 y del Decreto 1565 de 1996, los activos y pasivos, derechos y obligaciones de la Unidad Administrativa Especial Liquidadora de los Asuntos del Instituto de Crédito Territorial no liquidados a 28 de mayo de 2002, serán transferidos y asumidos por el Inurbe.

  6. Que la Unidad Administrativa Especial Liquidadora del Instituto de Crédito Territorial cuenta con 279 inmuebles de su propiedad, ubicados en el municipio Armenia, departamento de Quindío.

  7. Que en cumplimiento de las anteriores normas la Unidad Administrativa Especial Liquidadora del Instituto de Crédito Territorial, debe transferir al Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, los inmuebl es de su propiedad, ubicados en el municipio de Armenia, departamento de Quindío

En consecuencia,

RESUELVE:

Artículo 1° Transferir al Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, representado por el Gerente General, doctor Iván Rodrigo Alvarado Gaitán, la propiedad o el derecho de dominio que la Unidad Administrativa Especial Liquidadora del Instituto de Crédito Territorial tiene sobre los siguientes inmuebles:
  1. Lotes de terreno números 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16 manzana A Urbanización La Pavona, ubicado en el municipio Armenia, departamento de Quindío, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 012 del 14 de febrero de 1997 debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 280 - 66724 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia. Con un área total de 540 metros cuadrado, no desenglobados del de mayor extensión. Cuyos linderos se encuentran contenidos en la Escritura Pública número 2272 de fecha 10 de junio de 1988 de la Notaría Tercera (3) de Armenia (Quindío). No desenglobados del de mayor extensión.

  2. Lote de terreno número 11 manzana E Urbanización La Pavona, ubicado en el municipio Armenia, departamento de Quindío, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 134 del 26 de noviembre de 1997 debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 280-71915 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia. Con un área de 60.00 metros cuadrados. Cuyos linderos se encuentran contenidos en la Escritura Pública número 4801 de fecha 23 de octubre de 1989 de la Notaría Tercera (3ª) de Armenia (Quindío).

  3. Lote de terreno número 14 Manzana S Urbanización La Pavona, ubicado en el municipio Armenia, departamento de Quindío, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 0012 del 14 de febrero de 1997 debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 280-66724 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia. Con un área de 60.00 metros cuadrado, no desenglobados del de mayor extensión, cuyos linderos se encuentran contenidos en la Escritura Pública número 2272 de fecha 10 de junio de 1988 de la Notaría Tercera (3) de Armenia (Quindío). No desenglobados del de mayor extensión.

  4. Lote de terreno número 15 Manzana F Urbanización La Pavona, ubicado en el municipio Armenia, departamento de Quindío, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 134 del 26 de noviembre de 1997 debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 280-71424 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia. Con un área de 60.00 metros cuadrado, cuyos linderos se encuentran contenidos en la Escritura Pública número 1873 de fecha 18 de agosto de 1989 de la Notaría Primera (1) de Armenia (Quindío).

    Nota: Este inmueble actualmente se encuentra invadido.

  5. Lote de terreno número 6 manzana U Urbanización La Pavona, ubicado en el municipio Armenia, departamento de Quindío, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 041 del 27 de mayo de 1998 debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 280 - 71324 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia. Con un áre a de 60.00 metros cuadrado, cuyos linderos se encuentran contenidos en la Escritura Pública número 1769 de fecha 4 de septiembre de 1989 de la Notaría Primera (1ª) de Armenia (Quindío).

  6. Lote de terreno número 7 manzana U Urbanización La Pavona, ubicado en el municipio Armenia, departamento de Quindío, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 041 del 27 de mayo de 1998 debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 280-72165 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia. Con un área de 60.00 metros cuadrados, cuyos linderos se encuentran contenidos en la Escritura Pública número 3680 de fecha 5 de Diciembre de 1989 de la Notaría Segunda (2) de Armenia (Quindío).

  7. Lote de terreno manzana 22 Urbanización Calima, ubicado en el municipio Armenia, departamento de Quindío, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 012 del 14 de febrero de 1997 debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 280-8254 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia. Con un área de 170.00 metros cuadrados. No desenglobados del de mayor extensión.

  8. Lote en comodato manzana 22 Urbanización Calima, ubicado en el municipio Armenia, departamento de Quindío, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 012 del 14 de febrero de 1997 debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 280-8254 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia. Con un área de 180.00 metros cuadrados. No desenglobados del de mayor extensión.

    9. Remanente manzana 7-8 Urbanización Calima, ubicado en el municipio Armenia, departamento de Quindío, adquirido por la UAE-ICT, en mayor extensión Por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 012 del 14 de febrero de 1997 debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 280-8254 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia. Con un área de 1.785 metros cuadrados. No desenglobados del de mayor extensión.

  9. Lotes 9A, 10A, 11A, 12A, 13A, 14A, 15A, 16A, 17A, y Zona de Reforestación manzana 15 Urbanización Calima, ubicado en el municipio Armenia, departamento de Quindío, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 012 del 14 de febrero de 1997 debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 280-8254 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia. Con un área Total de 3.203 metros cuadrados. No desenglobados del de mayor extensión.

  10. Lotes 11A, 10A, 9A, 8A, 7A, 6A, 5A, manzana 11 Urbanización Calima, ubicado en el municipio Armenia, departamento de Quindío, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 012 del 14 de febrero de 1997 debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 280-8254 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia. Con un área Total de 504 metros cuadrados. No desenglobados del de mayor extensión.

  11. Lote manzana 11 Urbanización Calima, ubicado en el municipio Armenia, departamento de Quindío, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 012 del 14 de febrero de 1997 debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 280-8254 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Armenia. Con un área Total de 143 metros cuadrados. No desenglobados del de mayor extensión.

  12. Remanente manazana 14 Urbanización Calima , ubicado en el municipio Armenia, departamento de Quindío, adquirido por la UAE-ICT, por transferencia que le hizo el Inurbe mediante Resolución número 012 del 14 de febrero de 1997 debidamente registrada en el Folio de Matrícula Inmobiliaria número 280-8254 de la Oficina de...

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