Resolución Misional Nº 0078 de Secretaria Distrital de Planeación, 22-01-2021 - Normativa - VLEX 861665047

Resolución Misional Nº 0078 de Secretaria Distrital de Planeación, 22-01-2021

Fecha22 Enero 2021
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 38
Anexos: No
No. Radicación: 3-2021-01099 No. Radicado Inicial:
XXXXXXXXXX
No. Proceso: 1675532 Fecha: 2021-01-22 09:14
Tercero: ESTRUCTURAS INTEGRALES DE COLOMBIA SAS.
Dep. Radicadora: Subsecretaria de Gestión Corporativa
Clase Doc: Interno Tipo Doc: Acto administrativo Consec:
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique
su respuesta en la página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Cra. 30 Nº 25 -90
pisos 5, 8,13 / SuperCade piso 2
Archivo Central de la SDP
Cra 21 Nª69B-80 ext. 9014-9018
PBX: 335 8000
www.sdp.gov.co
Código Postal: 1113111
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente.
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999.
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RESOLUCIÓN No. 0078 DE 2021
( Enero 22 de 2021 )
“Por medio de la cual se decide el recurso de reposición, interpuesto contra el
concepto de factibilidad para la instalación de una estación radioeléctrica
en bien de propiedad privada, a ubicarse en la CARRERA 7A N° 148 - 19, en la
localidad de USAQUEN de la ciudad de Bogotá, D.C. expedido bajo el radicado No
2-2019-53308 del 5 de noviembre de 2020”
EL DIRECTOR DE VÍAS, TRANSPORTE Y SERVICIOS PÚBLICOS
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 12 literal h del
Decreto Distrital 016 de 2013, el artículo 13 literal h de la Resolución 655 de 2015, la
Resolución 062 de 2016 y las Resoluciones 1959 del 21 de noviembre de 2017, 1143 del 20
de junio de 2019 y Resolución 2468 de 18 de noviembre 2019 y los artículos 74 y siguientes
del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, lo dispuesto
en los Decretos Distritales 397, 472 de 2017 y 805 de 2019 y,
CONSIDERANDO
Que mediante el Decreto Distrital 397 del 2 de agosto de 2017, “Por el cual se establecen
los procedimientos, las normas urbanísticas, arquitectónicas y técnicas para la localización
e instalación de Estaciones Radioeléctricas utilizadas en la prestación de los servicios
públicos de TIC en Bogotá D.C., y se dictan otras disposiciones”, se estableció en su Artículo
5, lo siguiente: PERMISOS PARA LA LOCALIZACIÓN E INSTALACIÓN DE LAS
ESTACIONES RADIOELECTRICAS. Las Estaciones Radioeléctricas que se localicen e
instalen en Bogotá, D.C., requerirán de un permiso de instalación expedido por la Secretaría
Distrital de Planeación, con excepción de los casos expresamente señalados en el artículo
34 del presente Decreto”. De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto en mención, la
SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACIÓN es la única competente, para expedir los
PERMISOS PARA LA LOCALIZACIÓN E INSTALACIÓN DE LAS ESTACIONES
RADIOELÉCTRICAS, a través de la Subsecretaría de Planeación Territorial.
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Anexos: No
No. Radicación: 3-2021-01099 No. Radicado Inicial:
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Que, con ocasión de la expedición de la Resolución 1959 del 21 de noviembre de 2017, “Por
la cual se delegan unas funciones a la Subsecretaría de Planeación Territorial de la
Secretaría Distrital de Planeación”, fue delegada en la Subsecretaría de Planeación
Territorial de la SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN la facultad de expedir los actos
administrativos relacionados con la aprobación, negación, modificación, desistimiento,
prórroga y estudio del recurso de reposición de las solicitudes de permisos de instalación de
las estaciones radioeléctricas a ser utilizadas en la prestación de los servicios públicos de
TIC en Bogotá, D.C., en los términos del Decreto Distrital 397 de 2017 o la norma que lo
modifique, complemente o sustituya.
Que, de acuerdo con la Resolución 1143 del 20 de junio de 2019, Por medio de la cual se
delegan unas funciones al Director de Vías, Transporte y Servicios Públicos de la Secretaría
Distrital de Planeación”, se delega en el Director de Vías, Transporte y Servicios Públicos de
la SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN “la facultad de expedir con aprobación o
negación, según corresponda, el concepto de factibilidad en la etapa de factibilidad, de la
viabilidad de los trámites para localización e instalación de estaciones radioeléctricas, una
vez se realice la respectiva revisión técnica, urbanística o jurídica”, acorde con los requisitos
establecidos por el Decreto Distrital 397 de 2017.
Que así mismo, mediante la Resolución 2468 de 18 de noviembre 2019, se adicionó la
Resolución No. 1143 del 20 de junio de 2019 "Por medio de la cual se delegan unas
funciones al Director de Vías, Transporte y Servicios Públicos de la Secretaria Distrital de
Planeación" y delegó en el Director de Vías, Transporte y Servicios Públicos, la facultad de
resolver los recursos de reposición que se interpongan en contra de los Actos Administrativos
que aprueban o niegan la viabilidad del Concepto de Factibilidad de los tramites de
localización e instalación de estaciones radioeléctricas, que no acrediten los requisitos
exigidos en la normatividad.
Que la sociedad ESTRUCTURAS INTEGRALES DE COLOMBIA S.A.S., identificada con
NIT 900547948-1, por medio de su representante legal, YENNY MARGARETH MENDIETA
CRUZ, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 52.517.166, expedida en Bogotá D.C.,
mediante formulario M-FO-014, “Solicitud de Factibilidad para la Ubicación de los Elementos
que Conforman una Estación Radioeléctrica”, con radicado 1-2019-78683 del 26 de
noviembre de 2019, presentó solicitud de factibilidad para la ubicación de los elementos que
conforman la estación radioeléctrica denominada SONORA, a localizarse en la CARRERA
7A No 148 - 19 de la localidad de USAQUEN, en la ciudad de Bogotá, D.C., con trámite para
espacio considerado BIEN PRIVADO según la solicitud adelantada.
Que, para el cumplimiento de los requisitos establecidos por el numeral 17.3.5. del artículo
17 del Decreto Distrital 397 de 2017, orientados a garantizar los derechos de participación
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Anexos: No
No. Radicación: 3-2021-01099 No. Radicado Inicial:
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de terceros, la sociedad ESTRUCTURAS INTEGRALES DE COLOMBIA S.A.S. envió los
respectivos comunicados a vecinos colindantes, esto teniendo en cuenta la definición dada
por el inciso 2° del artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015, “Por medio del cual se
como vecinos a “los propietarios, poseedores, tenedores o residentes de predios
colindantes”, siendo relativo este último término, en urbanismo, a aquellos predios que son
contiguos o limitan con los linderos del punto al que se hace referencia.
La certificación del respectivo envío se encuentra identificada de la siguiente manera:
CORREO CERTIFICADO VECINOS:
RADICACIÓN ANTE LA SDP:
COMUNICACIÒN
A VECINOS
COLINDANTES
DIRECCIÓN
FECHA ENVÍO
(DÍA/MES/AÑO)
#
CERTIFICACIÓ
N
NÚMERO
FECHA
(DÍA/MES/AÑ
O)
N° DE
FOLIOS
NORTE
CARRERA 7A N° 148 – 29
28-12-20
700031367614
1-2020-01964
1-2020-48753
15-01-2020
02
SUR
CARRERA 7A N° 148 – 09
09-01-20
700031468199
1-2020-01964
1-2020-48753
15-01-2020
02
ORIENTE
CARRERA 7A (VIA
VEHICULAR)
N/A
N/A
N/A
N/A
N/A
OCCIDENTE
CARRERA 7B N° 148 – 30
CARRERA 7B N° 148 – 20
CARRERA 7B N° 148 – 10
28-12-19
700031367940
700031367805
700031367686
1-2020-
01964
1-2020-
48753
15-01-2020
02
Que, la sociedad ESTRUCTURAS INTEGRALES DE COLOMBIA S.A.S., efectuó la
publicación en la página 30 del periódico el Espectador, fechado el día 06 de enero del 2020,
en cumplimiento de lo establecido en el numeral 17.3.5. del artículo 17 del Decreto Distrital
397 de 2017.
Que, dando cumplimiento con lo establecido en el numeral 17.3.5. del artículo 17 del Decreto
Distrital 397 de 2017, y en procura de garantizar el derecho de participación ciudadana una
vez realizado el respectivo proceso para comunicar a la ciudadanía y garantizar su derecho
de participación según el procedimiento señalado.
Que, la Dirección de Vías, Transporte y Servicios Públicos emitió concepto favorable de
factibilidad, mediante formato M-F0-154 “FACTIBILIDAD PARA LA INSTALACION DE UNA
ESTACION RADIOELECTRICA EN BIEN DE PROPIEDAD PR1VADA Y/0 BIEN PRIVADO
AFECTO AL USO PÚBLICO”, con radicado número 2-2020-53308 del 5 de noviembre de
2020, para la localización de los elementos que conforman la Estación Radioeléctrica
denominada SONORA, a localizarse en la CARRERA 7A No 148 - 19 de la localidad de
USAQUEN, en la ciudad de Bogotá, D.C., con trámite para espacio considerado BIEN
PRIVADO, dentro del cual fue aprobada la propuesta de mimetización y camuflaje contenida
en los planos PLANO 1/2 “DETALLES DE MIMETIZACION DE ANTENAS” y 2/2 DETALLES DE

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