Resolución 4927 de 2016. Por la cual se establecen los parámetros y requisitos para desarrollar, certificar y registrar la capacitación virtual del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo - Resoluciones - Normas legales en Seguridad y Salud en el Trabajo. Incluye Resolución 1111 de 2017 definición de Estándares Mínimos - Libros y Revistas - VLEX 862653234

Resolución 4927 de 2016. Por la cual se establecen los parámetros y requisitos para desarrollar, certificar y registrar la capacitación virtual del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo

AutorArnulfo Cifuentes Olarte/Olga Lorena Cifuentes Giraldo
Páginas442-447
NORMAS LEGALES EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
442
(Noviembre 23)
Por la cual se establecen los parámetros y requisitos para desarrollar, certicar y
registrar la capacitación virtual en el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en
el Trabajo.
LA MINISTRA DEL TRABAJO
RESUELVE:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. La presente resolución tiene por objeto
denir los parámetros y requisitos para desarrollar, certicar y registrar los procesos de
capacitación virtual gratuita con una intensidad de (50) horas, respecto al Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, dirigidos a los responsables de la ejecución
de dicho Sistema y la ciudadanía en general. Así mismo, rige a los oferentes de estos
procesos de capacitación.
Artículo 2. Participantes. Como fomento de la cultura de la seguridad social, los procesos
de capacitación de que trata el artículo anterior están dirigidos a la ciudadanía en general
y en especial a:
1. Los responsables de la ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
Trabajo de cada empresa o institución.
2. Los trabajadores dependientes e independientes, incluidos los contratistas y
subcontratistas de prestación de servicios.
3. Los empleadores y contratantes de personal a cualquier titulo.
4. Los miembros de organizaciones sindicales de cualquier clase o grado.
5. Los integrantes de los Comités Locales, Seccionales y Nacional de Seguridad y Salud en
el Trabajo.
6. Los miembros de las Comisiones Sectoriales de Seguridad y Salud en el trabajo.
7. Los integrantes de los Comités Paritarios de Seguridad y salud en el Trabajo.
8. Los integrantes de los Comités de Convivencia Laboral.
9. Los integrantes de las brigadas de emergencia y cuerpos de bomberos.
10. Los estudiantes aliados al sistema de riesgos laborales.
11. Los asesores y profesionales en Seguridad y Salud en el Trabajo.
12. El personal no uniformado de la Policía Nacional y el personal civil de las Fuerzas
Militares.
13. Los miembros activos del subsistema nacional de primera respuesta.
14. Los integrantes, asesores y personal del Comité Andino de Autoridades en Seguridad
Social y Seguridad y Salud en el Trabajo.
15. Los funcionarios del Ministerio del Trabajo, en particular los directorios territoriales e
inspectores de trabajo.
Parágrafo: Los responsables del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
son las personas determinadas para estos efectos por el empleador, de conformidad

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