Resolución 63 de 14 de noviembre de 2017 - Suplemento - Estatuto Tributario de Bogotá (Concordado) 2018 - Libros y Revistas - VLEX 730334217

Resolución 63 de 14 de noviembre de 2017

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas504-505

Page 504

Diario Oficial No. 50.418 de 15 de noviembre de 2017

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) aplicable para el año 2018.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN),

en uso de sus facultades legales, en especial de las consagradas en el artículo 868 del Estatuto Tributario, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 868 del Estatuto Tributario establece la Unidad de Valor Tributario (UVT), como la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), la cual se reajustará anualmente en la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios, certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DAÑE), en el periodo comprendido entre el primero (1) de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este.

Que de acuerdo con el radicado número 20171510238341 del 13 de octubre de 2017, se certificó por parte del Director Operativo de la Dirección de Difusión, Mercadeo y Cultura Estadística del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DAÑE), la variación acumulada del índice de precios al consumidor para ingresos medios, entre el 1 de octubre de 2016 y el 1 de octubre de 2017, fue de 4,07%.

Que el inciso tercero del artículo 868 del Estatuto Tributario establece que le corresponde al Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), publicar mediante Resolución antes del 1 de enero de cada año, el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT), aplicable para el año gravable siguiente.

Que se hace necesario establecer el valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT), que regirá para el año gravable 2018.

Que se cumplió con las formalidades previstas en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en el Decreto 1081 de 2015, modificado por el Decreto 270 de 2017, en relación con la publicación del texto de la presente resolución.

En mérito de lo expuesto, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN),

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RESUELVE:

ARTÍCULO 1. VALOR DE LA UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO (UVT)...

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