Resolución de la Agencia Nacional de Tierras, 22-09-2022 - Normativa - VLEX 911630737

Resolución de la Agencia Nacional de Tierras, 22-09-2022

Fecha de publicación30 Septiembre 2022
Fecha22 Septiembre 2022
Número de resolución20223100264436
AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS - ANT
RESOLUCIÓN No. 20223100264436 DEL 2022-09-22
Por la cual se cierra la fase administrativa para los asuntos de formalización privada y
administración de derechos en el marco del Procedimiento Único regulado por el Decreto
Ley 902 del 2017”
EL SUBDIRECTOR DE SEGURIDAD JURÍDICA
En ejercicio de las facultades legales otorgadas por el Decreto 2363 de 7 de diciembre 2015,
2017, la Resolución No. 20211000017646 de 15 de febrero de 2021, la Resolución 3234 de
I. CONSIDERANDO
1. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA
Que el artículo 3 del Decreto 2363 del 2015, estableció que:
"La Agencia Nacional de
Tierras, como máxima autoridad de las tierras, tendrá por objeto ejecutar la política de
ordenamiento social de la propiedad rural formulada por el Ministerio de Agricultura y
Desarrollo Rural, para lo cual deberá gestionar el acceso a la tierra como factor productivo,
lograr la seguridad jurídica sobre esta, promover su uso en cumplimiento de la función social
de la propiedad y administrar y disponer de los predios rurales de propiedad de la nación".
Que el numeral 22 del artículo 4 del Decreto 2363 de 2015, dispuso que es función de la
Agencia Nacional de Tierras:
“Gestionar y financiar de forma progresiva la formalización de
tierras de naturaleza privada a los trabajadores agrarios y pobladores rurales de escasos
recursos en los términos señalados en el artículo 103 de la Ley 1753 de 2015”.
Que el Artículo 35 del Decreto Ley 2363 de 2015 determinó que:
“La Agencia Nacional de
Tierras asumirá, a partir del primero (1o) de enero de 2016, la ejecución del Programa de
Formalización de la Propiedad Rural (Resolución 0452 de 2012, modificada por la 181 de
2013), actualmente a cargo del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, para lo cual se
adelantarán las operaciones presupuestales y contractuales necesarias (…)”
Que, en ejercicio de las facultades presidenciales para la paz, conferidas en el marco del
artículo 2 del Acto Legislativo 01 de 2016, se profirió el Decreto 902 de 2017 por medio del
cual se adoptan medidas para facilitar la implementación de la Reforma Rural Integral
contemplada en el Acuerdo Final en materia de tierras, señalando así, en su artículo 36 el
procedimiento para la formalización de la propiedad privada y seguridad jurídica, que litera:
En desarrollo de las funciones establecidas por el Artículo 103 de la Ley 1753 de 2015, sin
perjuicio de las disposiciones sobre titulación de baldíos y bienes fiscales patrimoniales, la
Agencia Nacional de Tierras declarará mediante acto administrativo motivado, previo
cumplimiento de los requisitos legales, la titulación de la posesión y saneamiento de la falsa
tradición en favor de quienes ejerzan posesión sobre inmuebles rurales de naturaleza
privada, siempre y cuando en el marco del Procedimiento Único de que trata el presente
decreto ley no se presente oposición de quien alegue tener un derecho real sobre el predio
correspondiente, o quien demuestre sumariamente tener derecho de otra naturaleza sobre el
predio reclamado, caso en el cual, la Agencia Nacional de Tierras formulará la solicitud de
formalización ante el juez competente en los términos del presente decreto ley, solicitando
como pretensión principal el reconocimiento del derecho de propiedad a favor de quien de
conformidad con el informe técnico considere pertinente.
Los actos administrativos que declaren la titulación y saneamiento y por ende formalicen la

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