Auto Nº 2-3603 de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, 28-07-2017 - Normativa - VLEX 876655754

Auto Nº 2-3603 de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, 28-07-2017

Número de auto administrativo2-3603
Número de resolución2-3603
Fecha28 Julio 2017
Año2017
Tipo de documentoAutos
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LOS VALLES DEL SINÚ Y DEL SAN
JORGE. CVS
RESOLUCIÓN N'
FECHA:
p 2 5005
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"POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA PLAN DE ACCION
INTERINSTITUCIONAL PARA LA DEMOLICION DE OBRAS ANTROPICAS
CONSTRUIDAS SIN PERMISO DE AUTORIDAD AMBIENTAL"
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LOS
VNII-CS DEL SINÚ Y DEL SAN JORGE - CVS EN USO DE SUS FACULTADES
LEGALES Y ESTATUTARIAS Y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 99 de 1993 en su artículo 31 Numeral 20. señala como una de las funciones
tas Cárporaciones Autónomas Regionales la de ejercer la función de máxima
autoridad ambiental en el área de su jurisdicción, de acuerdo con las normas de carácter
superior y conforme a los criterios y directrices trazadas por el Min¡stefio del Medio
Ambiente.
Que Según el numeral 4 del artículo 31 de la misma Ley, la cVS tiene la función de
coordinir el proceso de preparación de los planes, programas y proyectos de desarrollo
medioambiental que deban iormular los diferentes organismos y entidades integrantes del
S¡stema NacionaiAmbiental (SINA) en el área de su jurisdicción y en especial, asesorar a
los Oepartamentos, Distritos y Municipios de su comprensión territorial en la definición de
los plánes de desarrollo ambiental y en sus programas y proyectos en materia de
protección del medio ambiente y los recursos naturales renovables, de manera que se
"t"grr" la armonía y coherenciá de las políticas y acciones adoptadas por las d¡stintas
entidades territor¡ales.
Que la Constitución Política de 1991 , establece como deber del Estado, proteger la
diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia
ecológica y fomeñtar la educación para el logro de estos fines. Así mismo, establece
como-obt¡gac¡ón del Estado y de las demás personas proteger las riquezas culturales y
naturales de la Nación.
Que el convenio sobre Divers¡dad Biológica ratificado por la ley 165 de 1994, para cumplir
con el fin de la utilización sostenible los componente de la diversidad biológica' se
comprometió a i) integrar el examen de la conservación y la utilizac¡ón sostenible de los
,e"rrros biológicos en los procesos nacionales de adopción de decisiones; ii) adoptar
medidas relativás a la utilización de los recursos biológicos para evitar o reducir al mínimo
ios efectos adversos para la diversidad b¡ológ¡ca il¡) proteger y promover la utilización
consuetudinaria de los recursos biológicos de conformidad con las prácticas cultura "N
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