Resolución ejecutiva número 206 de 2021, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 30 de Septiembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 876658325

Resolución ejecutiva número 206 de 2021, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51813

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 557/2020 del 3 de diciembre de 2020, el Gobierno de España, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención preventiva

    1 Artículo 2º del Decreto 2817 de 1974, "Los Notarios Públicos y el Registrador de Instrumentos Públicos del Círculo de Bogotá tomarán posesión de sus cargos ante el Ministro de Justicia".

    con fines de extradición del ciudadano colombiano James Arias Vallejo, requerido para el cumplimiento de la condena impuesta por la Sección 2a de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, mediante Sentencia número 173 del 27 de febrero de 2009, por delitos de abusos sexuales, de conformidad con el auto del 22 de septiembre de 2010, que acordó decretar la busca, captura e ingreso en prisión elevada a nivel internacional.

  2. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 9 de diciembre de 2020, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano James Arias Vallejo, identificado con la Cédula de Ciudadanía número 18598367, quien había sido retenido el 1º de diciembre de 2020, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional, con fundamento en una Notificación Roja de Interpol.

  3. Que mediante Nota Verbal número 573/2020 del 17 de diciembre de 2020, la Embajada de España en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano colombiano James Arias Vallejo.

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano James Arias Vallejo, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio S-DIAJl-20-026632 del 18 de diciembre de

    2020, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y el Reino de España.

    Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso...

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