Resolución Nº 318 de Secretaria Distrital de Cultura Recreacion Y Deporte - Sdcrd, 14-07-2020 - 17 de Julio de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 851966973

Resolución Nº 318 de Secretaria Distrital de Cultura Recreacion Y Deporte - Sdcrd, 14-07-2020

Fecha de publicación17 Julio 2020
Fecha de emisión14 Julio 2020
EmisorSecretaria Distrital de Cultura Recreacion Y Deporte - Sdcrd
Número de Gaceta6860
*20202200110503*
Al contestar, citar el radicado:
No.: 20202200110503
Fecha 13-07-2020
RESOLUCIÓN No.
Por medio de la cual se acoge la recomendación de los jurados designados para seleccionar a
los ganadores de la convocatoria: “Beca Ciudadanías Juveniles Locales 2020” del programa
Distrital de Estímulos 2020, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se
ordena el desembolso del estímulo económico”.
LA SUBSECRETARIA DE GOBERNANZA
De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en
especial las conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, Ley 397 de
1997, el Acuerdo Distrital 257 de 2006, el Decreto Distrital 037 de 2017, Resoluciones internas
números 064 de 2017 y 311 de 2020, y demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 70 de la Constitución Política, establece: "El Estado tiene el deber de promover y
fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de
la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas
del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es
fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven
en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores
culturales de la Nación".
Que el artículo 71 de la Constitución Política de Colombia dispone: "La búsqueda del conocimiento y
la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las
ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que
desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá
estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades".
Que, de conformidad con el mandato constitucional indicado, la Ley 397 de 1997, Ley General de
Cultura, recopilada en el Decreto 1080 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Único
Reglamento del Sector Cultura” señala en el numeral tercero del artículo lo siguiente: “El Estado
impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de conocimiento
y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana”.
Que la mencionada Ley 397 de 1997 en su artículo 17 señala: “El Estado a través del Ministerio de
Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás
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FR-09-PR-MEJ-01. V7. 03/01/2020

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