Resolución N° 0016 de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, 02-01-2023 - Normativa - VLEX 920856143

Resolución N° 0016 de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, 02-01-2023

Fecha02 Enero 2023
Número de resolución0016
RESOLUCIÓN N° 0016
(2 DE ENERO DE 2023)
Por la cual se adopta el Plan de Estímulos e Incentivos para los empleados y Equipos de Trabajo de la
Corporación Autónoma Regional de La Guajira - CORPOGUAJIRA, para el periodo 1 de Febrero de 2023 al 31 de
Enero de 2024
El Director General de la Corporación Autónoma Regional de la Guajira, CORPOGUAJIRA, en uso de sus
facultades legales, estatutarias y en especial las que le fueron conferidas en el numeral 8° del artículo 29 de
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Ley N° 1567 del año 1998, se estableció el sistema de estímulos, el cual
está conformado por el conjunto interrelacionado y coherente de políticas, planes, entidades,
disposiciones legales y programas de bienestar e incentivos que interactúan con el propósito de elevar
los niveles de eficiencia, satisfacción, desarrollo y bienestar de los empleados del Estado en el
desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales.
Que el precitado sistema tiene como finalidades las siguientes:
“Garantizar que la gestión institucional y los procesos de administración del talento humano se
manejen integralmente en función del bienestar social y del desempeño eficiente y eficaz de los
empleados.
Proporcionar orientaciones y herramientas de gestión a las entidades públicas para que construyan
una vida laboral que ayude al desempeño productivo y al desarrollo humano de los empleados.
Estructurar un programa flexible de incentivos para recompensar el desempeño efectivo de los
empleados y de los grupos de trabajo de las entidades.
Facilitar la cooperación interinstitucional de las entidades públicas para la asignación de incentivos al
desempeño excelente de los empleados.
El Sistema de Estímulos está compuesto por los planes, entendidos como la organización de las
acciones y de los recursos para el desarrollo institucional de las entidades y para el manejo y
promoción del talento humano en función de un desempeño efectivo, estarán consignadas en sus
respectivas programaciones y en estas se incluirá, en forma articulada, los planes, programas y
proyectos de capacitación, bienestar e incentivos con el propósito de garantizar su efectivo
cumplimiento.”
Que en igual sentido el sistema, se expresará en programas de bienestar social e incentivos, los
cuales serán diseñados por cada entidad armonizando las políticas generales y las necesidades
particulares e institucionales, acordes con las políticas de administración pública, desarrollo de talento
humano y de bienestar social que formule el Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que los planes de incentivos para los empleados se orientarán a reconocer los desempeños
individuales del mejor empleado de la carrera administrativa y de cada uno de los niveles jerárquicos
que la conforman.
Que acorde con lo establecido en el artículo 30 del Decreto Nacional 1567 de 1998, para reconocerse
el desempeño a niveles de excelencia podrán organizarse planes de incentivos pecuniarios y no

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