RESOLUCION LOCAL 1321 RD 5261 - 17 de Diciembre de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 489195506

RESOLUCION LOCAL 1321 RD 5261

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5261 17 DICIEMBRE 2013
EmisorAlcaldia Local de Barrios Unidos
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5261 • pP. 1-27 • 2013 • DICIEMBRE 17
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5261 • pP. 1-26 • 2013 • DICIEMBRE 17
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ALCALDÍA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS
Resolución Local Número 1321
(Diciembre 11 de 2013)
Por la cual se actualiza las zonas especiales, por
seguridad en la Localidad de Barrios unidos y se
derogan las Resoluciones 046 del 4 de febrero de
2005, 201 del 16 de junio de 2006, 312 del 28 de
julio de 2009 y se derogan todas las que le sean
contrarias.
EL ALCALDE LOCAL DE BARRIOS UNIDOS
en ejercicio de sus facultades legales, en espe-
cial las conferidas en el numeral 7° del artículo
86 del Decreto – Ley 1421 de 1993, el artículo 13°
CONSIDERANDO:
Que en reunión efectuada el día primero (1) de
Octubre a la cual asistieron El señor Alcalde Lo-
cal, El Señor Comandante de Policía Local como
consta en la respectiva acta, se concluyó que por el
crecimiento de la ciudad, el cual la hace cada día
más dinámica y cambiante, es necesario actualizar
y ajustar las Zonas Especiales por Seguridad en el
territorio local, derogando los actos administrativos
anteriores y trayendo a la actualidad, la realidad
local expidiendo uno nuevo acto administrativo,
que se ajuste al desarrollo humano, urbanístico,
vial, comercial, protegiendo el derecho a la vida,
el derecho al uso y disfrute de los servicios e in-
fraestructura que ofrece la ciudad, de una manera
pacífica, segura y que esté acorde con la función
social que debe prestar el espacio público.
Que el numeral 7 del artículo 86 del Decreto 1421 de
1993 señala como atribuciones del Alcalde Local la de
“Dictar los actos y ejecutar las operaciones necesarias
para la protección, recuperación y conservación del
espacio público, el patrimonio cultural, arquitectónico
e histórico, los monumentos de la Localidad, los re-
cursos naturales y el ambiente, con sujeción a la ley,
a las normas Nacionales aplicables y a los Acuerdos
Distritales y Locales”.
Que el artículo 13 del Decreto Distrital 098 de 2004,
en materia de zonas especiales previene que “Corres-
ponderá a los Alcaldes Locales, en coordinación con la
Policía Metropolitana de Bogotá, determinar las zonas
de su jurisdicción que por cuestiones de seguridad, no
pueden ser ocupadas temporal o permanentemente
por vendedores informales. Así mismo los Alcaldes
Locales, en coordinación con el Fondo de Ventas Po-
pulares (IPES), determinarán aquellas que deben ser
reservadas para desarrollar actividades comerciales,
culturales o de recreación, las cuales no pueden ser
ocupadas temporal o permanentemente por vendedo-
res informales”.
Que por motivos de seguridad y por razones prevalen-
tes de interés público y general en la ciudad, se hace
necesaria la protección de las estaciones y acceso
del Sistema de Transporte Masivo Transmilenio, que
se ubiquen en esta Localidad, las entradas, salidas,
las salidas de emergencia, entrada de urgencias de
clínicas, hospitales parques, escenarios deportivos,
colegios, universidades, grandes supercies e institu-
ciones gubernamentales y se determinen como zonas
especiales.
Que se hace necesario ampliar la inuencia de la
Zona Especial por Seguridad de la Reclusión de
Mujeres del Buen Pastor, La Conferencia Episcopal
de Colombia y la Escuela Militar de Cadetes General
José María Córdoba ya que las viviendas aledañas
componen un triángulo sin ninguna conectividad con
otros barrios, es decir, que allí solo entran las per-
sonas que viven en Entre Ríos unidades 4, 8, 9, 10,
11 y Asocasas, las cuales lindan con el muro del rio
Salitre y el Rio Negro, sitio que cuenta con la segu-
ridad privada de las casas y que se hace necesario
reforzar, para evitar el ingreso de supuestos habitan-
tes de calle, vendedores, personas ajenas al sector
las cuales podrían ser utilizados por grupos al margen
de la Ley, para desarrollar acciones terroristas, como
lo certica el estudio de seguridad realizado por la
escuela Militar de Cadetes Ocial B-7, de fecha abril
17 de 2012, el cual se ha tenido en cuenta para la
toma de la presente decisión que busca protección
de la vida honra y bienes de la comunidad y reforzar
la seguridad de tres Instituciones que tienen asiento
en el sector.
Que en cumplimiento al mencionado artículo 13 del De-
creto Distrital 098 de 2004 y para la determinación de
la zona antes mencionada se estimaron como razones
de seguridad, las comunicaciones Nos. 2013EE3849
suscrita por el doctor Fernando Sanclemente Alzate
– Gerente General de Transmilenio S.A., dirigido al
señor Alcalde Local y radicado en este Despacho
bajo el No. 20131220022342 de fecha 10 de abril
de 2013 y 20131220057542 de fecha 8 de agosto
de 2013 elevada por el señor Teniente Coronel José
Luis Palomino López en su calidad de Comandante
Servicio de Transporte masivo Transmilenio y No.
RESOLUCIÓN LOCAL DE 2013

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