Resolución ejecutiva número 219 de 2021, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 4 de Octubre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 876712769

Resolución ejecutiva número 219 de 2021, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín51817

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0787 del 1º de julio de 2020, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Jhon Jairo Silva Hernández, requerido para comparecer a juicio por delitos de tráfico de narcóticos.

  2. Que, en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación, mediante Resolución del 3 de julio de 2020, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano colombiano Jhon Jairo Silva Hernández, identificado con la cédula de ciudadanía número 14.699.339, la cual se hizo efectiva el 28 de julio de 2020, por miembros de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía Nacional.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1387 del 23 de septiembre de 2020, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Jhon Jairo Silva Hernández.,

    En dicha Nota se informa que este ciudadano es el sujeto de la acusación número 1920635- CR-WiLLIAMS/TORRES, presentada el 26 de septiembre de 2019 y dictada el 27 de septiembre de 2019, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, según se describe a continuación:

    "ACUSACIÓN FORMAL

    El Gran Jurado expide la siguiente acusación:

    CARGO 1

    1 Artículo 2º del Decreto 2817 de 1974, "Los Notarios Públicos y el Registrador de Instrumentos Públicos del Círculo de Bogotá tomarán posesión de sus cargos ante el Ministro de Justicia".

    El 30 de octubre de 2018, o alrededor de esa fecha, en el país de Colombia y en otros lugares, el acusado,

    Jhon Jairo Silva Hernández

    con conocimiento e intencionalmente distribuyó una sustancia controlada de categoría II a sabiendas que dicha sustancia controlada sería importada ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de la sección 959(a) del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    De conformidad con la sección 960(b)(1)(A) del Título 21 del Código de los Estados Unidos, también se alega que esta violación implicó un (1) kilogramo o más de una mezcla o sustancia que contenía una cantidad detectable de heroína, una sustancia controlada de Categoría I.

    CARGO 2

    El 10 de enero de 2019, o alrededor de esa fecha, en el país de Colombia y en otros lugares, el acusado

    Jhon Jairo Silva Hernández

    con conocimiento e intencionalmente distribuyó una sustancia controlada de Categoría II sabiendo que dicha sustancia controlada sería importada ilegalmente a los Estados Unidos, en contravención de la sección 959(a) del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

    De conformidad con la sección 960(b)(1)(A) del Título 21 del Código de los Estados Unidos, también se alega que esta violación implicó un (1) kilogramo o más de una mezcla o sustancia que contenía una cantidad detectable de heroína, una sustancia controlada de CategoríaI..."

    Adicionalmente, el país requirente, en la Nota Verbal número 1387 del 23 de septiembre de 2020, señaló:

    "El 26 de septiembre de 2019, con base en los cargos descritos en la acusación, la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida emitió un auto de detención para la captura de Jhon Jairo Silva Hernández. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable".

    (... ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997..."

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Jhon Jairo Silva Hernández, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales, mediante oficio S-DIAJl-20-019849 del 23 de septiembre de 2020, conceptuó:

    "Conforme a lo establecido en nuestra legislación procesal penal interna, se informa que es del caso proceder con sujeción a las convenciones de las cuales son parte la República de Colombia y los Estados Unidos de América.

    Una vez revisado el archivo de tratados de este Ministerio, es del caso destacar que se encuentran vigentes para las Partes, las...

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