Resolución Nº 1205 del Ministerio de Ciencia y Tecnología, 2021 - Normativa - VLEX 873421255

Resolución Nº 1205 del Ministerio de Ciencia y Tecnología, 2021

Número de resolución1205
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Código: A205PR02MO1
Versión: 01
Fecha: 2020
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RESOLUCIÓN No. DE 2021
“Por la cual el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, adopta el Manual de Políticas de Seguridad y Privacidad
de la información”
LA MINISTRA DEL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las establecidas por la Ley 1951 de 2019, Ley 1955 de
CONSIDERANDO
Que de conformidad con los artículos 209 y 269 de la Constitución Política de Colombia, es obligación de las entidades
públicas coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. Asimismo, están obligadas a
diseñar y aplicar según sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de acuerdo a lo que disponga la ley.
Que la Ley Estatutaria 1581 de 2012, reglamentada parcialmente por el Decreto 1377 de 2013 y el capítulo 25 del
Decreto 1074 de 2015, tiene como objeto “desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer,
actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases d e datos o archivos, y los demás
derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el
derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma”, y su ámbito de aplicación está dirigido a aplicar los
principios y disposiciones sobre protección de datos, en especial a los datos personales registrados en cualquier base
de datos que los haga susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada.
Que la Ley 1712 de 2014 "Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información
Pública Nacional y se dictan otras disposiciones” tiene como objetivo principal re gular el d erecho de acceso a la
información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de
información.
Qué mediante el Decreto No. 1083 de 2015 se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación
y la gestión, y en su artículo 2.2.22.2.1, entre otros, dispone: “(…) Las políticas de Desarrollo Administrativo de que trata la
Ley 489 de 1998, formuladas por el Departamento Administrativo de la Función Pública y los demás líderes, se denominarán
políticas de Gestión y Desempeño Institucional y comprenderán, entre otras, las siguientes: (…) 12. Seguridad Digital (…)”
Que el Decreto 1078 de 2015 , subrogado por el artículo 1 del Decreto 1008 de 2018Por el cual se establecen los
lineamientos generales de la política de Gobierno Digital y se subroga el capítulo 1 del título 9 de la parte 2 del libro 2 del
Decreto 1078 de 2015, Decreto Único Reglamentario del sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
en el artículo 22.9.1.1.3., incluye la seguridad de la información entre los principios de la Política de Gobierno Digital, el
cual consiste en “crear condiciones de uso confiable en el entorno digital, mediante un enfoque basado en la gestión de
riesgos preservando la c onfidencialidad, integridad y disponibilidad de la información de las entidades del Estado, y de
los servicios que prestan al ciudadano”
De igual manera, en el artículo 2.2.9.1.2.1. se establece que la Política de Gob ierno Digital se desarrollara a través de
componentes y habilitadores transversales, y respecto de estos últimos indica que son los elementos fundamentales de
Seguridad de la información, Arquitectura y Servicios Ciudadanos Digitales, que permiten el d esarrollo de los anteriores
componentes y el logro de los propósitos de la Política de Gobierno Digital.
Que el CONPES 3854 de 2016 establece la Política Nacional de seguridad Digital e n la República de Colombia, tiene
como objeto “Fortalecer las capacidades de las múltiples partes interesadas para identificar, gestionar, tratar y mitigar los
RESOLUCIÓN No. DE 2021
Por la cual el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, adopta las Políticas de Seguridad y Privacidad de la
información
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riesgos de seguridad digital en sus actividades socioeconómicas en el entorno digital, en un marco de cooperación,
colaboración y asistencia. Lo anterior, con el fin de contribuir al crecimiento de la economía digital nacional, lo que a su
vez impulsará una mayor prosperidad económica y social en el país.”
Que mediante Resolución No. 969 del 23 de s eptiembre 2016 se adoptaron las políticas de seguridad y privacidad de la
información para Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación Colciencias.
Que el art ículo 16 del Decreto 2106 de 2019, entre otros, señala que las autoridades que realicen trámites, procesos y
procedimientos por medios digitales deberán disponer de sistemas de gestión documental electrónica y de archivo digital,
asegurando la conformación de expedientes electrónicos con ca racterísticas de integridad, disponibilidad y autenticidad
de la información.
Que la Ley 1951 del 24 de enero de 2019 dispuso en su artículo tercero la creación del Ministerio de Ciencia, Tecnología
e Innovación, de acuerdo con la Constitución y la ley, como organismo para la gestión de la administración pública, rector
del sector y del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI), encargado de formular, orientar, dirigir,
coordinar, ejecutar, implementar y controlar la política del E stado en esta materia, teniendo concordancia con los planes
de desarrollo.
Que el artículo 125 de la Ley 1 955 del 25 de mayo de 2019, estableció, entre otros, que el Departamento Administrativo
de Ciencia, Tecnología Colciencias, se fusionaría en el mencionado Ministerio y que el Gobierno Nacional, en ejercicio
de las competencias permanentes conferidas mediante la Ley 489 de 1999, adoptaría la estructura interna y la planta de
personal que se requiera para su funcionamiento. Así mismo previó que a partir de la entrada en vigencia de la de la citada
Ley, todas las referencias que hagan las normas vigentes al Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e
Innovación, se entenderán efectuadas al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y que para todos los efectos
legales, este último, creado mediante la Ley 1951 de 2019, sustituye a l Departamento Administrativo de Ciencia,
Tecnología e Innovación.
Que mediante el Decreto 2226 del 5de diciembre de 2019 se estableció, entre otros, la estructura del Ministerio de Ciencia,
Tecnología e Innovación, y a través del Decreto 2227 de la misma fecha, determinó, entre otros, la planta de empleos de
este Ministerio.
Que el numeral 8 del artículo 1 1 del Decreto 2226 de 2020, contempla como función de la Oficina de Tecnologías y
Sistemas de Información del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación “Definir políticas y lineamientos para el
cumplimiento de estándares de seguridad, privacidad, calidad y oportunidad de la información del Ministerio y del sector,
así como la interoperabilidad de los sistemas que la soportan y el intercambio permanente de información, con el fin de
preservar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos
Que el artículo 30 de la Resolución No. 0083 de 2020, señala dentro de las funciones del Comité de Gestión y Desempeño
Sectorial e Institucional, las previstas en el artículo 2.8.2.1.16 del Decreto 1080 d e 2015 y los artículos 2.2.22.3.6 y
2.2.22.3.8 del Decreto 10 83 de 2015, y la de “13. Asegurar la implementación y desarrollo de l as políticas de gestión y
directrices en materia de seguridad digital y de la información.”
Que de conformidad a lo dispuesto en la normatividad citada resulta necesario adoptar el Manual de Políticas de Seguridad
y Privacidad de Información, debido a que se establecen lineamientos necesarios, con el fin d e fortalecer la gestión de
seguridad y privacidad de la Información del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, basado en la identificación y
valoración de los riesgos asociados, propendiendo por la protección de su confidencialidad, integridad y disponibilidad de
la información.
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Por la cual el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, adopta las Políticas de Seguridad y Privacidad de la
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Código: A205PR02MO1
Versión: 01
Fecha: 2020-02-19
Que mediante Acta N.º 20 del 30 de septiembre de 2020,
el Comité de Gestión y Desempeño Sectorial e Institucional
del Ministerio, aprobó el Manual de Políticas de Seguridad y Privacidad de la información.
Que en virtud de lo expuesto, la Ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el Manual de P olíticas
de Seguridad y Privacidad de la Información del Ministerio de
Ciencia, Tecnología e innovación.
ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar al jefe de la Oficina de Tecnologías y Sistemas de Información, realizar las gestiones
necesarias para socializar el contenido de las Políticas de seguridad y privacidad de la información, entre los servidores
públicos, contratistas y terceros del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
ARTÍCULO TERCER. La presente resolución rige a p artir de la fecha de su expedición, derogando la resolución 969 de
2016 y todas las disposiciones que le sean contrarias, y será publicada en la página web
1
www.minciencias.gov.co
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., a los
MABEL GISELA TORRES TORRES
Ministra de Ciencia, Tecnología e Innovación
Proyectó: Erika Viviana Chacón Gamba / contratista / Oficina de Tecnologías y Sistemas de Información
Aprobó: Comité de Gestión y Desempeño Sectorial e Institucional
Vto Bo: Gabriel Antonio Cancino González/Jefe Oficina Asesora Jurídica
Revisó: Elvia Consuelo Castañeda / jefe de la Oficina de Tecnologías y Sistemas de Información
Revisó: Catalina Álvarez / Contratista/Oficina Asesora Jurídica.
1.https://minciencias.gov.co/sites/default/files/ckeditor_files/D103M01%20Manual%20Pol%C3%ADticas%20Seguridad%20y%20Privacidad%20Informaci%C3%B3n%20V00.pdf

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