Resolución Nº 2-7293 de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, 01-07-2020
Fecha | 01 Julio 2020 |
Número de resolución | 2-7293 |
Año | 2020 |
Tipo de documento | Resolution |
REPÚBLICA DE COLOMBIA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LOS VALLES DEL SINÚ Y
DEL SAN JORGE- CVS
RESOLUCIÓN N° 2-7293
FECHA: 1 de julio de 2020
1
“POR MEDIO DE LA CUAL SE LEVANTA LA SUSPENSIÓN DE LOS TÉRMINOS PROCESALES
EN ALGUNAS DE LAS ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS QUE ADELANTA LA
CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LOS VALLES DEL SINÚ Y DEL SAN JORGE –
CVS Y SE MANTIENE LA RESTRICCIÓN PARCIAL DE LA ATENCIÓN PRESENCIAL AL
PÚBLICO”
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE LOS VALLES
DEL SINÚ Y DEL SAN JORGE, CVS, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y
ESTATUTARIAS Y CONFERIDAS EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA Y DEMÁS
NORMAS LEGALES Y REGLAMENTARIAS, Y
CONSIDERANDO
Que las Corporaciones Autónomas Regionales son entes corporativos de carácter público, creados
por la ley, integrado por las entidades territoriales que por sus características constituyen
geográficamente un mismo ecosistema o conforman una unidad geopolítica, biogeográfica o
hidrogeográfica, dotados de autonomía administrativa y financiera, patrimonio propio y personería
jurídica, encargados por la ley de administrar, dentro del área de su jurisdicción, el medio ambiente
y los recursos naturales renovables y propender por su desarrollo sostenible, de conformidad con
las disposiciones legales y las políticas del Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Que el objetivo de las Corporaciones Autónomas Regionales es la ejecución de las políticas,
planes, programas y proyectos sobre medio ambiente y recursos naturales renovables, así como
dar cumplida y oportuna aplicación a las disposiciones legales vigentes sobre su disposición,
administración, manejo y aprovechamiento, conforme a las regulaciones, pautas y directrices
expedidas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Que el literal c). del artículo 24 de la Ley 99 de 1993, establece a la Dirección General, como uno
de los órganos de dirección y administración de las Corporaciones Autónomas Regionales.
Que el artículo 28 de la Ley 99 de 1993, establece que el Director General será el representante
legal de la Corporación y su primera autoridad ejecutiva.
Que el artículo 29, del mismo compendio normativo determina que le corresponde al Director
General de la Corporación: "Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la entidad y ejercer su
representación legal".
Que el inciso segundo del artículo 12 del Decreto 1768 de 1994 establece que las personas que
prestan sus servicios en las Corporaciones tendrán la condición de empleados públicos.
de Riesgos Laborales son la promoción de la seguridad y salud en el trabajo - SST y la prevención
de los riesgos laborales, para evitar accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba