Resolución CREG 147-2011: Por la cual se modifica el artículo 6 de la Resolución CREG 022 de 2001 - Normativa - VLEX 841335865

Resolución CREG 147-2011: Por la cual se modifica el artículo 6 de la Resolución CREG 022 de 2001

Año2011
Número de resolución147-2011
Fecha de publicación15 Noviembre 2011

Ministerio de Minas y Energía

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

RESOLUCIÓN No. DE 2011

( )

Por la cual se modifica el artículo 6 de la Resolución CREG 022 de 2001

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los decretos 1524 y 2253 de 1994, y

CONSIDERANDO QUE:

Mediante la Resolución CREG 022 de 2001, modificada por las resoluciones CREG 085 de 2002 y CREG 120 de 2003, la CREG reguló los principios generales y los procedimientos para definir el Plan de Expansión de Referencia, y estableció la metodología para determinar el Ingreso Regulado por concepto del uso de este Sistema.

El artículo 1 de la metodología para el establecimiento de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y Distribución Local, aprobada mediante la Resolución CREG 097 de 2008, en la definición de “Activos de conexión del OR al STN” determina que “en las subestaciones del STN con configuración de anillo o interruptor y medio no se remunerarán, a través de cargos por uso de la actividad de distribución, las bahías con tensión igual o mayor a 220 kV”.

El artículo 3 de la metodología para la remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica en el Sistema de Transmisión Nacional, establecida mediante la Resolución CREG 011 de 2009, en la definición de “Activos de Uso del STN”, establece que “las Bahías de Transformador con tensión mayor o igual a 220 kV, que utiliza un OR para conectarse al STN en las subestaciones con configuración de anillo o de interruptor y medio, se remunerarán a través de cargos por uso de la actividad de transmisión, una vez empiecen a aplicarse a dicho OR los costos y cargos aprobados con la metodología de la Resolución CREG 097 de 2008.

Teniendo en cuenta que las Bahías de Transformador con configuración de anillo o de interruptor y medio y tensión mayor o igual a 220 kV son remuneradas mediante cargos de transmisión, esta Comisión, en concordancia con la regulación expedida, considera necesario que la ejecución de estas bahías sea realizada como una ampliación de las instalaciones del STN, tal como lo establece el artículo 6 de la Resolución CREG 022 de 2001, modificado por las resoluciones CREG 085 de 2002 y CREG 120 de 2003.

Así mismo, es de conocimiento de la Comisión de Regulación de Energía y Gas que los Centros de Supervisión y Maniobra son utilizados en el desarrollo de las actividades propias de la prestación del servicio por cada transmisor, por tanto no se considera necesario que las unidades constructivas que los componen deban ser recomendadas en el Plan de Expansión de Referencia...

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