Resolución CREG 004-2011: Por la cual se definen las metas individuales de recolección de cilindros para el periodo enero a junio de 2011, a ejecutar durante la primera etapa de la Fase Final de Retiro de Cilindros Universales establecida en la Resolución CREG 147 de 2010 y se dictan otras disposiciones. - Normativa - VLEX 841337932

Resolución CREG 004-2011: Por la cual se definen las metas individuales de recolección de cilindros para el periodo enero a junio de 2011, a ejecutar durante la primera etapa de la Fase Final de Retiro de Cilindros Universales establecida en la Resolución CREG 147 de 2010 y se dictan otras disposiciones.

Número de resolución004-2011
Año2011
Fecha de publicación14 Abril 2011

Por la cual se definen las metas individuales de recolección de cilindros para el periodo enero a junio de 2011, a ejecutar durante la primera etapa de la Fase Final de Retiro de Cilindros Universales establecida en la Resolución CREG 147 de 2010 y se dictan otras disposiciones.

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 de 1994 y 1151 de 2007, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 74.1 de la Ley 142 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas regular el ejercicio de las actividades de los sectores de energía y gas combustible para asegurar la disponibilidad de una oferta energética eficiente, propiciar la competencia en el sector de minas y energía y proponer la adopción de las medidas necesarias para impedir abusos de posición dominante y buscar la liberación gradual de los mercados hacia la libre competencia.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley 1151 de 2007, dentro del término de dieciocho (18) meses siguientes a su expedición, la CREG debía adoptar los cambios necesarios en la regulación para que la remuneración asociada a la reposición y el mantenimiento de los cilindros de GLP y de los tanques estacionarios utilizados para el servicio público domiciliario sea incorporado en la tarifa, introduciendo además un esquema de responsabilidad de marca en cilindros de propiedad de los distribuidores haciendo posible identificar el prestador del servicio público de GLP que debe responder por la calidad y seguridad del combustible distribuido.

Con fundamento en lo señalado en el artículo 62 de la Ley 1151 de 2007, la CREG expidió la Resolución 045 de 2008 “Por la cual se establece la regulación aplicable al período de transición de un esquema de parque universal a un esquema de parque marcado de cilindros de propiedad de los distribuidores”.

De acuerdo con lo establecido en la Resolución CREG 045 de 2008, la CREG debía fijar las metas individuales de recolección y destrucción del parque universal de cilindros para que fuera reemplazado por un parque marcado propiedad de los distribuidores cuyo cumplimiento debe ser verificado semestralmente por la SSPD, el cual se constituye además en el Programa de Recolección del Parque Universal (REPU) del cual trata la misma Resolución.

Con fundamento en el Plan de Inversiones reportado por los Distribuidores, en cumplimiento de la Resolución CREG 045 de 2008, la CREG expidió la Resolución CREG 101 de 2008 mediante la cual “se establecen las metas individuales de recolección de cilindros universales del Programa REPU para su reemplazo por un parque universal de cilindros marcados de propiedad de los distribuidores”, a ejecutar hasta el 31 de diciembre de 2010, la cual fue modificada mediante Resolución CREG 078 de 2009.

Mediante Resolución CREG 147 de 2010, basada en la baja ejecución de las metas establecidas mediante Resolución CREG 078 de 2009, la CREG estableció la regulación aplicable a una Fase Final de Retiro de Cilindros Universales y de Introducción de un Parque Marcado de Cilindros de propiedad de los distribuidores, la cual se ejecutará en dos etapas: una de enero a junio de 2011 y otra de julio a diciembre de 2011.

El artículo 6 de la Resolución CREG 147 de 2010 estableció que los distribuidores interesados en participar en la Primera Etapa de la Fase Final de Retiro de Cilindros Universales debían manifestarlo por escrito a la CREG antes del 20 de diciembre de 2010, en alguna de las formas establecidas en los literales a y b del mencionado artículo.

El literal c del artículo 6 de la Resolución CREG 147 de 2010 estableció que los distribuidores que no manifestaron su interés en participar en alguna de las formas indicadas en los literales a y b del mismo artículo, perderían las metas no ejecutadas a diciembre 31 de 2010 y por tanto no podrán participar en la Fase Final del Retiro de Cilindros Universales.

El mismo literal c del mencionado artículo estableció que las metas perdidas no serán exigibles y serán objeto de la reasignación de la cual trata el artículo 8 de la resolución CREG 147 de 2010.

Las siguientes empresas, mediante comunicación a la CREG con el radicado que se indica, manifestaron oportunamente su interés de participar en la primera etapa de la fase final de retiro de cilindros en alguna de las formas indicadas en el artículo 6 de la Resolución CREG 147 de 2010.

Radicado

Empresa

E-2010-011802

ANTIOQUEÑA DE GAS S.A E.S.P.

E-2010-011804

CARTAGAS S.A. E.S.P.

E-2010-011808

CHILCO DISTRIBUIDORA DE GAS Y ENERGIA S.A.S. E.S.P.

E-2010-011811

CITYGAS COLOMBIA S.A. E.S.P.

E-2010-011752

COLGAS DE OCCIDENTE S.A E.S.P.

E-2010-011751

COMPAÑÍAS ASOCIADAS DE GAS S.A. E.S.P.

E-2010-011913

DISTRIBUIDORA CENTRAL DE GAS S.A. E.S.P.

E-2010-011671

DISTRIBUIDORA CORONA INTERGAS S.A. E.S.P.

E-2010-011948/E-2010-011367

ELECTROGAS S.A. E.S.P.

E-2010-011967

ENVASADORA DE GAS DE PUERTO SALGAR S.A. E.S.P.

E-2010-011676/E-2010-011838

GAS CAQUETÁ S.A. E.S.P.

E-2010-011753

GAS DE SANTANDER S.A. E.S.P.

E-2010-011520

GAS DEL PAEZ S.A. E.S.P.

E-2010-011928/ E-2010-011936

GAS EL PUENTE S.A. E.S.P.

E-2010-011662

GAS EL SOL S.A. E.S.P.

E-2010-011944/ E-2010-011929

GAS GOMBEL S.A. E.S.P

E-2010-011677/ E-2010-011849/ E-2010-011831/ E-2010-011873

GAS NEIVA S.A. E.S.P.

E-2010-011803

GAS ROSARIO S.A. E.S.P.

E-2010-011919/ E-2010-012049

GAS SUMAPAZ S.A. E.S.P

E-2010-011955/ E-2010-011922

GAS ZIPA S.A. E.S.P.

E-2010-011827/ E-2010-011930

GAS Y SERVICIOS S.A. E.S.P.

E-2010-011754

GASES DE ANTIOQUIA S.A. E.S.P.

E-2010-011890

GASES DE GIRARDOT S.A. E.S.P.

E-2010-011776

GASES DEL CAGUAN S.A. E.S.P.

E-2010-011964/ E-2010-012041

GASES DEL CAUCA S.A. E.S.P.

E-2010-011947

GASES POPAYÁN S.A. E.S.P.

E-2010-011951

GRANADOS GOMEZ Y CIA S.A. E.S.P.

E-2010-011916

INDUSTRIAS PROVEEDORAS DE GAS S.A. E.S.P.

E-2010-011789/ E-2010-011883

INVERSIONES GLP SAS E.S.P.

E-2010-011187

LA LLAMA OLIMPICA S.A. E.S.P.

E-2010-011519

LIDAGAS S.A. E.S.P.

E-2010-011945/ E-2010-012000/E-2011-001438

MONTAGAS S.A. E.S.P.

E-2010-011750

NORTESANTANDEREANA DE GAS S.A. E.S.P.

E-2010-011824

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