Resolución Nº 2994 de la secretaria ejecutiva de la JEP, 02-09-2019 - Normativa - VLEX 813321689

Resolución Nº 2994 de la secretaria ejecutiva de la JEP, 02-09-2019

Fecha02 Septiembre 2019
Número de resolución2994
Cra
7
#
63-44,
Bogotá
Colombia
(+57-1)
4846980
info@jep.gov.
co
JEP
JURISDICCIÓN
ESPECIAL
PARA
LA
PAZ
RESOLUCIÓN
No.
2994
de
2019
"Por
la
cual
se
adopta
el
Manual
de
Supervisión
de
la
Jurisdicción
Especial
para
la
Paz".
LA
SECRETARIA
EJECUTIVA
DE
LA
JURISDICCIÓN
ESPECIAL
PARA
LA
PAZ
En
ejercicio
de
sus
facultades
constitucionales,
legales
y
reglamentarias,
consagradas
en
el
artículo
transitorio
7
del
el
los
Acuerdos
006
y
036
de
2018
y
la
y
CONSIDERANDO
Que
el
Acto
Legislativo
Número
01
del
2017
creó
la
Jurisdicción
Especial
para
la
Paz
(en
adelante
"la
JEP"),
con
autonomía
administrativa,
presupuestal
y
técnica;
la
cual
esta
sujeta
a
un
régimen
legal
propio
y
se
encargará
de
administrar
justicia
de
manera
transitoria
y
autónoma,
con
conocimiento
preferente
sobre
todas
las
demás
jurisdicciones.
Que
el
artículo
transitorio
del
referido
Acto
Legislativo
estableció
que
el/la
Secretario/a
Ejecutivo/a,
se
encarga
de
la
administración,
gestión
y
ejecución
de
los
recursos
de
la
JEP,
así
como
de
dictar
y
ejecutar
los
actos
administrativos
necesarios
para
el
fimcionamiento
de
la
Entidad.
Que
el
dispuso
"(...)
el
Secretario
Ejecutivo
como
representante
legal
y
judicial
de
la
JEP,
se
encargará
de
la
administración,
gestión
y
ejecución
de
los
recursos
de
la
Jurisdicción
Especial
para
la
Paz.
Para
el
efecto,
tendrá
la
capacidad
de
suscribir
convenios,
contratar,
comprometer
los
recursos
y
ordenar
el
gasto
a
nombre
de
la
JEP
en
desarrollo
de
las
apropiaciones
incorporadas
en
la
respectiva
sección
Que
el
Acuerdo
01
de
2018
-Reglamento
de
la
JEP-,
establece
que
la
Secretaría
Ejecutiva
de
la
JEP
es
la
encargada
de
la
administración
y
ejecución
de
los
recursos
bajo
la
orientación
de
la
presidencia
y/o
el
Órgano
de
Gobierno,
enfocando
los
mismos
para
el
logro
de
los
objetivos
y
la
ejecución
de
procesos
de
adquisición
de
bienes
y
servicios,
gestión
del
talento
humano,
logística,
gestión
tecnológica,
gestión
financiera,
entre
otros.
Que
la
"Estatutaria
de
la
Administración
de
Justicia
en
la
Jurisdiceión
Especial
para
la
Paz.
",
consagró:
Cra
7
#
63-44,
Bogotá
Colombia
(+57-1)
4846980
info@jep.gov.co
JEP
JURISDICCIÓN
ESPECIAL
PARA
LA
PAZ
"ARTÍCULO
lio.
ÓRGANO
DE
GOBIERNO
DE
LA
JURLSDICCIÓN
ESPECIAL
DE
PAZ.
(...)
Son
funciones
del
Órgano
de
Gobierno:
(...)
7.
Desarrollar
y
adoptar
el
procedimiento
para
la
contratación
y
demás
aspectos
de
funcionamiento
en
los
aspectos
no
previstos
por
el
legislador.
(...)
ARTÍCULO
111.
SECRETARÍA
EJECUTIVA
DE
LA
JURISDICCIÓN
ESPECIAL
DE
PAZ.
(...)La
Secretaria
Ejecutiva
se
encargará
de
la
administración
y
ejecución
de
los
recursos
bajo
la
orientación
de
la
presidencia
o
de
la
instancia
de
gobierno
de
la
JEP,
estará
enfocada
en
la
organización
de
los
mismos
para
el
logro
de
los
objetivos
establecidos
para
la
JEP
y
en
la
ejecución
centralizada
de
procesos
de
adquisición
de
bienes
y
servicios,
gestión
del
talento
humano,
logística,
gestión
tecnológica,
gestión
financiera,
entre
otros.
(...)
"ARTÍCULO
118.
RÉGIMEN
CONTRACTUAL.
La
JEP
estará
sujeta
en
la
celebración
de
contratos
al
régimen
de
derecho
privado,
acorde
con
los
principios
de
la
función
administrativa
y
de
la
gestión
fiscal
de
que
tratan
los
artículos
209
y
de
la
Constitución
Política,
y
esta
sometida
al
régimen
de
inhabilidades
e
incompatibilidades
previsto
legalmente
para
la
contratación
estatal."
(Énfasis
añadido)
Que,
para
desarrollar
este
nuevo
esquema
contractual,
el
Órgano
de
Gobierno
de
la
JEP
expidió
el
Acuerdo
039
de
2019,
"Por
el
cual
se
adopta
el
Manual
de
Contratación
de
la
JEP".
Que
dicho
manual,
en
materia
de
supervisión
e
interventoría,
dispuso:
"En
estas
materias
se
aplicarán
las
disposiciones
establecidas
en
el
Estatuto
General
de
la
Contratación
Pública.
En
relación
con
la
Supervisión,
corresponde
al/la
Secretario/a
Ejecutivo/a
de
la
JEP
expedir
mediante
acto
administrativo
la
reglamentación
especifica
en
que
dicha
actividad
se
realizará
al
interior
de
la
JEP.
"1
Que
la
Ley
1474
de
2011
(Estatuto
Anticorrupción),
establec
el
marco
de
referencia
para
la
regulación
de
las
figuras
de
supervisión
e
interventoría
para
todas
las
entidades
públicas
(independientemente
del
régimen
contractual
que
apliquen).
Que,
en
cumplimiento
de
la
facultad
señalada
en
el
Manual
de
Contratación
y
en
el
marco
de
la
normatividad
legal
en
materia
de
supervisión,
señalada
en
precedencia.
RESUELVE
ARTÍCULO
PRIMERO.
-
Adoptar
el
Manual
de
Supervisión
de
la
JEP,
cuyo
texto
se
anexa
y
forma
parte
integral
de
la
presente
resolución.
ARTICULO
SEGUNDO.
-
La
presente
resolución
rige
a
partir
de
su
publicación.
1
Numeral
2.4.5.

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