Resolución N° 202250008057 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 04-02-2022 - Normativa - VLEX 897105901

Resolución N° 202250008057 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 04-02-2022

Fecha04 Febrero 2022
Fecha de publicación09 Febrero 2022
Tipo de documentoResolución
11
Gaceta Oficial Nº4927
RESOLUCIÓN NÚMERO 202250008057 DE 04/02/2022
“Por medio de la cual se reubican unos empleos en la Secretaría del Medio Ambiente, y
se dictan otras disposiciones”
LA SECRETARÍA DE GESTIÓN HUMANA Y SERVICIO
A LA CIUDADANÍA
En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias,
en particular las previstas en los numerales 1° y 3° del
artículo 2° de la Ley 909 de 2004, el numeral 3° del artículo
2.2.5.4.1 y el artículo 2.2.5.4.6 del Decreto 1083 de 2015
y las delegadas mediante el Decreto Municipal 883 de
2015 en su artículo 121, modicado por el artículo 17 del
Decreto 0863 de 2020 y el artículo 1° del Decreto Municipal
912 de 2015, y
CONSIDERANDO QUE:
El Artículo 209 de la Constitución Política, establece que
la función administrativa está al servicio de los intereses
generales y se desarrolla con fundamento en los principios
de igualdad, moralidad, ecacia, economía, celeridad,
imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización,
la delegación y la desconcentración de funciones.
El artículo 315 de la Carta Magna en su numeral tercero
establece como atribuciones del Alcalde las de: “Dirigir
la acción administrativa del Municipio; asegurar el
cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios
a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente; y
nombrar y remover a los funcionarios…”.
El Decreto 1083 de 2015, en sus artículos 2.2.5.4.1 y
2.2.5.4.6, establece como movimiento de personal, la
reubicación de empleos; deniendo esta gura como: “…el
cambio de ubicación de un empleo en otra dependencia de
la misma planta global, teniendo en cuenta la naturaleza
de las funciones del empleo”.
El Decreto Municipal 912 de 2015,en su artículo
expresa: “Deléguese en el Secretario de Gestión Humana
y Servicio a la Ciudadanía, la administración y control de
la planta global de empleos del sector central y de acuerdo
con las necesidades de la Administración y a partir de la
denición de las competencias que hacen posible el logro
de los objetivos institucionales”.
El artículo 124 del Decreto Municipal 883 de 2015,
modicado por el artículo 18 del Decreto 0863 de 2020
de su misma categoría, establece como funciones de la
Subsecretaría de Desarrollo Institucional perteneciente
a la Secretaría De Gestion Humana: “Denir, dirigir,
administrar y controlar la estructura de empleos, la
planta global y la escala salarial mediante las políticas y
procedimientos denidos, para dar cumplimiento a las
estrategias establecidas y las necesidades del nivel central
de la Administración municipal”. Asi mismo el Decreto
Municipal 653 del 11 de agosto 2021 modicó la Planta
de Empleos de la Alcaldía de Medellín, estableciendo en
su Artículo 9º que: “La Secretaría de Gestión Humana y
Servicio a la ciudadanía de acuerdo a sus competencias
y teniendo en cuenta la planta global, podrá distribuir
los cargos a que se reere el presente Decreto en otras
Dependencias de acuerdo con las necesidades del
servicio, la organización interna y los planes, programas
y proyectos de la Administración Municipal, mediante acto
administrativo”.
La condición de planta global que caracteriza la estructura
de empleos de la Administración Municipal, permite hacer
movimientos en forma horizontal, respetando su perl,
asignación salarial y la naturaleza de las funciones, con el
n de fortalecer los procesos estratégicos, misionales y de
apoyo de la dependencia.
La reubicación de un empleo debe responder a las
necesidades del servicio y se efectuará mediante
acto administrativo proferido por el jefe del organismo
nominador, o por quien este haya delegado, el cual deberá
ser comunicado al servidor que lo desempeña.
Mediante radicado 202220000405 del 4 de enero de 2022,
la Secretaria de Despacho de la Secretaría de Medio
Ambiente, solicitó la reubicación de dos (2) empleos que
hacen parte de la Subsecretaría de Gestión Ambiental,
para pertenecer directamente al despacho, con n
de fortalecer la gestión de acuerdo a los roles de los
servidores. Los empleos son los siguientes Profesional
Universitario, código 21902537 posición 2016536, y
Secretario código 44001002, posición 2005304, cuyos
titulares son respectivamente, Astrid Eugenia García
Carvajal y Luz Argeniz Mejía Salinas. Así mismo por
radicado 20222000411 de enero 21 de 2022, se solicitó
que el empleo Secretario, perteneciente al Despacho, con
código 44002018, posición 2004189, se reubique en la
Subsecretaría de Gestión Ambiental.
Por lo anterior, la Unidad Administración Planta de
Empleos de la Subsecretaría de Desarrollo Institucional
perteneciente a la Secretaría de Gestión Humana y Servicio
a la Ciudadanía, atendiendo a la solicitud de la Secretaria
de Despacho, fundada en las necesidades del servicio
y con la nalidad de garantizar una mejor prestación del
mismo al interior de lo grupos de trabajo de la Secretaría
de Medio Ambiente, procede con la reubicación de los
empleos.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°: Reubicar por necesidad del servicio, una plaza
del nivel Profesional, de denominación PROFESIONAL
UNIVERSITARIO, código 219, grado 02, código interno
21902537, posición 2016536; perteneciente a la Unidad
de Educación y Buenas Prácticas Ambientales, de la
Subsecretaría de Gestión Ambiental, Secretaría de Medio
Ambiente, para el Despacho de la misma Secretaría.

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