Auto Nº 2-3537 de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, 08-08-2017 - Normativa - VLEX 876655769

Auto Nº 2-3537 de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, 08-08-2017

Año2017
Fecha08 Agosto 2017
Número de auto administrativo2-3537
Número de resolución2-3537
Tipo de documentoAutos
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REPUBLICA DE COLOMBIA
CORPORACION AUTONOMA REGIONAL DE LOS VALLES DEL SINU Y DEL SAN
JORGE. CVS
REsoLúcróN P 2 5557
"Por la cual se ordena la baja definitiva de bienes muebles de los inventarios de la
Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge - CVS, con
destino a ser ofrecidos en enajenac¡ón a título gratu¡to a otras Entidades Públ¡cas"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LOS
VALLES DEL SINÜ Y DEL SAN JORGE - CVS, DOCTOT JOSE FERNANDO TIRADO
HERNANDEZ, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 9.313.046
expedida en Corozal, elegido mediante Acta de Consejo Directivo de fecha l8 de diciembre
de 2015, y posesionado mediante Acta de fecha 18 de diciembre de 2015, como Director
General, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1 1 50 de 2007 y el
CONSIDERANDO:
Que la Administración está facultada para asumir la responsabilidad en el manejo de sus
bienes, así como para diseñar, adoptar desarrollar los mecanismos de control racionalización,
buen uso y destinación de los bienes a su cargo.
Que el artícufo 6 de la Ley 489 de 1998, consagra: "A¡liculo 6o. Principio de CoordinaciÓn En
vitlud del principio de coordinación y colaboración, las autoidades administrativas deben
garantizar la armonía en el ejercicio de sus respecfivas funciones con el fin de lograr los fines
y cometidos esfafa/es. En consecuencia, prestarán su colaborac¡ón a las demás entidades
para facilitar el ejercicio de sus funciones y se abstendrán de ¡mpedir o estorbar su
cumplimiento por los órganos, dependencias, organismos y entidades titulares".
Que el Artículo 2.2.1.2.2.4.3. del decreto 1082 de 2015, establece . 'A¡tículo 2.2.1 .2.2.4.3.
Enajenación de b¡enes muebles a titulo gratuito entre Entidades Estatales: Las Entidades
Esfata/es deben hacer un inventario de los bienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a lítulo
gratuito a las Entidades Estafa/es a través de un acto administrativo motívado que deben
publicar en su página web.
La Entidad Estatat interesada en adquirir estos brenes a título gratuito, debe manifestado por
escrito dentro de los treinta (30) días calendario siguienfes a la fecha de publicación del acto
administrativo. En tat manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad funcional
que pretende satisfacer con et bien y las razones que iustifican su solicitud.
si hay dos o más manifestaciones de interés de Entidades Esfafa/es para el mismo bien, la
EnildAd Estatal que pimero haya manifestado su interés debe tener preferencia Los f
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representantes legales de Ia Entidad Estatal titular det bien y la interesada en recibirto, deben
suscrón un acta de entrega en la cuat deben estabtecer fecha de la entrega matériat del
bien, la cual no debe ser mayor a treinta (30) días calendario, contados- a pañir de la
suscr¡pc¡ón del acta de entrega".
Este proceso señala la formalidad para dar de baja bienes en desuso y que la entidad no
requiere para el normal desarrollo de sus actividades, señalando la dest¡nación final de estos
bienes, la cual inicia con la selección y determinación de la entidad del estado interesada en
adquir¡r los bienes.
Que en los inventarios de la corporac¡ón Autónoma Regional de los Valles del sinú y del san
Jorge - cVS, existen unos b¡enes muebles o elementos inservibles o en estado de total
obsolescenc¡a, los cuales por haber cumplido su ciclo de servicio y deterioro u obsolescencia
no son susceptibles de reparación o adaptación y requieren un mantenimiento que resulta
oneroso para esta entidad.
Que según lo establecido en el Documento: Manual de Almacén código: GA-MA-03, de fecha
01 de octubre de 2014, se adopta el manual para el manejo admin¡strativo de los bienes
propiedad de la corporación Autónoma Regionat de los Valles del sinú y del san Jorge -
CVS.
Que el numeral 6.2.'1. del Documento: Manual de Almacén código: GA-MA-O3, de fecha 01
de octubre de 2014, ind¡ca el procedím¡ento para dar de baja bienes por inservibles,
prop¡edad de la CVS.
Que en merito de lo expuesto:
RESUELVE
ARTícuLo PRIMERo: Dar de baja por inservibles los elementos o bienes muebles
relacionados en los siguientes cuadros de propiedad de la corporación Autónoma Regional
de los Valles del Sinú y del San Jorge - CVS:
ANEXO No.82,83 y 84 qUE HACEN PARTE |NTEGRAT DEL ACTA DE BAJA
201 EqutPos AuDtovtsuAt Es
ELEMENTO I PLECN vAroR I rsrtoo
CAMARA DIGITAL FOTOGRAFICA 00214 508.271 malestado
CAMARA DIGITAL FOTOGRAFICA 00211 508.27 Lmalestado
CAMARA DIGITAL FOTOGRAFICA 002L6 508.271 malestado
CAMARA DIGITAL 01179 710.000 mal estado
V¡DEOBEAM POWERLITE EPSON 0149 81.340.000 mal estado
§{9
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