Resolución N° 1832 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2017-05-30 - Corporación Autónoma Regional del Tolima - Normativa - VLEX 881845504

Resolución N° 1832 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2017-05-30

Fecha30 Mayo 2017
Número de resolución1832
EmisorAF-SUBD. ADMITIVA Y FINANCIERA
RESOLUCION CM
1 8 3 2
(30 MAY 2017
Por medio de la cual se cobra una tarifa por el servicio de Seguimiento ambiental y
se dictan otras disposiciones
LA SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DE LA CORPORACION
AUTONOMA REGIONAL DEL TOLIMA — CORTOLIMA
En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la ley 99 de 1993, ley 633
de 2000, resolución 1280 del 7 de julio de 2010 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial, la resolucion Nro 02 del 3 de enero de 2017, la Resolucion Nro. 199 del 27 de enero
de 2017 de CORTOLIMA, las demás normas concordantes y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 13 del artículo 31 de la Ley 99 de 1993 determinó que le corresponde a las
autoridades ambientales, recaudar conforme a la ley, las contribuciones, tasas, derechos,
tarifas y multas por concepto del uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y
fijar su monto en su jurisdicción.
Que el artículo 46 numeral 11 de la Ley 99 de 1993 estableció como patrimonio y rentas de las
Corporaciones, los derechos causados por el otorgamiento de licencias, permisos,
autorizaciones, concesiones y salvoconductos, de acuerdo con la escala tarifaría que para el
efecto expida el Ministerio de Ambiente.
Que el artículo 96 de la Ley 633 de 2000, por la cual se modificó el artículo 28 de la Ley 344 de
1996, definió el sistema y método aplicables para el cálculo de las tarifas que cobrarán las
autoridades ambientales por los servicios de evaluación y seguimiento de los diversos
instrumentos de manejo y control ambiental definidos en la Ley y los reglamentos.
Que la Resolución 1280 del 07 de Julio de 2010 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial establece la escala tarifaría para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento
de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de
manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115 s.m.l.m.v y se adopta
la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método consagrados
en el artículo 96 de la Ley 633 del año 2000 para la liquidación de la tarifa.
Que CORTOLIMA en la Resolución Nro. 02 del 3 de enero de 2017 fijó el procedimiento de
cobro por servicio de evaluación y seguimiento ambiental establecido en el artículo 96 de la Ley
633 de 2000, adoptó la escala tarifaria para el cobro de los servicios de evaluación y
seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás
instrumentos de manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115
s.m.l.m.v y la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método de
la tarifa de este cobro a que hace referencia la Resolución del Ministerio de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial No. 1280 del 07 de julio de 2010.
Que con el fin de cumplir los principios de celeridad y eficacia que rige la funcion administrativa
mediante , la Resolucion Nro. 199 del 27 de enero de 2017 se delego en cabeza del
subdirector(a) administrativo y financiero la funcion administrativa correspondiente al Director
General de expedir actos relacionados con el cobro de tarifas de seguimiento ambiental de las
vigencias 2016 y subsiguientes para la sede centro.
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Formato 2
SEDE CENTRAL
Cra.
51
Av. Del Ferrocarril, Calle 44
Tels.: (8) 2654551/52/54/55
For, (8)2654553 - 2700120
E-Moik
cortolima@cortolimo.00),9
Web:
wuvwcortolimo.aob.co
lbague - Tolirna - Colombia
Dirección Territorial Sur:
C.C.
K010,01110
Cro. 8 No. 7 - 24/28
Of. 301-303
Telefax.: (8) 2461779
Chaparral
Dirección Tiaritorial Marie:
Dirección
al 101
Extensión 400
Extentrinsat
Calle 2a Sur Na 0-81 Avenida las
7140x. tal 2455E76
teta !Si
22.1/3
Palmas Predio Casa limite
Col/o
6
N... 23-
segunda tase.
Cia
1,,
120
Lérida - T'Ama
Alekor
1011

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