Resolución N° 0600 de la Corporación Autónoma Regional de Sucre - CARSUCRE - Normativa - VLEX 914649111

Resolución N° 0600 de la Corporación Autónoma Regional de Sucre - CARSUCRE

Número de resolución0600
310.28
Exp No. 805 de diciembre 30 de 2016`
lNFRACCION
#0
.++
`..:i'.?
®0
( REsi\]LIJcloNNo. ) 2_5.M'A(i..2022
"POR LA CUAL SE ORDENA EL ARCHIVO DE UN EXPEDIENTE
SANCIONATORIO AMBIENTAL Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORAC16N AUTONOMA REGIONAL DE
SUCRE -CARSUCRE, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las
conferidas por la Ley 99 de 1993 y,
CONSIDERANDO /
Que mediante Auto No. 0520 de marzo 1 de 2017, se inici6 procedimien
sancionatorio contra e[ establecimiento comercial denominado MULT[SERVIcl
NEE
LA 19, a traves de su representante legal y/o quien haga sus veces, ubicado en la
carrera 19 No. 32 -36, munic:oio de ``:incelejo (Sucre); con el fin de ve,rificar los
hechos u omisiones constituti`wis ,de in fr?.cci6n de las normas de protecci6n
ambiental. Notificandose de conformidad a la I€..y.
3aur:oTecdoj:tnrtaeefuets°taEr:c``i9,9eTnt8ec::Pet::,I,b:eento]minead2:tJu::,S°ErR#`,°;,%'efa°tdr
identificado con NIT 92.530.768-6, a trav6s de su representante legal y/o quien
haga sus veces, ubicado'en la carrera 19 No. 32 -36, municipio de .Sincelejo
(Sucre). Notificandose de \conformidad a la ley.
Que mediante Auto No. 0631 de julio 3 de 2018, se abri6 a prueba por el termino
:aeLt:;[nita3(338)ed2'83::NP::js::tned:nsvee3t:gcaoci£:;:,ed::naf:#d/n
el articulo 26 de
Que mediante Resoluci6`n No. 0668 de mayo 22 de 2020, se resolvi6`exonerar de
aeesnpo°#:naabj';d#jL¥,s=bpst#F5SeLAd.eg,:3`:::j!f?cnaadro::neN:tTabg`2:!'!'#':%_6:Oat::::a:
de su representante legal y/o quien .naga sus veces, ubicado en la carrera 19 No.
32 -36, municipio de Sincelejo (Sucre). Decision que se .notific6 de conformidad a
la ley.
Con este d]timo acto administrativo concluy6 el procedimiento sancionatorio
ambiental otorgandosele.`firmeza al acto, lo que permite que se archive el
expediente de conformidad a la normatividad procesal, asi lo dispone la Ley 1564
de 2012 por niedio de la cual se expide el C6digo General del Proceso y se dictan
otras disposjciones, en e|-dltimo inciso del articulo 122 que: "E/ exped7.ente de
cada proceso concluido se archivafa conforme a la reglamentaci6n que para tales
efecfos es fab/ezca..." razon por la cual se procedera ARCHIVAR expediente de
infracci6n No. 805 de diciembre 30 de 2016.
En merito de I,o expuesto ,... i
RESIJELVE ;
ARTicuLO PRIMERO; ORL`ENESE. AP.CrllvAR el expediente de infracci6n No
-^`
805 de diciembre 30 de 2\P16, cancelese su radicaci6n y. hagase ]as anotaciorie
en los libros respectivos.
''L i--
Carref'a 25 Av. Ocala 25 -101 Telefono: 2762037
Wwi^r.carsucre.go.v.co carsucre@carsucre.gov.co Sincelejo -Sucre
j.
H.E

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR