Acuerdo Nº 007 del órgano de gobierno de la JEP, 05-04-2022
Número de resolución | 007 |
Número de acuerdo | 007 |
Fecha | 12-05-2023 |
Emisor | Órgano de gobierno (Jurisdicción especial para la paz de Colombia) |
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ÓR GA NO DE GO BIE RN O
ACUERDO AOG No. 007 de 2022
(29 de marzo)
“Por el cual se aprueba el anteproyecto de presupuesto de la JEP para la
vigencia fiscal 2023”
EL ÓRGANO DE GOBIERNO DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ-
JEP
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acto
Legislativo 01 de 2017, y el numeral 5 del artículo 110 de la Ley 1957 de 2019
CONSIDERANDO
Que el artículo 5° transitorio del Acto Legislativo 01 del 2017, que creó la Jurisdicción
Especial para la Paz -JEP- con autonomía administrativa, presupuestal y técnica, señaló
que la JEP estará sujeta a un régimen legal propio y se encargará de administrar justicia
de manera transitoria y autónoma, con conocimiento preferente sobre las demás
jurisdicciones.
Que el parágrafo 2° del artículo transitorio 5° del artículo 1° del Acto Legislativo 01 de
2017, establece que el Órgano de Gobierno ejerce las funciones asignadas a la Sala
Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura respecto al gobierno y
administración de esta Jurisdicción y por consiguiente tiene a cargo la función de
aprobar el anteproyecto de presupuesto.
Que el numeral 5° del artículo 110 de la Ley 1957 de 2019 señala que es función del
Órgano de Gobierno “Aprobar el anteproyecto de presupuesto de la JEP que le presente la
Secretaría Ejecutiva, para ser remitido al Gobierno nacional”, y el numeral 16 del artículo 112
de la misma Ley establece como función del Secretario Ejecutivo “Elaborar el anteproyecto
de presupuesto que deberá remitirse al Órgano de Gobierno de la JEP”.
Que el Secretario Ejecutivo (E) presentó al Órgano de Gobierno el Anteproyecto de
presupuesto 2023, en cuya elaboración siguió lo establecido por la Circular externa 07
de 2022 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el cual estuvo acompañado de la
debida justificación técnico-económica.
Que es necesario que la JEP presente el Anteproyecto de presupuesto 2023 ante el
Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en los términos de la circular citada.
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