Resolución Nº 2021121000445 de Superintendencia de Economía Solidaria, 1 Febrero 2021 - Normativa - VLEX 864917459

Resolución Nº 2021121000445 de Superintendencia de Economía Solidaria, 1 Febrero 2021

Número de resolución2021121000445
Fecha01 Febrero 2021
V_OAPS-F72013
SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA
RESOLUCIÓN NUMERO 2021121000445 DE
1 de Febrero de 2021
Por la cual ordena el cierre del Plan de Acción Anual 2020 y se aprueba y adopta el Plan de Acción
Anual 2021 de la Superintendencia de la Economía Solidaria
EL SUPERINTENDENTE DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA
En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 3° del artículo 5º del
Decreto 186 del 26 de enero de 2004,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4 º de la Ley 87 de 1993, determina que "Toda entidad bajo la responsabilidad de sus
directivos debe por lo menos implementar los siguientes aspectos que deben orientar la aplicación del
control interno: "a. Establecimiento de objetivos y metas tanto generales como específicas, así como
la formulación de los planes operativos que sean necesarios; ...".
Que la Ley 152 de 1994, por la cual se establece la Ley Orgánica de Planeación, en el inciso segundo
del artículo 29 establece “…todos los organismos de la administración pública nacional deberán
elaborar, con base en los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo y de las funciones que le
señale la ley, un plan indicativo cuatrienal con planes de acción anuales que se constituirá en la base
para la posterior evaluación de resultados”. El Plan Nacional de Desarrollo es el referente técnico que
orienta de manera prioritaria la gestión de las Entidades y Organismos del Estado.
Que el artículo 2.2.21.3.3 del Decreto 1083 de 2015, sobre el proceso de Dirección, establece: que
El Nivel Directivo define las políticas, objetivos y metas corporativas a alcanzar durante los períodos
constitucionales y legales correspondientes, como marco de referencia para la definición de los
planes indicativos y de acción.
Que el artículo 2.2.21.3.4 del Decreto 1083 de 2015, señala que la planeación concebida como una
herramienta gerencial que articula y orienta las acciones de la entidad, para el logro de los objetivos
institucionales en cumplimiento de su misión particular y los fines del Estado en general, es el
principal referente de la gestión y marco de las actividades del control interno puesto que a través de
ella se definen y articulan las estrategias, objetivos y metas”.
Que el artículo 2.2.22.2.1 del Decreto 1083 de 2015, establece que las políticas de Desarrollo
Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998, formuladas por el Departamento Administrativo de la
Función Pública y los demás líderes, se denominarán políticas de Gestión y Desempeño Institucional
y comprenderán, entre otras, las siguientes:
1. Planeación Institucional
2. Gestión presupuestal y eficiencia del gasto público
3. Talento humano
4. Integridad
5. Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción
6. Fortalecimiento organizacional y simplificación de procesos
REPUBLICA DE COLOMBIA

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