Resolución Nº 31098 de Secretaria Distrital de Movilidad - Sdm, 04-05-2021 - 6 de Mayo de 2021 - Registro distrital - Legislación - VLEX 866581238

Resolución Nº 31098 de Secretaria Distrital de Movilidad - Sdm, 04-05-2021

Fecha de emisión04 Mayo 2021
Fecha de publicación06 Mayo 2021
EmisorSecretaria Distrital de Movilidad - Sdm
Número de Gaceta7126
*20216200310986*
DTH
20216200310986
Informacion Publica
RESOLUCIÓN NÚMERO 31098 DE 2021
“POR LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO EN
PROVISIONALIDAD EN UN EMPLEO EN VACANCIA DEFINITIVA
DENTRO DE LA PLANTA GLOBAL DE EMPLEOS DE LA SECRETARÍA
DISTRITAL DE MOVILIDAD”
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Este documento está suscrito con firma mecánica autorizada mediante Resolución No. 320 de diciembre 4 de 2020
Secretaría Distrital de Movilidad
Calle 13 # 37 - 35
Teléfono: (1) 364 9400
www.movilidadbogota.gov.co
Información: Línea 195
EL SECRETARIO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD-
SDM, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 1 del artículo 1
del Decreto Distrital 101 de 2004, el artículo 4 numeral 21 del Decreto Distrital 672 de 2018 y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Distrital 673 del 22 de noviembre de 2018 se modificó la planta de empleos de
la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que mediante Resolución N° 051 del 20 de enero de 2021 se distribuyeron los empleos de la planta de
personal de la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que en concordancia con el artículo 23 de la Ley 909 de 2004 y de conformidad con lo establecido
expresamente en el artículo 5 del Decreto Ley 2400 de 1968, para la provisión de los empleos en el
sector público en Colombia, además del nombramiento ordinario para empleos de libre nombramiento
y remoción, y el período de prueba o ascenso dentro del sistema de mérito, los nombramientos tendrán
carácter provisional cuando se trate de proveer transitoriamente empleos de carrera administrativa con
personal no seleccionado de acuerdo con la reglamentación de la misma.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 2.2.5.3.1 del Decreto 1083 de 2015 Único
Reglamentario del Sector de Función Pública (modificado por el Decreto Nacional 648 de 2017)
mientras se surte el proceso de selección, el empleo de carrera vacante de manera definitiva podrá
proveerse transitoriamente a través de nombramiento provisional, en los términos señalados en la Ley
909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005 o en las disposiciones que regulen los sistemas específicos
de carrera.
Que, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la normatividad vigente aplicable, la Secretaría
Distrital de Movilidad una vez identificadas las vacantes definitivas dentro de su planta de personal,
adelantó previamente el proceso de verificación de requisitos para otorgamiento de situación
administrativa de encargo, con el fin de salvaguardar el derecho preferencial que ostentan los
funcionarios con derechos de carrera administrativa.
Que de conformidad con lo anterior y una vez culminado el proceso de provisión de vacantes definitivas
mediante situación administrativa de encargo con funcionarios de carrera administrativa, la Secretaría
Distrital de Movilidad identificó la necesidad de realizar la provisión mediante nombramiento
provisional de las vacantes definitivas restantes del mencionado proceso.
Que mientras se surte el proceso de selección a través del sistema de mérito resulta jurídicamente
procedente realizar la provisión excepcional de las vacantes definitivas mediante nombramiento
provisional.
Que el nombramiento en provisionalidad, dado su carácter excepcional y extraordinario, está sometido
a una condición resolutoria específica (mientras se surte el proceso de selección, hasta que se produzca
el nombramiento en periodo de prueba, reemplazo de lista de elegible resultante de concurso de méritos

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