Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-10-04 - Normativa - VLEX 912023606

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2022-10-04

Fecha de publicación04 Octubre 2022
Número de radicado160AN-RES2210-5723
Sistema de Gestión Integral (SGI)
Resolución
Código: F-PGI-31, versión: 03
160AN-RES2210-5723
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
favor consulte nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Página 1 de 7
Carrera 65 n.° 44A - 32. Tel: 604 493 88 88 - Ext. 2100
www.corantioquia.gov.co - Municipio: Medellín , Antioquia
Correo electrónico: aburranorte@corantioquia.gov.co
POR LA CUAL SE DECLARA EL DESISTIMIENTO TÁCITO
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma Regional del
Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades conferidas en la Ley 99
de 1993 y el Acuerdo Corporativo No. 586 del 14 de agosto del 2020, en concordancia
con la Resolución No. 040-RES-2101-427 del 29 de enero de 2021 y el Memorando No.
040-MEM2104-3047 del 30 de abril del 2021,
CONSIDERANDO
Que es función de CORANTIOQUA en su jurisdicción otorgar concesiones, permisos,
autorizaciones y licencias ambientales requeridas por la ley para el uso,
aprovechamiento o movilización de los recursos naturales renovables o para el
desarrollo de actividades que afecten o puedan afectar el medio ambiente.
Que en tal sentido, la Ley 99 de 1993 establece las funciones inherentes a la autoridad
ambiental, disponiendo:
Artículo 31º.- Funciones. Adicionado por el art. 9, Decreto Nacional 141 de
2011. Las Corporaciones Autónomas Regionales ejercerán las siguientes
funciones: El Decreto Nacional 141 de 2011 fue declarado inexequible por
la Corte Constitucional mediante Sentencia C-276 de 2011
(…)
9. Otorgar concesiones, permisos, autorizaciones y licencias ambientales
requeridas por ley para el uso, aprovechamiento o movilización de los
recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que
afecten o puedan afectar el medio ambiental. Otorgar permisos y
concesiones para aprovechamientos forestales, concesiones para el
uso de aguas superficiales y subterráneas y establecer vedas para la
caza y pesca deportiva;
(…)
Que en los términos de la disposición legal, ésta Oficina Territorial dio apertura a
expedientes donde se impulsaron solicitudes de usuarios para la obtención de
concesión de aguas, permiso de vertimientos, permiso de aprovechamiento forestal,
permiso de ocupación de cauce, permiso de emisiones atmosféricas, etc., que dieran
viabilidad para acceder al uso y/o aprovechamiento del recurso natural renovable.
Que dentro de la casuística del expediente referenciado, se evidenciaron diferentes
situaciones de hecho y de derecho, que no permitieron un normal desarrollo del
trámite administrativo aplicable, entre ellos, carencia de impulso del trámite
administrativo por parte del usuario; no atención a requerimientos de información o
de informar su intereses en la continuidad del trámite; imposibilidad de la notificación
del acto expedido; no cumplimiento a la totalidad de los requisitos, entre ellos el pago
de los servicios de evaluación y seguimiento; imposibilidad de la visita técnica por
carencia de información; etc.
Que en ésta situación se encuentra el siguiente expediente, que exige de un
direccionamiento administrativo a efectos de evitar dilaciones, o decisiones
innecesarias o contradictorias, o simplemente prever el hecho de mantener activos

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR