Resolución N° 18 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-01-04 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881792183

Resolución N° 18 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-01-04

Fecha04 Enero 2012
Número de resolución18
EmisorSJ-SUBD. JURIDICA
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Cow'poradón Autónoma
Regional del Tollma
"Por medio del cual se hace una cesión de derechos, se hace unos
requerimientos y se adoptan otras medidas"
LA DIRECTORA GENERAL DE LA CORPORACION AUTO NOMA REGIONAL
DEL TOUMA "CORTOUMA"
En ejercicio de sus facultades iegales y en concordancia con ia ley 99 de 1993, y
CONSIDERANDO
Que mediante ia Resolución No. 315 del 03 de Febrero de 2009, CORTOLlMA,
estableció unas disposiciones ambiéntales para la operación de la Estación de
Servicio Converry, ahora denominada DISTRACOON Con NIT 811009788-8,
ubicada en la carrera 5 con calle 4 Esquina, en jurisdicción del Municipio del
_ Líbano, en el Departamento del Tolima.
Que revisado lo que obra dentro del expediente No. 14199, correspondiente a la
Estación de Servicio Converry, se tiene que esta Corporación, ha realizado los
seguimientos respectivos y conforme a ello se han hecho los requerimientos
necesarios, de acuerdo a lo contemplado en el articulo 31 numeral 12 de la Ley 99
de 1993, con respecto a las funciones de las Corporaciones Autónomas
Regionales, y a los permisos otorgados y en cuanto a ello se menciona que
estas entidades ejercerán las funciones de evaluación, control y seguimiento
ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales
renovables, lo cual comprenderá el vertimiento , emisión o Incorporación de
sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos a las aguas en cualquiera de
sus formas, al aire o a los suelos, así como los
vertimientos
o emisiones que
puedan causar daño o poner en peli9ro el normal desarrollo sostenible de los
recursos naturales renovables o impedir u obstaculizar su empleo para otros usos,
Dirección Ierrit0fi81
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Que de igual manera y según el Decreto 2820 de agosto 5 de 2010, Articulo 39.
Los proyectos, obras o actividades sujetos de Licencia Ambientai o Plan de
Manejo Ambiental, serán objeto de control y seguimiento por parte de las
autoridades ambientales con el propósito de: 1.
Verificar
la
implementación del
Plan de Manejo Ambiental, seguimiento
y
monitoreo,
y
de contingencia, asi como
Q- la eficiencia yeficacia de las medidas
de
manejo implementadas.
2.
Constatar y
exigir el cumplimiento de todos los términos, obligaciones
y
condiciones que se
deriven de /a licencia ambiental oPlan de Manejo Ambienta/. 3. Corroborar cómo
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