Resolución N° 2122 de la Corporación Autónoma Regional del Tolima, 2012-06-19
Fecha | 19 Junio 2012 |
Número de resolución | 2122 |
Emisor | SJ-SUBD. JURIDICA |
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RESOLUCiÓN No.
é19 JUN 2012)
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"Por la cual se ordena el pago de una tarifa de seguimiento"
EL DIRECTOR GENERAL (E) DE LA CORPORACiÓN AUTÓNOMA REGIONAL
DEL TOLlMA "CORTOLIMA"
1993,y
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución 4850 del 27 de diciembre de 2010, por medio de la cual se
autorizo la cesion de derechos y obligaciones contenidos en la resolución 541 de
mayo 16 de 2005, a la COOPERATIVA DE TRANSPORTE DE ICONONZO,
identificada con Nit No. 800.199.714-7, para el desarrollo de las actividades de la
ESTACION DE SERVICIO ICONONZO, en jurisdicción del Municipio de Iconónzo en
el Departamento del Tolima.
cobrarán los servicios de Evaluación
y
los servicios de Seguimiento de la Licencia
Ambiental, permisos, Autorizaciones y demás instrumentos de control y manejo
ambiental establecidos en la ley y los reglamentos (... ) Que la tarifa incluirá:
a) El valor total de los honorarios de los profesionales requeridos para la realización
de las actividades propuestas;
b) El valor total de los gastos de viaje de los profesionales que se ocasionen para el
estudio, la expedición, el seguimiento yo el monitoreo de la licencia ambiental,
permisos, concesiones
y
autorizaciones y demás instrumentos de control y
manejo ambiental establecidos en la ley y los reglamentos.
e) El valor total de los análisis de laboratorio u otros estudios y diseños técnicos que
sean requeridos tanto para la evaluación como para el seguimiento.
Que la Corporación aplicará el siguiente método de cálculo: Para el literal a) se
estimará el número de profesionales/mes y se aplicarán las categorías y tarifas de
sueldos de contratos del Ministerio de Transporte y para el caso de contratistas
internacionales, las escalas tarifarias para contratos de consultoría del Banco
Mundial o del PNUD; para el literal b) sobre un estimativo de visitas a la zona del
proyecto se calculará el monto de los gastos de viaje necesarios, valorados de
acuerdo con las tarifas del transporte público y la escala de viáticos del Ministerio del
Medio Ambiente; para el literal c) el costo de los análisis de laboratorio u otros
trabajos técnicos será incorporado en cada caso, de acuerdo con las cotizaciones
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