RESOLUCIÓN N° 00447 de la Gaceta Ambiental ANLA, 05-03-2021 - Normativa - VLEX 873834582

RESOLUCIÓN N° 00447 de la Gaceta Ambiental ANLA, 05-03-2021

Número de expedienteLAV0018-00-2020
Número de resolución00447
Fecha05 Marzo 2021
Fecha de publicación10 Marzo 2021
|
República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA –
RESOLUCIÓN N° 00447
( 05 de marzo de 2021 )
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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“Por la cual se resuelve un recurso de reposición interpuesto contra la Resolución 282 del 08
de febrero de 2021”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES –
ANLA
En uso de las competencias establecidas en la Ley 99 de 1993 y las funciones asignadas en el
Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, Decreto-ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, Decreto 376
del 11 de marzo de 2020, Resolución 1690 del 06 de septiembre de 2018 del Ministerio de Ambiente
y Desarrollo Sostenible, Resolución 1743 del 26 de octubre de 2020 de la ANLA y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 2069 del 21 de diciembre de 2020, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales – ANLA, otorgó Licencia Ambiental a la sociedad Termoeléctrica El Tesorito S.A.S.
E.S.P., para la ejecución del proyecto Central de Generación Térmica El Tesorito - San Antonio
localizado en el Corregimiento San Antonio del municipio de Sahagún departamento de Córdoba.
Que el trámite de notificación de la Resolución 2069 del 21 de diciembre de 2020 se surtió de manera
electrónica a la sociedad Termoeléctrica El Tesorito S.A.S. E.S.P., el 21 de diciembre de 2020 y fue
publicado en la gaceta ambiental de la ANLA el 10 de enero de 2021.
Que la citada Resolución adicionalmente, requirió a la sociedad Termoeléctrica El Tesorito S.A.S.
E.S.P., para que previo al inicio de las actividades presente la localización redistribución de la
infraestructura autorizada en el polígono de intervención de acuerdo con la definición del área de
exclusión establecida en el componente hidrológico de la ronda hídrica del arroyo San Juan, entre
otras obligaciones con igual término de cumplimiento.
Que mediante comunicación con radicado 2021003156-1-000 del 12 de enero de 2021, la Sociedad
Termoeléctrica El Tesorito S.A.S. E.S.P. remite respuesta a la Resolución 02069 del 21 de diciembre
de 2020, para ser cumplidos antes del inicio de la etapa constructiva.
Que mediante comunicación con radicado 2021004948-1-000 del 15 de enero de 2021, la Sociedad
Termoeléctrica Tesorito S.A.S. E.S.P. informa a esta Autoridad Nacional que iniciará las actividades
de construcción dentro de un plazo de (15) quince días siguientes a la fecha de envío de esta misma
comunicación a la ANLA.
Que mediante Resolución 282 del 08 de febrero de 2021, esta Autoridad Nacional modificó la
Resolución 2069 del 21 de diciembre de 2020, en el sentido de ajustar las coordenadas del área de
intervención, así como las áreas donde se desarrollarán las obras e infraestructura que hacen parte
Resolución No. 00447 Del 05 de marzo de 2021 Hoja No. 2 de 27
“Por la cual se cual se resuelve un recurso de reposición interpuesto contra la Resolución 282 del 08 de febrero de 2021”
Oficinas: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35 Pisos 8 al 11 Bogotá, D.C.
Centro de Orientación y Radicación de Correspondencia: Carrera 13 A No. 34 – 72 Edificio 13 35
Locales 110 al 112 Bogotá, D.C.
Código Postal 110311156
Nit.: 900.467.239-2
Línea de Orientación y Contacto Ciudadano: 57 (1) 2540100 / 018000112998 PBX: 57 (1) 2540111
www.anla.gov.co Email: licencias@anla.gov.co
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del proyecto, de acuerdo con la propuesta de localización y redistribución de las mismas en el polígono
de intervención establecido en la Licencia Ambiental, la cual fue presentada por la sociedad
Termoeléctrica Tesorito S.A.S. E.S.P. en virtud de las obligaciones contenidas en el Artículo Sexto,
Décimo Tercero y Décimo Quinto de la Resolución 2069 del 21 de diciembre de 2020.
Que el trámite de notificación de la Resolución 282 del 08 de febrero de 2021 se surtió de manera
electrónica el 08 de febrero de 2021 a la sociedad Termoeléctrica El Tesorito S.A.S. E.S.P.
Que mediante comunicación con radicado ANLA 2021024935-1-000 del 15 de febrero de 2021 la
sociedad Termoeléctrica El Tesorito S.A.S. E.S.P., presentó Recurso de Reposición en contra de la
Resolución 282 del 08 de febrero de 2021.
COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES – ANLA
Mediante el Decreto-Ley 3570 del 27 de septiembre de 2011, el Gobierno Nacional, en uso de las
facultades extraordinarias conferidas mediante la Ley 1444 de 2011, creó el Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible y de conformidad con lo preceptuado en su artículo 38, todas las referencias
que hagan las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia ambiental al Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial deben entenderse referidas al Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible, si se relacionan con las funciones asignadas en dicho Decreto al Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Por medio del Decreto-Ley 3573 del 27 de septiembre de 2011, el Gobierno Nacional, en uso de las
facultades extraordinarias conferidas mediante la Ley 1444 de 2011, creó la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales – ANLA., como entidad encargada de que los proyectos, obras o actividades
sujetos a licenciamiento, permiso o trámite ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal
manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental del País.
De otro lado, mediante Resolución 1690 del 06 de septiembre de 2018, el Ministro de Ambiente y
Desarrollo Sostenible, designó en el empleo de Director General de Unidad Administrativa Código 015,
de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales –ANLA, al ingeniero Rodrigo Suárez Castaño.
Posteriormente, a través del Decreto 376 de 2020, el Gobierno Nacional, modificó la estructura de la
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA, con el fin de fortalecer los mecanismos de
participación ciudadana ambiental, los procesos de evaluación y seguimiento de licencias ambientales,
los de gestión de tecnologías de la información, disciplinarios y de gestión de la Entidad.
En ese sentido, mediante Resolución 1743 del 26 de octubre de 2020 “Por la cual se adopta el Manual
Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de
la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA”, le fueron deferidas al Director General las
demás funciones que le asigne la ley o que sean necesarias para el normal funcionamiento de la
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA. Por tal motivo, es el funcionario competente
para suscribir el presente acto administrativo.
NATURALEZA Y PROCEDENCIA DEL RECURSO
Al respecto, es preciso señalar que los recursos son instrumentos dirigidos a controvertir las decisiones
que adopta la administración pública sobre determinados aspectos jurídicos que cambian el mundo
exterior; creando, modificando o extinguiendo situaciones jurídicas determinadas.

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