Resolución 5480 de 30 de noviembre de 2018 - Suplemento - Estatuto tributario de Bogotá 2019 - Libros y Revistas - VLEX 812073513

Resolución 5480 de 30 de noviembre de 2018

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena - Harold Ferney Parra Ortiz
Páginas517-525
517
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Por la cual se establece la base gravable de los Vehículos Automotores para
la vigencia scal 2019.
EL MINISTRO DE TRANSPORTE,
en ejercicio de las facultades legales, en especial, las conferidas por los
artículos 143 de la Ley 488 de 1998 y 6 numeral 6.4 del Decreto 087 de 2011,
y
CONSIDERANDO:
Que conforme al artículo 363 de la Constitución Política, el sistema tributario debe
fundarse en los principios de equidad, e ciencia y progresividad.
Que la Ley 488 de 1998, “por la cual se expiden normas en materia tributaria y se
dictan otras disposiciones scales de las Entidades Territoriales”, dentro del Capítulo
VI estableció las normas para el pago del impuesto sobre vehículos automotores.
Que el artículo 143 de la citada ley determina:
“ARTÍCULO 143. BASE GRAVABLE. Está constituida por el valor comercial de
los vehículos gravados, establecido anualmente mediante resolución expedida
en el mes de noviembre del año inmediatamente anterior al gravable, por el
Ministerio de Transporte.
Para los vehículos que entran en circulación por primera vez, la base gravable
está constituida por el valor total registrado en la factura de venta, o cuando
son importados directamente por el usuario propietario o poseedor, por el
valor total registrado en la declaración de importación.
PARÁGRAFO. Para los vehículos usados y los que sean objeto de internación
temporal, que no guren en la resolución expedida por el Ministerio de
Transporte, el valor comercial que se tomará para efectos de la declaración
y pago será el que corresponda al vehículo automotor incorporado en la
resolución que más se asimile en sus características”.
Que el Decreto 2685 de 1999, por medio del cual se modi có la legislación aduanera,
en su artículo 411 estableció:
“(…)
Al territorio del Puerto Libre de San Andrés, Providencia y Santa Catalina se
podrá importar toda clase de mercancías...

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